
Nuevas actualizaciones legislativas: Real Decreto 142/2026, de 25 de febrero, por el que se modifican y derogan determinadas disposiciones en materia alimentaria
El pasado 27 de febrero de 2026 se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 142/2026, con el objetivo de modificar y derogar determinadas disposiciones en materia de calidad alimentaria. Esta actualización surge de la necesidad de adaptar la normativa alimentaria a las nuevas tendencias y a las exigencias de los consumidores, así como para armonizarla con estándares europeos vigentes.
¿Qué novedades trae este Real Decreto?
Entre los principales cambios podemos destacar la revisión de normas de calidad alimentaria, inclusión de menciones de nuevos productos y claridad normativa, mejoras en etiquetado y trazabilidad, nuevas menciones facultativas en etiquetado y un esfuerzo de adaptación a demandas de consumidores y colectivos específicos.
Esta actualización legislativa aplica, de forma específica, a determinadas categorías de alimentos cuya regulación requería adaptación o clarificación. A continuación, se presentan los principales productos que se ven modificados por esta nueva normativa.
Reglamentación técnico-sanitaria:
– Grasas comestibles: Se modifican consideraciones sobre preparados grasos.
– Galletas: Referente a nuevos valores de humedad.
– Horchata de chufa: Consideraciones respecto a la elaboración de horchata sin azucares y la prohibición del uso de edulcorantes y colorantes.
Normas de calidad de diferentes productos:
– Vinagres: Modificaciones en la indicación del grado de acidez.
– Derivados cárnicos: Especifica el marcado individual de jamones y paletas, con excepciones en la etapa de salazón.
– Aceituna de mesa: Especifica condiciones para la denominación del alimento e indica la necesidad de indicar los ingredientes en la pasta de relleno.
– Sidra: Ampliación de prácticas tecnológicas como clarificación, despectinización y desodorización. Además de consideraciones sobre el contenido de metanol.
– Pan: Se incorporan especificaciones sobre “pan común” permitiendo el uso de harinas sin gluten o con un contenido reducido. También, se modifican consideraciones sobre “pan especial” referente a la harina empleada.
Etiquetado:
– Derivados cárnicos: Inclusión de la mención “natural” y “elaboración artesanal”. Eliminación de la mención “Mortadela bolonia” y reconocimiento del “Jamón de pavo” como denominación habitual.
Se actualiza la lista de coadyuvantes tecnológicos en lo que respecta a frutas y hortalizas frescas o congeladas, sidra y mosto de manzana.
Cabe destacar, la renovación del Código Alimentario Estañol, eliminando artículos o haciendo referencia a legislación más reciente.
Consecuencias del dinamismo legislativo
La normativa no es estática, se encuentra en constante cambio, adaptándose a nuevas tendencias, avances tecnológicos, este hecho hace necesario que las empresas estén al día de las últimas actualizaciones, la mejor opción es disponer de bases normativas dinámicas, Mantenerse informado es una ventaja competitiva, permitiendo anteponer situaciones que puedan suponer una problemática mayor y garantizando la integridad de la empresa.
Miriam Hernández – Técnico INTRAL (AMBIENTUM)
Ambientum
Fuente de esta noticia: https://www.ambientum.com/ambientum/seguridad-alimentaria/real-decreto-142-2026-nueva-norma-de-calidad-alimentaria.asp
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