

La Comisión de la Familia de la Cámara Alta inctroducirá modificaciones al proyecto de ley que protege a los niños del criadazgo. La novedad principal pasa por tipificarlo como un delito e incluir penas carcelarias.
Lizarella Valiente, presidenta de la Comisión de Familia, Niñez y Adolescencia, habló ayer al término de la mesa técnica con juristas, representantes del Ministerio Público, Defensoría del Pueblo, Ministerio de la Niñez, penalistas, entre otros referentes.
En la reunión abordaron el proyecto de ley “Que garantiza el derecho de niños, niñas y adolescentes a la protección ante el criadazgo” y que viene con media sanción de la Cámara de Diputados.
Con el texto actual, la normativa prohíbe expresamente el criadazgo, pero no lo sanciona. “Ningún niño, niña o adolescente será ocupado en esta actividad. No se considerarán excepciones a esta prohibición y la violación de ésta generará responsabilidades administrativas, laborales, civiles y penales para quienes la infrinjan”, indica el proyecto que, en el Senado, podría tener una ampliación.
“Está sufriendo modificaciones, queremos que sea un delito, dar penas de cinco a 10 años, esa es una propuesta del Ministerio de la Niñez, y de esta manera erradicar de nuestra sociedad el criadazgo”, explicó la legisladora.
El artículo agregado, con el subtítulo de penalización del criadazgo, sería el siguiente: El que, sin ser titular de la patria potestad explotare en el trabajo infantil a un niño o adolescente privándolo del derecho a vivir en el domicilio de su familia biológica, será castigado con una pena de cinco a 10 años pena privativa de libertad.
La comisión de este delito dará lugar a la aplicación de la pena adicional de la composición establecida en el artículo 59 del Código Penal. No incluirá la demanda por los daños y perjuicios que la conducta del autor haya ocasionado a la víctima.
hoy.com.py
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