
Imagen Colpensiones
La reforma pensional cambiará la forma en que millones de colombianos cotizarán y accederán a su pensión. Uno de los puntos que más atención genera es el límite de los aportes que quedarán bajo la administración de Colpensiones y cómo ese límite se traducirá posteriormente en el valor de la mesada.
El nuevo esquema establece que el Pilar Contributivo estará dividido en dos componentes. El primero será el Componente de Prima Media, administrado por Colpensiones, que recibirá las cotizaciones correspondientes a ingresos de hasta 2,3 salarios mínimos mensuales legales vigentes. El segundo será el Componente Complementario de Ahorro Individual, destinado a las cotizaciones que superen ese límite y hasta 25 salarios mínimos.
La cifra de 2,3 salarios mínimos resulta fundamental para entender el nuevo modelo. Para 2026, con un salario mínimo de $1.750.905, ese límite equivale a aproximadamente $4,03 millones mensuales. Sin embargo, esa cantidad no significa que un pensionado vaya a recibir automáticamente una mesada de $4,03 millones por parte de Colpensiones. Se trata del máximo ingreso base sobre el cual se calcula el componente de Prima Media.
La ley establece una fórmula para determinar la tasa de reemplazo del componente público. La tasa parte de 65,5 % y disminuye 0,5 puntos porcentuales por cada salario mínimo que represente el ingreso base de liquidación. Además, por cada 50 semanas adicionales a las mínimas requeridas, el porcentaje puede aumentar en 1,5 puntos, hasta alcanzar un máximo de 80 % del ingreso base de liquidación.
Con ese límite, y tomando como referencia el tope de 2,3 salarios mínimos de 2026, una persona que alcanzara el máximo legal del 80 % tendría un componente de Prima Media cercano a $3,22 millones mensuales. Esa cifra, sin embargo, debe entenderse como una referencia del máximo que podría alcanzar ese componente bajo las condiciones previstas por la ley y no como una pensión máxima universal para todos los afiliados.
La diferencia es fundamental. Una persona que tenga ingresos superiores a 2,3 salarios mínimos no perderá el derecho a que esos ingresos hagan parte de su futura pensión. La porción que exceda el límite será dirigida al Componente Complementario de Ahorro Individual, donde los recursos acumulados y sus rendimientos financieros serán utilizados para complementar la prestación.
De esta manera, la reforma establece una pensión integral que será el resultado de sumar los valores correspondientes a los dos componentes. Colpensiones tendrá a su cargo el reconocimiento y pago de esa pensión integral, pero el valor final no dependerá exclusivamente de los recursos administrados en el componente público.
En términos prácticos, un trabajador con un ingreso superior a 2,3 salarios mínimos tendrá una parte de sus cotizaciones en el componente de Prima Media y otra en el ahorro individual. Por eso, la mesada final podrá superar el valor correspondiente al componente administrado con base en los 2,3 salarios mínimos.
El cálculo definitivo dependerá de factores como el ingreso base de liquidación, las semanas cotizadas, las semanas adicionales que permitan incrementar la tasa de reemplazo y el capital acumulado en el componente complementario, además de los rendimientos obtenidos durante la vida laboral.
El nuevo sistema, además, no comenzará a aplicarse de manera integral de inmediato. La Corte Constitucional, en su decisión del 25 de agosto de 2026, estableció que las disposiciones de la reforma que fueron declaradas exequibles entrarán en vigencia el 1 de abril de 2027. Al mismo tiempo, algunos artículos y apartes fueron devueltos a la Cámara de Representantes para que se adelante el trámite de subsanación correspondiente.
Así, la cifra de 2,3 salarios mínimos se convierte en uno de los principales puntos de referencia de la reforma, pero no debe confundirse con el valor máximo de la pensión que podrá recibir un colombiano. El verdadero ingreso de jubilación dependerá de la suma de los dos componentes del nuevo sistema y de la historia laboral de cada afiliado.
El cambio supone, en consecuencia, una transformación profunda en la arquitectura del sistema pensional colombiano: Colpensiones concentrará la administración del componente público hasta el límite establecido, mientras que el ahorro correspondiente a los ingresos superiores alimentará el componente individual que completará la pensión integral.
ACERCA DEL CORRESPONSAL
CARLOS CASTAñEDA
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