
Durante la pasada legislatura Cabildo Abierto hizo un enorme esfuerzo por resolver el problema del endeudamiento de las personas con deudas que originalmente fueran de un monto menor a las doscientas mil unidades indexadas. Esto suponía una reestructuración de los adeudos de las personas menos favorecidas económicamente, que frecuentemente recurren al crédito para sostener los gastos corrientes imprescindibles de su hogar.
El préstamo a interés, en sus diferentes modalidades, se ha convertido modernamente en el negocio más importante de nuestra civilización y ha obtenido el privilegio de pasar desapercibido como el gran digitador del poder económico. Sus números, que en alguna medida se encuentran a disposición del público, son, sin embargo, prácticamente ignorados por la gente, que solo es bombardeada con la oferta de productos financieros, aparentemente atractivos, que operan como una carnada para atrapar clientes.
La legislación nacional en materia de tasas de interés arranca con la ley 5.180 que limitaba el interés de las ejecuciones hipotecarias a una tasa del doce por ciento anual y el de las ejecuciones por obligaciones personales y prendarias a una tasa de interés del catorce por ciento anual. Recién en el año 1972 se dicta la ley 14.095 que en su artículo catorce, establece que el Banco Central fijará las tasas máximas de interés que pueden percibir las personas físicas o jurídicas, privadas o públicas y los máximos a cobrar por gastos de administración y comisiones. Aprobada esta normativa, el Banco Central fijó la tasa de interés en un veinticuatro por ciento anual y en un diez por ciento lo que se podía percibir por comisiones o gastos de administración. Con posterioridad se dictó la ley 14.887, que a grandes rasgos mantuvo la misma solución hasta que en el 2007, primer gobierno del Frente Amplio, se dicta la ley 18.212 que regula las tasas de interés de manera que es la gran responsable de las situaciones de abuso financiero que se han practicado durante casi veinte años, puesto que su normativa ha perdurado hasta el presente permitiendo que en un país donde la inflación promedialmente, hace años, es inferior al cinco por ciento anual, se hayan cobrado tasas de interés superiores al ciento cincuenta por ciento anual.
En su momento presentamos con Cabildo Abierto, un proyecto de ley redactado por prestigiosos juristas e incorporamos posteriormente al mismo modificaciones sugeridas por expertos de renombre, obteniendo la aprobación por unanimidad de los integrantes de la Comisión de Constitución del Senado. Lamentablemente, en el plenario del Senado, en actitud inédita, el proyecto fue rechazado y contó solamente con los votos de nuestro partido. Ello determinó que Cabildo Abierto presentara un proyecto de reforma constitucional, que por poco no alcanzó el mínimo de firmas necesarias para ser plebiscitado. Este segundo proyecto, a mi juicio, ofrecía una solución más práctica al problema, ya que no solo proponía una limitación de la tasa de interés que podía ser modificada por ley, sino que ofrecía una reestructuración de deuda automática, que le evitaba al deudor la obligación de realizar trámites en la órbita administrativa y judicial, con la consiguiente intervención de profesionales , que suponen un costo adicional de difícil abordaje para personas de escasos recursos, como en general son los deudores a los que estaba dirigida la iniciativa.
El actual gobierno ha presentado una iniciativa legislativa que a nuestro juicio carece de las bondades necesarias para resolver el problema que estamos tratando, considerando que es una verdadera ordalía, obligar a personas en situación financiera comprometida, con ingresos que le hacen dificultoso hacer frente a sus gastos ordinarios de sobrevivencia, encarar trámites administrativos y judiciales como los que pretende instaurar el proyecto. Digamos a más, que si los deudores estuvieran en condiciones de afrontar los gastos correspondientes a dicho tipo de gestiones, las unidades administrativas ante las que se deben llevar a cabo las mismas y las sedes judiciales ante las que el proyecto indica se debe comparecer de fracasar las gestiones previas, supone dotarlas del personal administrativo y técnico necesario para llevar a buen fin la gestión encomendada. En un país donde existe un déficit presupuestal crónico, parece de sentido común evitar un aumento del gasto que se puede eludir arbitrando un sistema de reestructuración de la deuda de carácter automático al cumplirse determinados parámetros objetivos.
El principal defecto del proyecto, es no obstante otros, que el mismo deja intacto el huevo de la serpiente que plantó la ley 18.212, que debería derogarse in totum. El proyecto deja incólume el mecanismo de tomar las tasas de interés cobradas por el sistema financiero, para determinar las tasas medias que deben superarse en determinado porcentaje para incurrir en usura. En definitiva, son instituciones privadas que en función de sus intereses particulares y teniendo cierto dominio del mercado, cobran lo que estiman conveniente para sus intereses, sin que se consagre mecanismo alguno que pueda evitar el cobro de intereses abusivos, ya que progresivamente pueden ir aumentando la tasa de interés base para calcular la usura, que se conforma cuando se superan ciertos porcentajes sobre una base que se establece unilateralmente por los acreedores.
Como enseña en su obra Lampedusa, se cambia algo para que todo siga como está, procediéndose a llenarle el ojo a los incautos, con una reforma cosmética que condena algunas prácticas abusivas, pero que no ataca el corazón del problema que permanece inalterado, ya que el mismo consiste en que la fijación de tasas de interés no pueden quedar exclusivamente en manos de los financistas acreedores, por más que se invoque a la deidad del mercado, que en el caso ha fracasado, ya que nadie niega la enorme cantidad de afectados, por un sistema que mediante la financiación de gastos corrientes de cualquier familia termina hundiéndola económicamente.
En lo personal estimamos que las tasas máximas deben ser fijadas por la autoridad teniendo en cuenta el mercado, pero también otras coordenadas económicas que le pongan racionalidad y justicia a los intereses de los distintos tipos de crédito. Por otro lado, el tapón de deudas ya generado, debe ser objeto de una refinanciación de acuerdo a parámetros objetivos que resuelva el problema angustioso de las familias de menores recursos, que recurren al crédito para suplir sus deficiencias de ingresos.
Guillermo Domenech
Fuente de esta noticia: https://www.xn--lamaana-7za.uy/opinion/el-problema-de-la-deuda-y-el-gatopardo/
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