
Uruguay ingresó este año en una nueva etapa de su política tributaria internacional. Desde el 1.º de enero comenzó a regir el Impuesto Mínimo Complementario Doméstico (IMCD), mediante el cual el país incorporó a su legislación el denominado Pilar 2 de la reforma fiscal promovida por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).
La medida busca garantizar que los grandes grupos multinacionales paguen una tasa efectiva mínima del 15% sobre sus utilidades, independientemente del país donde operen o donde registren sus ganancias.
Sin embargo, a más de seis meses de su entrada en vigor, el nuevo impuesto todavía espera una pieza considerada fundamental tanto por las empresas como por los asesores tributarios: la reglamentación definitiva.
Esa situación mantiene abiertas numerosas dudas técnicas sobre la forma en que deberá calcularse el impuesto, los criterios contables aplicables, la determinación de la tasa efectiva y varios aspectos operativos que serán determinantes para las compañías alcanzadas.
Durante una conferencia organizada por KPMG, los especialistas Luis E. Fabregat González, director del departamento de impuestos de KPMG y Aldo Zignago, socio del departamento tributario legal de KPMG, analizaron el alcance de la nueva normativa y coincidieron en que el verdadero desafío recién comienza.
«La ley ya está vigente, pero la reglamentación todavía está en elaboración y existen numerosos aspectos técnicos que requieren definición», señalaron en la conferencia que brindaron para un grupo de medios de comunicación, entre ellos, Diario La R.
El nuevo tributo no nació en Uruguay. Forma parte de una estrategia global impulsada por la OCDE y el G20 para limitar la competencia fiscal entre países y evitar que las grandes multinacionales trasladen artificialmente sus utilidades hacia jurisdicciones con impuestos muy bajos o directamente inexistentes.
El mecanismo establece que toda empresa perteneciente a un grupo multinacional con ingresos consolidados superiores a 750 millones de euros deberá terminar pagando, como mínimo, una tasa efectiva del 15%.
Si un país no cobra esa diferencia, otro Estado donde opere el mismo grupo podrá hacerlo. se fue precisamente uno de los argumentos que llevaron a Uruguay a adoptar el régimen.
Hasta ahora, muchas multinacionales instaladas en el país pagaban una tributación efectiva inferior al 15% gracias a distintos regímenes promocionales. Cuando la casa matriz pertenecía a una jurisdicción que ya aplicaba el impuesto mínimo global —como la mayoría de los países europeos, Canadá o Australia—, era ese país el que terminaba cobrando la diferencia.
Con el nuevo sistema, Uruguay pasa a tener prioridad para recaudar ese complemento. n otras palabras, el costo para muchas multinacionales ya existía. Lo que cambia ahora es el destino de esa recaudación.

Entre la recaudación y la competitividad
Durante la discusión del Presupuesto Nacional, el Ministerio de Economía estimó que el IMCD permitirá recaudar entre US$ 300 y US$ 350 millones anuales cuando el sistema funcione plenamente.
Esos recursos constituyen uno de los pilares de las proyecciones fiscales oficiales. Sin embargo, desde el ámbito privado advierten que el éxito del nuevo régimen no podrá medirse únicamente por la recaudación.
La gran incógnita será conocer cómo impactará sobre la capacidad de Uruguay para atraer inversiones. Los especialistas de KPMG consideran que el nuevo escenario internacional pondrá a prueba toda la política de promoción de inversiones desarrollada por Uruguay durante las últimas décadas.
Hasta ahora, buena parte de esa estrategia descansaba sobre incentivos tributarios como las zonas francas, los beneficios otorgados por la Comisión de Aplicación de la Ley de Inversiones (COMAP), la ley forestal y otros regímenes especiales. Con el impuesto mínimo global, esa ventaja comienza a modificarse.
Si una empresa recibe beneficios fiscales que reducen su tributación efectiva por debajo del 15%, esa diferencia igualmente deberá pagarse en algún lugar del mundo. La pregunta es inevitable: ¿seguirán siendo determinantes esas exoneraciones para decidir una inversión?
La verdadera prueba
Durante la presentación surgió una reflexión que resume buena parte del debate que hoy existe a nivel internacional. El impuesto mínimo global pondrá a prueba la eficacia de las exoneraciones fiscales.
Si las inversiones continúan llegando pese a que las empresas deberán tributar ese piso del 15%, significará que muchos incentivos ya no eran decisivos para atraer capitales. Pero si determinados proyectos dejan de instalarse en Uruguay, o si nuevas inversiones eligen otras jurisdicciones, el país podría perder una de las herramientas que históricamente utilizó para competir internacionalmente. Los propios especialistas reconocen que ese resultado no podrá conocerse de inmediato.
Probablemente recién dentro de cuatro o cinco años exista información suficiente para evaluar si el nuevo régimen afectó o no la competitividad del país. Además, habrá un factor imposible de medir con precisión: las inversiones que nunca llegaron. Mientras resulta relativamente sencillo comprobar si una empresa decidió retirarse, es mucho más difícil determinar cuántos proyectos dejaron de concretarse por cambios en la ecuación tributaria.
Competir por otras fortalezas
La reforma impulsada por la OCDE pretende modificar el criterio mediante el cual los países compiten por captar inversiones. En lugar de hacerlo principalmente mediante menores impuestos, la competencia tendería a trasladarse hacia otros factores. Entre ellos aparecen la estabilidad institucional, la seguridad jurídica, la calidad de la infraestructura, la capacitación de los trabajadores, la logística y el clima general para hacer negocios.
Sin embargo, los especialistas advierten que ese escenario todavía está en construcción. Mientras existan países que no adopten plenamente las nuevas reglas internacionales, la variable tributaria seguirá formando parte de las decisiones empresariales.
Para respetar compromisos asumidos anteriormente, el Poder Ejecutivo aprobó un decreto que mantiene determinadas garantías de estabilidad fiscal. Entre ellas figuran las zonas francas ya instaladas, algunos proyectos comprendidos por la ley forestal y determinados acuerdos específicos firmados entre el Estado y empresas privadas.
No obstante, la protección tiene límites. Cuando una empresa igualmente deba pagar el impuesto mínimo en la jurisdicción donde se encuentra su casa matriz, ese pago pasará ahora a realizarse en Uruguay.
Las nuevas inversiones, en cambio, ya no accederán automáticamente a esas condiciones históricas.
Ello implica que las futuras zonas francas deberán competir en un contexto completamente distinto al que permitió el desarrollo de este régimen durante las últimas décadas.
Aunque el universo de contribuyentes será relativamente pequeño, el impacto económico será considerable. Según estimaciones manejadas durante la conferencia, el número de grupos multinacionales alcanzados en Uruguay podría ubicarse entre unas pocas decenas y alrededor de medio centenar de grandes empresas. Muchas de ellas ya pagan tasas efectivas superiores al 15%, por lo que no enfrentarán cambios significativos. El verdadero impacto recaerá sobre aquellas que hoy disfrutan de importantes beneficios tributarios. Cada caso deberá analizarse individualmente.
Otro de los aspectos abordados fue la posición de Estados Unidos. Tras el regreso de Donald Trump a la Casa Blanca surgieron dudas respecto de la continuidad del impuesto mínimo global, debido a las críticas formuladas por la nueva administración. Finalmente, se alcanzó un mecanismo de coordinación conocido como Side by Side, que permite integrar a las empresas estadounidenses al nuevo sistema bajo reglas específicas. En consecuencia, los grupos cuya casa matriz se encuentre en Estados Unidos también podrán quedar comprendidos por el IMCD cuando corresponda.

Un cambio estructural
Más allá de los aspectos técnicos, la implementación del impuesto mínimo global representa un cambio profundo para Uruguay. Durante décadas, el país utilizó la política tributaria como uno de los principales instrumentos para atraer inversiones internacionales. El nuevo contexto obliga a replantear esa estrategia.
El gobierno apuesta a que los recursos que antes terminaban recaudándose en Europa permanezcan ahora en Uruguay. El sector privado, en cambio, observa con cautela el posible impacto sobre la competitividad futura. Por el momento, ambas visiones conviven mientras empresas, asesores y autoridades esperan la reglamentación definitiva que terminará de definir el funcionamiento práctico del nuevo régimen. Solo con el paso de los años podrá saberse si el país logró el delicado equilibrio entre aumentar la recaudación sin perder uno de sus principales activos para captar inversiones.
La reglamentación, la pieza que aún falta
Aunque el Impuesto Mínimo Complementario Doméstico ya está vigente desde enero de 2026, el Poder Ejecutivo todavía trabaja en el decreto reglamentario que deberá definir su funcionamiento operativo.
Los especialistas sostienen que esa reglamentación será determinante para despejar numerosas dudas que hoy enfrentan las empresas multinacionales.
Entre otros aspectos, deberá establecer la metodología definitiva para calcular la tasa efectiva de tributación, los criterios contables que deberán utilizarse, la conversión de monedas, el tratamiento de los beneficios fiscales vigentes, los formularios de declaración y los procedimientos de fiscalización.
La complejidad técnica del régimen es considerable, ya que la normativa uruguaya reproduce prácticamente los estándares elaborados por la OCDE y aplicados por la Unión Europea.
Durante la conferencia organizada por KPMG, los expertos resumieron el desafío con una frase que refleja el nivel de sofisticación del nuevo sistema:
«Determinar si una empresa debe pagar el impuesto ya es complejo; calcular cuánto debe pagar es mucho más difícil.»
Precisamente por ello, tanto las empresas como los estudios especializados aguardan la reglamentación definitiva para contar con reglas claras antes de la primera liquidación, prevista para 2027 sobre los resultados correspondientes al ejercicio 2025.
Antel: un ejemplo que ayuda a entender el nuevo impuesto
Durante la presentación, los especialistas de KPMG utilizaron el caso de Antel para ilustrar el alcance del Impuesto Mínimo Complementario Doméstico (IMCD). Explicaron que, desde el punto de vista de la OCDE, Antel califica como un grupo multinacional porque posee entidades en Uruguay y en el exterior y supera el umbral de ingresos exigido por la normativa.
Eso no significa que deba pagar el nuevo impuesto. De hecho, los expertos señalaron que, por su nivel de tributación efectiva —superior al 15%—, es muy probable que Antel no tenga que abonar un complemento. Sin embargo, sí deberá realizar los cálculos previstos por la ley para demostrar que cumple con el piso mínimo de tributación.
El ejemplo pone de manifiesto que el IMCD no distingue entre empresas públicas y privadas. Lo determinante es que integren un grupo multinacional con ingresos consolidados superiores a 750 millones de euros y que operen en más de una jurisdicción.
Publicado por: Marcelo Falca
Fuente de esta noticia: https://grupormultimedio.com/el-impuesto-minimo-global-pone-a-prueba-el-modelo-de-atraccion-de-inversiones-de-uruguay-id200551/
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