Establece condiciones para que integrantes de organizaciones criminales se sometan a la justicia a cambio de beneficios penales, sin reconocimiento político ni negociaciones de paz. La norma reemplaza la «Paz Total», contempla entrega de armas, bienes, información sobre desaparecidos y menores reclutados, así como penas de prisión para los responsables.
Por Sixto Alfredo Pinto, director del portal La Otra Cara
El Congreso de la República de Colombia (Senado y Cámara) aprobó la Ley de Sometimiento a la Justicia, una de las principales apuestas legislativas impulsadas por el gobierno del Presidente Abelardo De La Espriella, que busca modificar el tratamiento jurídico de las organizaciones armadas ilegales y establecer un mecanismo para su desmantelamiento mediante la entrega de sus integrantes a las autoridades.
La iniciativa recibió el respaldo de las dos cámaras legislativas. En el Senado fue aprobada con 57 votos a favor y 24 en contra, mientras que en la Cámara de Representantes obtuvo 95 votos positivos y 10 negativos.
La aprobación se produjo durante la noche del martes 3 de noviembre, después de intensas jornadas de discusión y en medio de las diferencias entre el oficialismo y los sectores de oposición. El trámite debía concluir antes del vencimiento del plazo para prorrogar la Ley 418 de 1997, conocida como Ley de Orden Público.
Con esta decisión, el Gobierno establece un nuevo marco jurídico que deja atrás el modelo de la Paz Total del anterior gobierno del exmandatario Gustavo Petro Urrego y plantea que las organizaciones criminales podrán acceder a beneficios judiciales únicamente si cumplen condiciones verificables de sometimiento, colaboración con la justicia y desmantelamiento de sus estructuras.
Sin reconocimiento político para las organizaciones criminales
Uno de los principales cambios de la nueva legislación es que las estructuras criminales que se acojan al mecanismo no recibirán reconocimiento de estatus político ni podrán convertir el sometimiento en una negociación política con el Estado.
El propósito es que las organizaciones entreguen sus armas, desmantelen sus redes, suministren información sobre sus integrantes y estructuras financieras y contribuyan al esclarecimiento de delitos.
El nuevo modelo también establece que las órdenes de captura y las solicitudes de extradición no quedarán suspendidas automáticamente por el hecho de que una organización manifieste su intención de someterse a la justicia.
El Ministro de Justicia, Iván Cancino, defendió el alcance de la iniciativa durante su discusión en el Congreso y sostuvo que no permitirá zonas de distensión ni mecanismos que faciliten la continuidad de las actividades criminales.
La propuesta se presenta como un instrumento para combatir organizaciones dedicadas al narcotráfico, la extorsión, el lavado de activos, la minería ilegal y otras actividades delictivas.
¿Cuáles son los beneficios judiciales para quienes se sometan?
La Ley contempla rebajas de penas a cambio de colaboración efectiva con las autoridades y del cumplimiento de las obligaciones establecidas en el proceso.
Entre los beneficios y condiciones más importantes se encuentran:
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Reducción de penas: hasta el 50 % para integrantes de base y hasta el 30 % para quienes hayan ejercido funciones de mando, de acuerdo con las condiciones legales.
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Entrega de bienes: las organizaciones deberán identificar y entregar los activos provenientes de actividades ilícitas. El mecanismo no contempla que los criminales puedan conservar una parte de esos recursos.
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Entrega de armas: deberán abandonar las armas y cesar sus actividades delictivas.
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Información sobre desaparecidos: tendrán que suministrar información sobre el paradero de personas desaparecidas y la ubicación de sus restos.
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Liberación de secuestrados: deberán entregar a las personas que permanezcan privadas de la libertad bajo su poder.
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Entrega de menores reclutados: deberán poner a disposición de las autoridades a los niños, niñas y adolescentes reclutados por sus estructuras.
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Colaboración judicial: tendrán que aportar información sobre sus integrantes, redes de financiación, aliados y estructuras criminales.
La legislación también contempla que los responsables de ejercer funciones de mando deberán cumplir penas efectivas de prisión, con un mínimo de diez años en los casos establecidos por la norma.
Adicionalmente, establece mecanismos de justicia restaurativa, entre ellos trabajos de desminado humanitario, recuperación ambiental y erradicación de cultivos ilícitos. Estas actividades podrán representar beneficios de redención de pena bajo las condiciones previstas.
La discusión sobre los beneficios y el reclutamiento de menores
Uno de los puntos más sensibles del debate fue el tratamiento que recibirían los integrantes de organizaciones criminales vinculados al reclutamiento de menores de edad.
Durante la discusión en el Senado se introdujeron restricciones para impedir que personas con condenas firmes por reclutamiento o utilización de menores accedan al tratamiento penal diferenciado.
También se establecieron obligaciones relacionadas con la entrega inmediata de niños y adolescentes reclutados y la restitución de sus derechos mediante las autoridades competentes, especialmente el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF).
La iniciativa contempla, además, que ocultar deliberadamente información sobre personas desaparecidas puede ocasionar la revocatoria de los beneficios judiciales.
Otro componente es la utilización de bienes rurales extinguidos de dominio para dar prioridad a comunidades y víctimas, junto con programas de inclusión para mujeres rurales y lideresas.

Un artículo polémico terminó eliminado
Durante el debate legislativo también hubo controversia por el artículo 25, relacionado con el Fondo Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana (Fonsecon).
La disposición generó cuestionamientos por las facultades que contemplaba para el manejo de recursos, la contratación y los gastos reservados.
Finalmente, el Senado decidió eliminar ese artículo con 78 votos, después de las objeciones presentadas por distintos congresistas.
También fueron objeto de discusión disposiciones relacionadas con los nexos políticos de las organizaciones criminales y las facultades del Estado para combatir sus estructuras.
¿Qué sigue después de la aprobación de la Ley?
Con la aprobación en Senado y Cámara, el proyecto quedó listo para pasar a sanción presidencial. El Gobierno celebró la decisión y destacó el trabajo del ministro de Justicia, Iván Cancino, y de los congresistas que respaldaron la iniciativa.
El presidente Abelardo De La Espriella celebró la aprobación se la citada Ley y escribió en su cuenta de X: «¡Habemus Ley de Sometimiento!», «la falsa paz total llegó a su fin».
La aprobación representa un cambio en la política de seguridad y sometimiento de organizaciones criminales del país. Mientras el Gobierno sostiene que la nueva legislación permitirá desmantelar estructuras ilegales sin otorgarles reconocimiento político, sus críticos advierten sobre los beneficios penales, las facultades presidenciales y la forma en que se adelantó el trámite.
El verdadero alcance de la ley dependerá de su aplicación, de la verificación del cumplimiento de los compromisos de los sometidos y de la capacidad de las autoridades judiciales para garantizar los derechos de las víctimas. Está pendiente la sanción presidencial y publicación definitiva de la nueva Ley.
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