
La normativa que garantiza el derecho de los pueblos indígenas a sus territorio fue aprobada por 106 votos a favor.
El Pleno de la Convención Constitucional de Chile aprobó el miércoles un artículo que garantiza en la futura carta magna, el derecho de los pueblos y naciones indígenas a sus tierras, territorios y recursos.
Los constituyentes chilenos sometieron a votación el artículo 21 en el marco de la revisión del nuevo informe de la Comisión de Derechos Fundamentales.
La normativa fue aprobada por 106 votos a favor, 37 en contra y 10 abstenciones.
El artículo también plantea que el Estado deberá tener un instrumento jurídico, para la restitución, reparación y regularización de tierras a pueblos indígenas.
Otro de los puntos a destacar del artículo es el reconocimiento que la propiedad de las tierras indígenas goza de especial protección.
«Conforme a la Constitución y la ley, los pueblos y naciones indígenas tienen derecho a utilizar los recursos que tradicionalmente han usado u ocupado, que se encuentran en sus territorios y sean indispensables para su existencia colectiva», cierra el apartado.
Junto con la declaración constitucional de Chile como un Estado plurinacional, este artículo a favor de las tierras ancestrales es uno de los más importantes logros de los pueblos indígenas dentro del órgano constituyente.
telesurtv.net
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