
El 20 de junio de 1992, el Paraguay selló uno de los compromisos políticos y sociales más profundos de su historia independiente: la jura de su nueva Constitución Nacional. Este acto no representó un simple cambio de normativas jurídicas; significó el acta de defunción formal del autoritarismo y el nacimiento de un Estado social de derecho. Tras el derrocamiento de la dictadura de Alfredo Stroessner en febrero de 1989, el país demandaba con urgencia una arquitectura institucional que blindara las libertades públicas y disolviera la concentración del poder.
El camino a la Convención: La elección de los redactores
El proceso de gestación de la Carta Magna fue marcadamente pluralista para la época. En diciembre de 1991, la ciudadanía paraguaya acudió a las urnas para elegir a los 198 convencionales constituyentes que tendrían la tarea de redactar el nuevo texto. Por primera vez en décadas, las fuerzas políticas de la oposición y diversos movimientos independientes compartieron un espacio deliberativo real con el Partido Colorado oficialista.
Figuras destacadas del ámbito jurídico, intelectual y político —muchos de ellos antiguos perseguidos o exiliados— debatieron durante meses en el Banco Central del Paraguay. La asamblea se caracterizó por intensas discusiones doctrinarias, donde el consenso y el debate abierto sepultaron la antigua práctica del «decreto vertical».
Ruptura total con el pasado: Principales diferencias estructurales
Para entender la magnitud de la Constitución de 1992, es imperativo contrastarla con su predecesora, la Constitución de 1967 (y su enmienda de 1977), diseñada a la medida de los intereses dictatoriales.
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Poder Ejecutivo: La carta de 1967 otorgaba atribuciones casi ilimitadas al Presidente de la República, permitiendo la reelección indefinida y la disolución discrecional del Congreso. La Constitución de 1992 prohibió de forma tajante la reelección presidencial bajo cualquier modalidad y recortó el hiperpresidencialismo.
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Creación de contrapesos: Se introdujeron figuras institucionales clave para garantizar la transparencia y los derechos humanos, como la Vicepresidencia de la República, el Consejo de la Magistratura, el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y el Defensor del Pueblo.
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Derechos Humanos: El nuevo texto incorporó un catálogo de derechos fundamentales de vanguardia, reconociendo explícitamente las garantías constitucionales como el Habeas Corpus, el Habeas Data y el Amparo, además de prohibir la pena de muerte y la tortura.
El giro hacia la laicidad: Un Paraguay sin religión oficial
Uno de los debates más sensibles dentro de la Convención Constituyente giró en torno al rol de la Iglesia Católica. Históricamente arraigada en la identidad nacional, el catolicismo ostentaba el estatus de religión oficial en las constituciones previas. Sin embargo, los redactores de 1992 apostaron decididamente por la pluralidad.
El Artículo 24 «De la libertad de fe y de ideología» dictaminó un quiebre histórico:
«Ninguna religión tendrá carácter oficial. Las relaciones del Estado con la iglesia católica se basan en la independencia, cooperación y autonomía».
Este cambio fundamental no buscaba confrontar con la fe de la mayoría, sino asentar las bases de un Estado laico. Al retirar el carácter oficial a una fe particular, el Paraguay garantizó constitucionalmente la igualdad de condiciones para todos los credos y resguardó el derecho de aquellos ciudadanos que optaran por no profesar ninguno, un paso indispensable para una democracia moderna y tolerante.
Relevancia en el concierto internacional y americano
La Constitución de 1992 ocupa un lugar de prestigio en el denominado «nuevo constitucionalismo latinoamericano» de finales del siglo XX. En el contexto regional, se sumó a la ola de reformas que buscaban consolidar las transiciones democráticas tras las dictaduras de la Doctrina de la Seguridad Nacional (como la de Brasil en 1988 y Colombia en 1991).
A nivel mundial, la Carta Magna paraguaya se destaca por su énfasis humanista e integrador. Es considerada una de las legislaciones más avanzadas en materia de reconocimiento de derechos de los pueblos indígenas y protección del medio ambiente para su tiempo. Asimismo, el reconocimiento del guaraní como idioma oficial en pie de igualdad con el castellano (Artículo 140) sentó un precedente global en el rescate y la dignificación constitucional del patrimonio lingüístico nativo.
Treinta y cuatro años después de aquella histórica jura, la Constitución de 1992 permanece como el pacto político más duradero del Paraguay contemporáneo. Pese a los constantes debates sobre la necesidad de reformas operativas, su esencia continúa siendo el escudo más fuerte de la ciudadanía contra los abusos del poder y el testimonio vivo de un pueblo que eligió, para siempre, el camino de la libertad.
ACERCA DEL CORRESPONSAL
WOLFGANG A. STREICH
Lic. en Periodismo - Lambaré, Paraguay
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