

Columna escrita por Juan Guillermo Sepúlveda Arroyave, columnista invitado.
Hace pocas semanas, en este mismo espacio, analizamos cómo el exigente diseño político-criminal del gobierno nacional para la futura Ley de Sometimiento a la Justicia requiere, de forma preceptiva, una inserción dogmática y procesal de la Justicia Restaurativa. Sosteníamos entonces que para que un modelo de sometimiento penal estricto —ese caracterizado por el “cero estatus político”, una política de extinción patrimonial absoluta y rebajas punitivas tasadas rigurosamente en un 30% para jefes y hasta un 50% para los demás integrantes— no colapse ante un índice de impunidad estructural que ronda el 95% en el aparato ordinario, es indispensable activar a la Unidad Nacional de Justicia Restaurativa (Unjr) de la Fiscalía General de la Nación. El planteamiento teórico es válido; la realidad institucional, sin embargo, revela una paradoja alarmante de asimetría presupuestal y de planta que amenaza con convertir las mejores intenciones legislativas en letra muerta.
I. El eslabón perdido entre la norma y la realidad operativa
Una reciente respuesta a un derecho de petición remitido por este columnista a la Unjr (Radicado No: 2026100000992162, del 24 de agosto de 2026) levanta el velo de la opacidad institucional. El documento, lejos de la habitual retórica burocrática, ofrece un diagnóstico descarnado y autocrítico sobre el verdadero estado de la Justicia Restaurativa en el ente acusador.
Al contrastar estos datos oficiales con las macropretensiones del debate sobre el sometimiento de bandas criminales, queda en evidencia que el Estado pretende edificar un ambicioso sistema de paz social sobre una infraestructura institucional desfinanciada, jurídicamente encorsetada y operativamente desbordada.
II. Radiografía del desbordamiento: 18 funcionarios para todo un país
El primer dato que estremece el análisis técnico es la precariedad de la estructura interna de la Unjr. Creada formalmente mediante la Resolución 0–0211 del 17 de julio de 2025, la Unidad nació con una deficiencia de planeación: se estructuró con cero cargos de planta propios. El equipo en el nivel nacional se compone de tan solo 18 servidores públicos asignados temporalmente desde otras dependencias. De este grupo, el componente predominantemente jurídico lo lidera un asesor de despacho, acompañado por cuatro fiscales seccionales, tres fiscales especializados y tres fiscales locales (diez fiscales en total).
Este raquítico contingente es el responsable de coordinar el aprendizaje y acompañar técnicamente las rutas restaurativas de 35 direcciones seccionales y 8 direcciones especializadas en todo el país. Esta asfixia operativa se traduce en cifras de sobrecarga laboral críticas: el estudio de carga de la Unidad registra una carga promedio del 112,3% de la jornada, llegando al extremo de que una tercera parte del equipo opera por encima del 140% de su capacidad.
Pero el desequilibrio más grave no es cuantitativo, sino metodológico. Mientras la doctrina internacional exige un abordaje interdisciplinar para la atención de víctimas y ofensores, la estructura nacional de la Unjr cuenta únicamente con dos trabajadoras sociales y cero psicólogos en su equipo de planta. Confiar un enfoque transformador a una unidad sin profesionales en salud mental evidencia que el Estado sigue leyendo la restauración bajo la rígida y única óptica de la contradicción penal procesal.
III. El mito de los delitos menores y los riesgos del “maquillaje”
La práctica cotidiana de la Unidad Nacional de Justicia Restaurativa (Unjr) desmiente un prejuicio extendido: la idea de que la justicia restaurativa es un mecanismo marginal aplicable únicamente a delitos de bagatela o menor gravedad. En su respuesta, el ente acusador revela que el Plan Piloto de Mediación Penal desarrollado entre 2022 y 2024 intervino 1.888 casos en 17 Direcciones Seccionales, logrando formalizar acuerdos en el 35% de los casos e implementando 308 mediaciones remotas a través de 48 alianzas interinstitucionales.
Actualmente, bajo la nueva estrategia, la Unjr mantiene el acompañamiento directo en 21 casos de alta complejidad distribuidos de forma estricta: 8 en la Delegada para la Seguridad Territorial, 4 en la Delegada ante la Corte Suprema de Justicia y 9 en la Delegada contra la Criminalidad Organizada. Estos procesos corresponden a fenómenos de homicidio, violencia sexual, corrupción, delincuencia organizada y minería informal. Adicionalmente, reportan una jornada de descongestión en el Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes donde se depuraron 650 casos, de los cuales 125 fueron remitidos a la ruta restaurativa en su primera fase.
Aunque estas cifras validan la aplicabilidad del enfoque en la criminalidad compleja, la falta de capacidad institucional estable está derivando en “malas prácticas” alarmantes. La entidad advierte con preocupación el riesgo de la “acción con daño” por improvisación, la reducción de la responsabilización a la simple admisión verbal de los hechos y la proliferación de reparaciones meramente materiales o simbólicas de bajo significado.
El único dato consolidado y exitoso en materia de reincidencia en el país proviene del Programa Distrital de Justicia Juvenil Restaurativa de Bogotá, el cual registra una tasa de reincidencia de apenas el 5% tras atender a 1.500 adolescentes y 800 víctimas, con una satisfacción del 90,3%. Fuera de este oasis institucional, el registro y medición del impacto en el resto del país es cero.
IV. La trampa de la gratuidad y el riesgo de la captación dogmática
La encrucijada se profundiza al analizar la economía del mercado penal. El derecho de petición revela una verdad incómoda: la Fiscalía General de la Nación cuenta con cero pesos de presupuesto específico o rubro autónomo destinado a la Justicia Restaurativa. Las actividades se financian de manera invisible con cargo al presupuesto general de la entidad. Al no costar, el sistema le asigna un valor de cero.
Mientras en la justicia retribuida tradicional y del pleito los abogados penalistas son los mejores pagados del mercado porque la contienda “vale”, la justicia restaurativa ha sido precarizada bajo el imaginario de ser una “justicia de beneficencia” o una “justicia para pobres”, donde el conflicto se soluciona “por las buenas” y obviando la rigurosidad de los honorarios profesionales.
Para suplir el vacío de recursos y de planta psicosocial, el servicio se ha “externalizado” de facto, descansando de manera predominante en el trabajo pro bono de consultorios jurídicos universitarios, la Defensoría del Pueblo y facultades de psicología.
Dejar la suerte de la reparación de las víctimas en manos de programas universitarios itinerantes plantea lo que la Fiscalía reconoce como riesgos estructurales: pérdida de continuidad por rotación corta, heterogeneidad de estándares técnicos y dilución de la responsabilidad institucional frente a la víctima. Por ello, concluyen que el actual modelo no garantiza estándares adecuados de calidad ni protección de derechos de forma homogénea.
Pero el costo final de “lo barato” es el peligro de la “acción con daño” y la pérdida de la soberanía jurídica del Estado. El espejo geopolítico de Brasil es un llamado de alerta riguroso: cuando el Estado abdica de su obligación presupuestal y abandona la administración comunitaria y carcelaria de la restauración, ese vacío institucional es ocupado por agendas dogmáticas y sectores religiosos corporativos, que instrumentalizan la mediación y el control social para construir fortines teocráticos con posterior capital político-electoral.
En Colombia, el riesgo es aún más álgido: la falta de operadores laicos, objetivos y financiados públicamente abre la puerta para que las estructuras criminales de alta escala financien fundaciones fachadas en las comunas y capten la mediación social utilizando a sus propias víctimas, destruyendo toda seguridad jurídica y política.
V. Conclusión: ¿Quién va a pagar la Justicia Restaurativa?
El puente entre la teoría del sometimiento masivo y la realidad de la Fiscalía es hoy un abismo cuantitativo y presupuestal. Llegó el momento de romper la ilusión de la gratuidad y de plantear la pregunta de fondo que el Congreso de la República y la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (Unodc) deben responder: ¿Quién va a pagar la Justicia Restaurativa en los escenarios de sometimiento?
Para que las pretensiones de “Retorno Cero” de activos ilícitos del Ministerio de Justicia y la fórmula de los “Municipios Reintegradores” tengan viabilidad fáctica, la reforma penal debe ir acompañada de una arquitectura financiera real.
No podemos seguir legislando desde el activismo normativo, asumiendo de forma mágica que la expedición de una ley transformará el comportamiento de las bandas organizadas si el órgano llamado a coordinar científicamente la asunción de responsabilidad opera con 18 funcionarios desbordados, tan solo 2 trabajadoras sociales y un presupuesto inexistente.
La propuesta de alta política criminal es ineludible: la futura ley de sometimiento debe ordenar que la totalidad del patrimonio extinguido a las mafias bajo la fórmula de “Retorno Cero” no sufra ineficiencia burocrática, sino que ingrese de manera directa a fondear un Fondo Autónomo Profesional Restaurativo.
Estos recursos deben destinarse a dos vías prioritarias: elevar la justicia restaurativa a componente estructural mediante la creación legal de la Dirección Nacional de Justicia Restaurativa en la FGN —con planta de personal interdisciplinar propia y presupuesto autónomo— y financiar un mercado profesional externo de operadores, laicos, técnicos y dignamente remunerados, debidamente auditados por el Estado mediante un Registro Único de Facilitadores. Si el Congreso insiste en ignorar los datos duros de este derecho de petición y la economía del proceso, la Ley de Sometimiento estará destinada al mismo colapso sistémico e instrumentalización criminal que ha sepultado los anteriores esfuerzos de paz jurídica en Colombia.

Juan Guillermo Sepúlveda Arroyave
Abogado de la Universidad Pontificia Bolivariana. Reconocido por la Organización de los Estados Americanos (OEA) como generador de confianza en América Latina. Criminólogo por la Universidad de Barcelona (España) y Magíster en Prevención y Seguridad por la Universidad Autónoma de Barcelona (UAB)
https://www.lasillavacia.com/red-de-expertos/red-de-la-paz/sin-plata-para-la-justicia-restaurativa-la-ley-de-sometimiento-peligra/
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