La Justicia uruguaya condenó a José Carlos Machado, alias “El Pelón”, a la pena máxima de 30 años de penitenciaría por cuatro homicidios, dos rapiñas especialmente agravadas y porte de arma de fuego por reincidencia. Aunque la Fiscalía había evaluado inicialmente una condena de hasta 45 años mediante la aplicación adicional de medidas de seguridad eliminativas, finalmente esas medidas no fueron solicitadas. La decisión estuvo relacionada con la voluntad de la madre de una de las víctimas, que pidió cerrar el caso antes de cumplirse un año y obtener la pena máxima.
La sentencia, dictada por el juez letrado de Ciudad de la Costa Juan Ciganda, describió la conducta de Machado como de extrema gravedad y destacó que se trató de un múltiple homicida con un historial delictivo que comenzó cuando todavía era menor de edad. El fallo señaló además que los crímenes fueron cometidos con armas de fuego y que el condenado no mostró, según la valoración judicial citada por El Observador, un aparente arrepentimiento.
El expediente permitió establecer su participación en cuatro homicidios cometidos entre 2021 y 2025. El primero de los hechos incluidos en esta condena ocurrió el 30 de abril de 2021, cuando Machado apuñaló varias veces a Cristian Suffo, de 39 años, después de una discusión. Posteriormente huyó del lugar en una motocicleta.
El segundo homicidio ocurrió el 8 de septiembre de 2025, cuando Jovani González, de 33 años, llegó junto con su pareja hasta la vivienda de Machado, en la zona de Empalme Nicolich, para intercambiar un foco de luz por droga. Según la sentencia, se produjo una discusión y Machado le efectuó tres disparos. La víctima murió y su cuerpo fue posteriormente trasladado y abandonado en una cuneta. Cámaras de vigilancia registraron el traslado.
Cuatro días después, el 12 de septiembre de 2025, ocurrió uno de los crímenes que mayor repercusión tuvo en Uruguay. Machado y un cómplice llegaron en motocicleta hasta Playa Verde para cometer una rapiña contra los ocupantes de un automóvil. En el vehículo se encontraba Thalía Tuvy, una enfermera de 26 años. De acuerdo con la sentencia, la joven se resistió a bajar del automóvil y Machado le disparó tres veces en el pecho. Fue trasladada a un hospital, donde se constató su fallecimiento aproximadamente una hora después.
Ese mismo día, horas después, Machado protagonizó otro homicidio en Pando. Jorge Garín Ramírez, sobrino de su entonces cómplice Richard Ramírez, intervino durante una discusión y recibió un disparo en el pecho. Después del crimen, Machado ingresó armado durante unos segundos a un taller situado sobre la ruta 75 y manifestó a los trabajadores que estaba siendo perseguido.
La investigación también estableció que, después de esos asesinatos, Machado continuó vinculado a hechos delictivos. El 24 de septiembre de 2025 participó en dos rapiñas contra comercios: primero en una carnicería, de donde fueron sustraídos $5.000, y minutos después en una fábrica de pastas, donde los delincuentes se llevaron $8.200 y bebidas alcohólicas. Al día siguiente fue detenido por personal de Policía Caminera. En el procedimiento se encontró un revólver calibre .32 con municiones, señalado como el arma utilizada en varios de los homicidios.
¿Por qué no recibió los 45 años?
La cuestión central del caso está en la diferencia entre los 30 años de penitenciaría efectivamente impuestos y los 45 años que inicialmente había manejado la Fiscalía. En Uruguay, determinadas medidas de seguridad eliminativas pueden agregarse a la pena para delincuentes considerados especialmente peligrosos. En determinados casos, estas medidas pueden extenderse hasta 15 años después de cumplida la pena principal.
El fiscal Luis Álvez explicó que, para solicitar esas medidas, era necesario profundizar la investigación sobre la peligrosidad del acusado y presentar elementos como informes psiquiátricos. Sin embargo, la Fiscalía decidió recurrir al juicio simplificado, un mecanismo incorporado al sistema procesal uruguayo por la Ley de Urgente Consideración, que permite llegar a una sentencia sin desarrollar un juicio oral completo cuando se cumplen las condiciones previstas.
Según explicó el fiscal, la decisión estuvo fuertemente condicionada por la posición de la madre de Thalía Tuvy. Ella fue la única víctima que compareció ante la Fiscalía cuando Álvez asumió el caso y manifestó que quería que el proceso terminara antes de cumplirse un año, pero también que se aplicara la pena máxima de 30 años.
Para llegar a una eventual condena de 45 años habría sido necesario avanzar hacia un proceso oral más prolongado, con una investigación adicional sobre la peligrosidad del acusado. El fiscal sostuvo que ese camino podía extenderse durante varios años y que la madre de la joven asesinada consideraba que atravesar nuevamente un proceso de esa naturaleza resultaría emocionalmente desgastante.
La única pericia psiquiátrica realizada a Machado al momento de su detención había establecido que era imputable, pero no había profundizado específicamente en los elementos necesarios para sustentar una medida de seguridad de esa naturaleza. La Fiscalía también había solicitado información al Instituto Nacional de Rehabilitación sobre su comportamiento dentro del sistema penitenciario, pero no obtuvo la respuesta necesaria antes de avanzar con la acusación.
Un historial criminal que comenzó siendo menor
El caso adquiere todavía mayor gravedad por los antecedentes de Machado. Antes de los cuatro homicidios incluidos en esta sentencia, ya había sido vinculado a tres asesinatos cometidos en 2010 y 2011 cuando era menor de edad. Su trayectoria criminal comenzó, por tanto, mucho antes de los hechos que llevaron a la condena actual.
La acumulación de antecedentes fue uno de los elementos que llevó a la Fiscalía a considerar al acusado como una persona de elevada peligrosidad. Sin embargo, jurídicamente no todos esos antecedentes podían simplemente sumarse a la nueva condena para producir automáticamente una pena de 45 años. La extensión adicional requería cumplir condiciones específicas y una fundamentación probatoria que la Fiscalía finalmente decidió no desarrollar en este proceso.
El resultado es una sentencia que pone en primer plano un complejo equilibrio entre la máxima pena principal prevista por la legislación uruguaya, los derechos y la voluntad de las víctimas, la duración de los procesos judiciales y la necesidad del Estado de acreditar jurídicamente la peligrosidad de un condenado para imponer medidas adicionales.
La decisión también deja una discusión abierta en Uruguay: cómo debe responder el sistema penal ante delincuentes con antecedentes extremadamente graves cuando la legislación establece límites a la pena principal y, al mismo tiempo, existen mecanismos adicionales cuya aplicación exige investigaciones y procedimientos más extensos.
José Carlos Machado deberá cumplir 30 años de penitenciaría, la máxima pena principal aplicada en este caso. La sentencia cierra judicialmente una investigación que reunió cuatro homicidios y otros delitos graves, pero también expone una cuestión que trasciende al propio condenado: hasta dónde debe llegar el sistema penal frente a una trayectoria criminal iniciada en la adolescencia y cómo equilibrar la búsqueda de una sanción más prolongada con la voluntad de las víctimas y los tiempos de la Justicia.
Foto: @FMFlorida89.3
ACERCA DEL CORRESPONSAL
GILSON DANTAS CARMINI
Gilson Dantas Carmini es periodista brasileño, presidente y editor en jefe de Prensa Mercosur. Especializado en integración regional, geopolítica y derechos humanos, desarrolla una destacada labor en el ámbito de la comunicación internacional.
Posee un Máster en Desarrollo y Cooperación Internacional y mantiene una amplia red de relaciones profesionales, académicas y diplomáticas en América Latina y Asia.
Entre sus reconocimientos destacan el Micrófono de Oro de la Asociación Nacional de Locutores de México (2021), el Doctorado Honoris Causa de la Universidad Internacional México Blanco (2020) y el título de Amigo de la Niñez y la Adolescencia.
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