El Tribunal de Sentencia completó durante la noche del martes la lectura de las condenas contra los cinco adultos procesados por distintos hechos vinculados al feminicidio de María Fernanda Benítez, conocida como Mafe, una adolescente de 17 años que estaba embarazada y fue asesinada en mayo de 2025 en Coronel Oviedo. La jornada judicial concluyó con penas de entre 3 y 10 años de prisión para los cinco acusados, aunque las condenas no corresponden a un mismo delito ni atribuyen a todos los procesados la misma participación en los hechos. El caso provocó una profunda conmoción en Paraguay por la violencia ejercida contra la joven y por las circunstancias que rodearon posteriormente la investigación y el intento de ocultar o dificultar el esclarecimiento del crimen.
El tribunal estuvo integrado por Luis Ovelar, como presidente, Andrea Riquelme y Víctor Vera, y comenzó a comunicar las decisiones alrededor de las 23:00, después de una extensa jornada en la que los acusados pronunciaron sus últimas palabras y los magistrados analizaron las numerosas pruebas incorporadas durante el juicio oral y público. La sentencia llegó después de un proceso en el que se investigaron no solamente las circunstancias relacionadas con la muerte de María Fernanda, sino también hechos posteriores y conductas atribuidas a personas del entorno del principal sospechoso.
La primera condena fue para Chiara Mikhaella Yasy Rolón Melgarejo, quien recibió 10 años de prisión por instigación a cometer feminicidio. El tribunal tomó la decisión por unanimidad y consideró acreditada esa conducta, mientras que no encontró demostrados los delitos de omisión de dar aviso de un hecho punible y apología del delito que también habían sido atribuidos a la acusada. La pena coincidió con la solicitada durante los alegatos finales por los fiscales Fermín Segovia y Noelia Montañía de Narvaja.
El segundo condenado fue el suegro del principal sospechoso, quien recibió 3 años de prisión por frustración de la persecución penal. Según la acusación, tenía información relacionada con el hecho y no habría realizado la denuncia correspondiente. En este punto, sin embargo, existió una importante diferencia dentro del tribunal: los jueces Luis Ovelar y Andrea Riquelme votaron por la condena, mientras que Víctor Vera se manifestó en disidencia. Para este último magistrado, la conducta atribuida no reunía todos los elementos necesarios para configurar el delito y podía interpretarse como una actuación natural dentro de una relación de cercanía.
La tercera sentencia fue para Franco Antonio Acosta, propietario de una farmacia señalado por haber vendido los medicamentos utilizados para intentar inducir el aborto de María Fernanda. El tribunal le impuso 5 años de prisión por tentativa de aborto y frustración de la persecución y ejecución penal. La condena resultó incluso superior a la solicitada por el Ministerio Público, que había pedido cuatro años de prisión durante los alegatos finales. La decisión incorpora así a la sentencia una dimensión particularmente delicada del caso: las actuaciones relacionadas con el embarazo de la víctima antes de su asesinato.
Finalmente, el tribunal condenó a los padres del principal sospechoso a 4 años y 6 meses de prisión a cada uno. Tanto el padre como la madre fueron encontrados responsables de los delitos de exposición al peligro, simulación de hecho punible y frustración de la persecución penal. También en este caso las penas fueron superiores a las solicitadas por la Fiscalía, que había requerido cuatro años para cada uno. La sentencia considera, por lo tanto, que las actuaciones posteriores relacionadas con el caso tuvieron relevancia penal y que existieron conductas destinadas a dificultar el esclarecimiento de los hechos.
El caso Mafe adquiere una dimensión particularmente dolorosa porque María Fernanda tenía solamente 17 años y estaba embarazada cuando fue asesinada. ABC señala que la adolescente fue víctima de un ataque de extrema violencia y que murió por inhalación de humo después de ser quemada viva. La brutalidad del crimen generó una fuerte reacción social en Paraguay y convirtió el proceso judicial en uno de los casos de feminicidio más seguidos por la opinión pública nacional.
Las condenas de este martes permiten diferenciar algo fundamental: el tribunal no consideró que los cinco acusados tuvieran la misma responsabilidad en el feminicidio. Las penas fueron establecidas según las conductas que el colegiado consideró probadas respecto de cada persona. Una fue condenada por instigación a cometer feminicidio; otra, por frustración de la persecución penal; otra, por tentativa de aborto y frustración de la persecución; y los padres del principal sospechoso, por exposición al peligro, simulación de hecho punible y frustración de la persecución penal. Esa distinción resulta esencial para comprender jurídicamente el alcance de la sentencia.
La resolución también deja en evidencia la importancia de las actuaciones posteriores a un crimen en la búsqueda de justicia. Cuando personas que poseen información relevante no denuncian, ocultan elementos o realizan acciones destinadas a desviar una investigación, esas conductas pueden adquirir consecuencias penales independientes del delito principal. En el caso Mafe, precisamente, varias de las condenas están vinculadas con la frustración de la persecución penal, lo que demuestra que el tribunal examinó no solamente qué ocurrió con la víctima, sino también qué hicieron determinadas personas después de los hechos.
El fallo constituye ahora un punto central en el proceso de búsqueda de justicia para María Fernanda Benítez y su familia, aunque la resolución no borra la dimensión humana de una tragedia que comenzó con la muerte violenta de una adolescente embarazada. Tampoco significa que todas las interrogantes sociales alrededor del caso desaparezcan automáticamente con la sentencia. La Justicia establece responsabilidades conforme a las pruebas y a la legislación, mientras que la sociedad continuará preguntándose cómo pudo producirse una tragedia de semejante magnitud y qué señales pudieron haber sido advertidas antes de que fuera demasiado tarde.
El caso Mafe deja así una de las páginas más dolorosas de la lucha contra la violencia hacia las mujeres y las adolescentes en Paraguay. Las cinco condenas representan el resultado de un juicio en el que se analizaron distintas responsabilidades alrededor del crimen y de las actuaciones posteriores, con penas que alcanzaron los 10 años de prisión. Pero detrás de los números y de las figuras jurídicas existe el nombre de una joven de 17 años cuya vida fue brutalmente interrumpida cuando todavía estaba gestando a su hijo. La sentencia podrá establecer responsabilidades penales, pero el desafío para Paraguay continúa siendo mucho mayor: prevenir que otras adolescentes y mujeres sean víctimas de violencia extrema y garantizar que, cuando un crimen ocurra, ninguna maniobra pueda impedir que la verdad sea investigada y la justicia llegue hasta el final.
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