

El Ministerio del Trabajo recibió de 313 empresas las solicitudes que benefician a 5.300 empleados para que puedan desempeñarse dentro de las firmas en el horario nocturno.
Cabe mencionar que el procedimiento electrónico de autorización de trabajo nocturno, es una herramienta que facilita el trámite a los empleadores para realizar la solicitud a través del sistema electrónico del Registro Obrero Patronal (REOP) del Ministerio del Trabajo, permitiendo mayor efectividad y agilización de las gestiones administrativas a fin de fortalecer la formalización del trabajo no registrado.
Para realizar dicho procedimiento los empleadores deberán adjuntar en el sistema REOP la conformidad expresa de los trabajadores que prestarán servicio en la jornada nocturna de trabajo, indicando el horario de entrada y salida a cumplir. La Dirección de Trabajo, dependiente del Viceministerio de Trabajo, dispondrá su aprobación o rechazo.
La gestión se puede realizar a través del siguiente enlace que se encuentra en el sitio web del Ministerio de Trabajo https://regobpat.mtess.gov.py/dbmt/output/login.php.
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