
El instituto tratará de poner un freno a la exploración con fines petroleros, que se realiza con una controvertida técnica que pone en peligro a la fauna marina.
La Institución Nacional de Derechos Humanos (Inddhh) formalizó este miércoles un recurso de amparo ante la justicia uruguaya con el objetivo de interrumpir las actividades de prospección sísmica destinadas a la localización de hidrocarburos en la plataforma marítima nacional. La acción judicial fue dirigida contra el Ministerio de Ambiente, el Ministerio de Industria, Energía y Minería, la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland (Ancap) y las empresas petroleras contratistas responsables de la ejecución de los trabajos exploratorios.
El mecanismo de prospección sísmica consiste en la emisión de ondas acústicas hacia el subsuelo marino mediante cañones de aire comprimido remolcados por embarcaciones especializadas. El registro de los ecos permite elaborar mapas de las estructuras geológicas subyacentes. Esta tecnología ha sido empleada en aguas uruguayas en campañas previas correspondientes a los años 1982, 2002 y el período 2012-2017.
Los contratos que habilitan la etapa exploratoria prevista para 2026 fueron suscritos entre Ancap y distintas empresas del sector hidrocarburífero durante el intervalo 2022-2024. La autorización ambiental para dichas operaciones fue otorgada por la cartera de Ambiente en fecha no especificada por las fuentes consultadas.
Lo que plantea INDDHH con el recurso
La presidenta de Inddhh, Mariana Mota, detalló los componentes del recurso presentado. “Es un recurso donde se pretende que se suspendan esas prospecciones en base a una amplia información que se aporta en el recurso referente a los daños o al impacto ambiental que efectivamente tienen estas actividades. Impacto que no es negado por nadie, porque es evidente y porque además las empresas lo reconocen”, declaró Mota durante la comunicación pública de la medida.
El escrito presentado ante el Poder Judicial sostiene que las detonaciones acústicas generadas por los cañones de aire comprimido alcanzan niveles de presión sonora que oscilan entre 250 y 300 decibeles. Según consta en la documentación aportada por la institución, el área de propagación del ruido submarino puede extenderse por más de 300.000 kilómetros cuadrados. Los sensores acoplados a los buques de exploración captan el retorno de las ondas para la elaboración de perfiles estratigráficos.
Mota agregó que las empresas operadoras han propuesto medidas de mitigación ambiental que fueron evaluadas por la institución. “La mitigación no quiere decir que el daño no exista sino que el daño se va a dar efectivamente y el punto es cuál es el costo de esa actividad”, señaló la jerarca.
Avances de los ambientalistas contra las petroleras
En noviembre de 2025, la Asamblea Mar Libre de Petroleras Uruguay y la asociación civil Socobioma promovieron una medida cautelar de no innovar con idéntico propósito suspensivo. Dicha iniciativa procuraba detener los trabajos de exploración sísmica en el mar territorial uruguayo.
Este miércoles, el magistrado Federico Tobia, titular del Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Civil de 8º Turno, emitió un pronunciamiento respecto a aquella cautelar. El fallo declaró la falta de jurisdicción del tribunal para entender en la medida solicitada por las organizaciones ambientalistas.
Las entidades demandantes emitieron un comunicado interpretando los alcances de la resolución judicial. “La decisión judicial no ingresó al análisis del fondo de la pretensión. No se expidió sobre la eventual ilicitud de los contratos cuestionados, no examinó su compatibilidad con el artículo 47 de la Constitución, la Ley 17.283, la Ley 19.128, ni evaluó la existencia de riesgo ambiental ni la aplicación del principio precautorio”, expresa el texto difundido. “La decisión se limitó exclusivamente a declarar que la cuestión debería ventilarse ante la jurisdicción contencioso-administrativa”, agrega el comunicado.
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