
Begoña Gómez ha pedido al juez Juan Carlos Peinado que suspenda el procedimiento abierto contra ella hasta que la Audiencia Provincial de Madrid resuelva los recursos pendientes. La razón central es sencilla, aunque el expediente sea un laberinto con toga: su defensa sostiene que no tiene sentido avanzar hacia un eventual juicio, y menos aún ante un jurado popular, si antes no se sabe si esa vía procesal es válida. En otras palabras, quiere que se pare el reloj antes de que la maquinaria judicial siga tragando papel, plazos y escritos que podrían quedar en nada.
La petición afecta, sobre todo, a los plazos procesales ya abiertos, incluido el de presentar su escrito de defensa. El abogado Antonio Camacho argumenta que seguir adelante mientras la Audiencia estudia los recursos puede generar indefensión, nulidades y un gasto inútil de tiempo judicial. No es una absolución anticipada ni un archivo automático. Es una maniobra procesal: detener el avance de la causa hasta que el tribunal superior diga si Peinado puede llevar el caso por el camino que ha elegido.
Una causa que ya no discute solo hechos, sino el camino hacia el juicio
La investigación contra Begoña Gómez ha dejado de ser únicamente una pelea sobre indicios y delitos presuntos. Ahora también es una disputa sobre la arquitectura del procedimiento. Parece un matiz técnico, de esos que duermen a un anfiteatro entero en una clase de Derecho Procesal, pero no lo es. En una causa penal, el camino importa casi tanto como el destino: no es igual defenderse en un procedimiento ordinario, en uno abreviado o ante un tribunal del jurado. Cambian los tiempos, la estrategia, la prueba, la forma de preparar el juicio y hasta el modo en que se presenta el relato ante quienes deben decidir.
Peinado ya ha situado la causa en una fase avanzada. En abril propuso juzgar a Gómez por presuntos delitos de malversación, tráfico de influencias, corrupción en los negocios y apropiación indebida de marca, junto a otros investigados, entre ellos su asesora en La Moncloa, Cristina Álvarez, y el empresario Juan Carlos Barrabés. La defensa lo rechaza y sostiene que no existen indicios suficientes para sostener esa deriva. Aquí conviene subrayar lo obvio, precisamente porque lo obvio se olvida cuando el ruido político entra por la ventana: todos los investigados conservan intacta su presunción de inocencia.
La clave inmediata está en los recursos. La defensa recurrió el auto que incoaba el procedimiento ante el Tribunal del Jurado y también el auto posterior que acordaba continuar por esa vía. Peinado desestimó parte de esas impugnaciones, pero la Audiencia Provincial de Madrid aún tiene asuntos pendientes sobre la mesa. De ahí el argumento: si el tribunal superior termina diciendo que el juez instructor no podía conducir la causa hacia el jurado, todo lo que se haga ahora podría quedar tocado. O directamente habría que volver atrás, como quien descubre tarde que ha construido el puente sobre barro.
Por qué el jurado popular es tan importante en este caso
El Tribunal del Jurado no es una rareza exótica importada para dar color a los juicios. Existe en España desde la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado y se reserva para determinados delitos. Entre ellos figuran el tráfico de influencias y la malversación de caudales públicos, dos de las figuras penales que aparecen en el caso. El jurado se compone de ciudadanos, con un magistrado presidente que dirige jurídicamente el proceso. Dicho en cristiano: no deciden solo jueces profesionales, sino una representación de ciudadanos elegidos conforme a la ley.
Eso cambia mucho. Un jurado popular obliga a simplificar el caso, a ordenar mejor los hechos y a convertir el material probatorio en algo inteligible para personas sin formación jurídica. Para una acusación, puede ser una oportunidad de presentar un relato más directo. Para una defensa, puede ser un riesgo si considera que el caso se ha politizado, que los indicios son débiles o que la exposición pública pesa más que el expediente. Y este caso, desde luego, no viaja en silencio. Va escoltado por titulares, tertulias, trincheras y esa electricidad tan española que convierte cualquier folio judicial en una hoguera de sobremesa.
La Audiencia Provincial ya frenó en febrero una decisión anterior de Peinado de llevar la investigación hacia el jurado popular. Lo hizo al apreciar falta de fundamentación suficiente y ausencia de indicios racionales de criminalidad que justificaran ese paso en aquel momento. Ese antecedente explica por qué la defensa vuelve a mirar hacia la Audiencia como dique. No porque el tribunal haya archivado la causa, sino porque ya corrigió una decisión procesal parecida del instructor.
La defensa quiere evitar un avance irreversible
La palabra más relevante de esta nueva petición no es “paralizar”, aunque sea la que tiene más músculo de titular. La palabra de fondo es irreversibilidad. La defensa teme que el procedimiento avance hacia escritos de acusación y defensa, proposición de prueba y preparación de juicio oral antes de que se sepa si todo ese itinerario procesal es correcto. No es una cuestión menor: preparar una defensa penal exige saber el terreno que se pisa. No se juega igual sobre tierra batida que sobre hielo.
Camacho sostiene que exigir ahora el escrito de defensa colocaría a Gómez en una posición complicada. Tendría que diseñar estrategia, proponer prueba y fijar argumentos sin conocer si el procedimiento será realmente el del jurado o si la Audiencia corregirá de nuevo la decisión de Peinado. En términos jurídicos, eso puede afectar al derecho de defensa. En términos más cotidianos: sería como pedir a alguien que prepare un examen sin decirle si será oral, escrito, tipo test o delante de nueve vecinos elegidos por sorteo.
La defensa también recuerda que, según su criterio, la instrucción no estaría completamente cerrada porque quedarían informes pendientes de la UCO y una testifical por practicar. Ese dato alimenta otra línea de ataque: no solo se cuestiona la vía del jurado, sino también la premura por dar por terminada una investigación que, a juicio de la defensa, aún tiene cabos sueltos. Peinado, por su parte, considera que hay base suficiente para seguir adelante. La Audiencia tendrá que decidir si esa base aguanta o si el edificio necesita apuntalamiento.
Qué está realmente en juego ante la Audiencia de Madrid
La Audiencia Provincial de Madrid no tiene ahora sobre la mesa una discusión política, aunque el caso huela a política desde lejos, como una chaqueta recién salida de un mitin. Lo que debe resolver es procesal: si las decisiones del juez Peinado sobre el avance de la causa y su orientación hacia el Tribunal del Jurado están suficientemente justificadas. La diferencia es importante. Un tribunal puede corregir el camino sin absolver a nadie; puede exigir más motivación sin negar que haya investigación; puede ordenar retroceder sin cerrar la puerta del juicio.
Por eso la petición de Gómez no equivale a pedir que todo desaparezca. Pide una pausa con consecuencias concretas: que se suspenda el procedimiento ante jurado, que se congelen los plazos y que no se obligue a las defensas a presentar escritos hasta que la Audiencia resuelva. En caso de que la Audiencia avale finalmente la vía del jurado, la defensa reclama que se le conceda un nuevo plazo para formular su escrito. Es decir, no pide solo frenar; pide no perder pie si el freno no prospera.
La Fiscalía también ha mostrado reservas sobre decisiones del procedimiento, y algunas informaciones señalan que recurrió directamente ante la Audiencia. Esto añade otro matiz: la oposición a determinadas decisiones de Peinado no procede únicamente de la defensa de Gómez. En una causa tan cargada, esa coincidencia importa. No convierte a nadie en inocente ni en culpable, pero rebaja la caricatura de que todo se reduce a una defensa intentando ganar tiempo. Hay un debate jurídico real sobre los límites de la instrucción y sobre la suficiencia de los indicios.
Los delitos que aparecen y la sombra política del caso
El juez sitúa el procedimiento alrededor de cuatro presuntos delitos: malversación, tráfico de influencias, corrupción en los negocios y apropiación indebida de marca. Cada uno tiene una naturaleza distinta. La malversación se vincula a la posible utilización indebida de recursos públicos, especialmente por el papel de Cristina Álvarez. El tráfico de influencias mira hacia la eventual ventaja obtenida por contactos o posición. La corrupción en los negocios apunta a beneficios indebidos en el ámbito privado o empresarial. La apropiación indebida de marca se relaciona con el controvertido material vinculado a la Universidad Complutense. Todo ello, siempre, en el plano de la investigación y de las acusaciones, no de hechos probados.
El caso nació en abril de 2024 a partir de una denuncia de Manos Limpias y fue ampliándose con el tiempo mediante distintas líneas de investigación. Desde entonces, ha vivido recursos, citaciones, informes, decisiones corregidas por órganos superiores y una exposición pública difícil de separar del cargo que ocupa Pedro Sánchez. Begoña Gómez no es una ciudadana anónima en un pasillo judicial cualquiera. Es la esposa del presidente del Gobierno. Eso no la blinda. Tampoco debería convertirla en una diana automática. En democracia, el apellido no absuelve; el clima político tampoco condena. Parece elemental, pero conviene repetirlo cuando el barro salpica tan alto.
La defensa insiste en que la causa se apoya en conjeturas y que falta una base sólida para llevar a Gómez al banquillo. Peinado sostiene lo contrario: que concurren indicios suficientes para continuar. Entre una posición y otra se mueve ahora la Audiencia Provincial. Y ahí está el centro de la noticia. No en la espuma partidista, sino en la pregunta procesal: si la instrucción está madura, si el jurado es el cauce adecuado y si las decisiones del juez están razonadas con la precisión que exige una causa penal de esta dimensión.
Por qué la petición llega en un momento delicado
La solicitud llega cuando el procedimiento se encuentra en una fase especialmente sensible. Peinado ha empujado la causa hacia el horizonte del juicio, las partes deben preparar posiciones y la defensa intenta impedir que el expediente avance antes de que el tribunal superior despeje las dudas. En un sumario menor quizá pasaría más desapercibido. Aquí no. Cada movimiento se lee como ofensiva, repliegue o mensaje cifrado. El proceso judicial queda así atrapado en una doble contabilidad: la de los plazos penales y la del reloj político.
La defensa busca algo muy concreto: que no se cierre una etapa procesal mientras se discute si esa etapa se abrió correctamente. Suena prudente desde una óptica garantista. Desde la mirada de las acusaciones, puede interpretarse como una maniobra para demorar el avance de la causa. Ambas lecturas van a circular, por supuesto, porque España no desperdicia jamás una ocasión de convertir un recurso procesal en una guerra de banderas. Pero el juez no debe decidir por el volumen de ruido, sino por la consistencia jurídica del escrito.
Si Peinado acepta la petición, la causa quedaría temporalmente suspendida hasta que la Audiencia resuelva. Si la rechaza, la defensa ya ha dejado constancia de su protesta y se reserva nuevas acciones. Ese detalle no es decorativo: en Derecho Procesal, protestar a tiempo sirve para poder invocar después una posible vulneración de derechos. Es la manera formal de decir: “queda anotado”. No tiene la épica de una escena de tribunales de cine, pero en los juzgados la épica suele venir en papel timbrado y con sello de entrada.
El reloj judicial que nadie puede ignorar
La petición de Begoña Gómez tiene una explicación menos novelesca de lo que sugiere el ruido político: quiere congelar la causa hasta que la Audiencia Provincial de Madrid decida si el juez Peinado ha actuado correctamente al encaminar el procedimiento hacia un eventual jurado popular. No pide solo tiempo; pide seguridad procesal. Quiere saber a qué procedimiento se enfrenta antes de presentar una defensa que puede condicionar todo lo que venga después.
El asunto deja una fotografía incómoda para todos. Para el juez, porque sus decisiones vuelven a depender del filtro de la Audiencia. Para la defensa, porque la causa sigue viva y en una fase avanzada. Para las acusaciones, porque un parón retrasaría el eventual juicio. Para la política, porque el caso seguirá alimentando una conversación áspera, a ratos más parecida a una pelea de taberna con lenguaje jurídico que a un debate público sereno. La justicia, mientras tanto, tiene que hacer lo suyo: separar indicios de sospechas, derecho de espectáculo, procedimiento de ruido. Y eso, visto el ambiente, ya sería casi una revolución liberal en miniatura.
Alessandro Elia
Fuente de esta noticia: https://donporque.com/begona-gomez-quiere-frenar-la-causa-de-peinado/
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