
A dicha conclusión arriba el parecer técnico de la Oficina Técnica de Apoyo al Fuero Civil y Comercial, sobre la propuesta de modificación del Art 172 del Código Procesal Civil, por parte del diputado Édgar Olmedo, quien propuso reducir de seis a tres meses dicho plazo, por lo que concluye no aprobar el citado proyecto de ley.
El documento fue remitido a la máxima instancia judicial por el magistrado Miguel Ángel Vargas, coordinador ejecutivo de la oficina técnica de apoyo al fuero civil y comercial y que fue abordado de manera parcial durante la plenaria de la Corte, previo a la remisión del texto entero a la Cámara de Diputados–
“El informe del magistrado que firma en representación de la oficina técnica, realmente un informe muy interesante, eh muy sesudo, donde analiza toda la problemática de la caducidad y establece incluso un cuadro comparativo de los plazos que rigen para la caducidad de instancia en otros países de la región y llega a la conclusión que llegó siempre la doctrina, que el acortamiento de estos plazos de caducidad de instancia no precisamente redundan en una reducción de los de los tiempos totales del proceso.”, resaltó el presidente Alberto Martínez Simón.
Según el presidente, cuando caduca un proceso, lo que se hace es el archivo del expediente, de la carpeta, pero no se soluciona el conflicto que dio pie al expediente y el expediente se puede volver a tramitar, volver a abrir con el dispendio de tiempo de todo lo que ha quedado atrás.

Por ende la moción de la Comisión, perdón, de la Oficina Técnica de Apoyo al Fuero Civil y Comercial es desaconsejar la sanción de esta ley. “Obviamente, eso será materia de decisión legislativa y eventualmente de promulgación del Poder Ejecutivo, y nosotros seremos los ejecutores de la norma, pero ya que pidieron el parecer técnico”
Antecedentes
En agosto pasado, el proyectista diputado Édgar Olmedo detalló a El Observador, los alcances y la misión del proyecto para la administración de justicia, en el ámbito civil y comercial, por considerar un factor que ha influenciado muchísimo, ha influido muchísimo dentro de los altos índices de morosidad del sistema de justicia”.
“Los procesos que son dilatorios, por decirte, faltando un día para que opere la caducidad, se presenta un escrito y nuevamente se reinicia el plazo de 6 meses y hacen que estos procesos sean interminables y duren décadas. Reducir el plazo a 3 meses va a permitir mayor acción procesal de las partes y al mismo tiempo también exigir que los juzgados civiles, informen los actuarios mensualmente de las caducidades que operan de manera automática o de manera oficiosa, para que todos esos expedientes que están inactivos sean resolución mediante también declarada la caducidad, llevamos al archivo, porque vos te vas hoy a un juzgado civil y vas a encontrar que tiene 20.000 expedientes”, dijo.
https://observador.com.py/acortamiento-de-caducidad-no-redunda-en-reduccion-de-los-tiempos-totales-en-un-proceso/
ACERCA DEL CORRESPONSAL
REDACCIóN CENTRAL
Prensa Mercosur es un diario online de iniciativa privada que fue fundado en 2001, donde nuestro principal objetivos es trabajar y apoyar a órganos públicos y privados.
- ★El martes 3 de noviembre comienza el cronograma de pagos en Jujuy
- ★Comunicado de Educación sobre el reconocimiento de la antigüedad docente
- ★Concejo Deliberante y UNJu firmaron un convenio para promover la alimentación saludable
- ★Cómo le pega a la economía argentina y al gobierno de Milei el triunfo de Lula en Brasil
- ★Domingo Cavallo cuestionó el plan económico de Milei y reclamó eliminar las restricciones cambiarias

