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Dom. Nov 17th, 2024
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La jueza primera penal con funciones de control de garantías, luego de esperar dos horas a que llegara la defensa de Day Vásquez, que al iniciar la audiencia estaba en un avión rumbo a Bogotá, suspendió la diligencia.

Sobre las 8:14 p. m. del 29 de julio, el juzgado primero penal con funciones de garantías dio inicio a la audiencia de legalización de captura de Nicolás Petro Burgos y Day Vásquez. Sin embargo, ante la ausencia de la defensa de esta última, y señalando que la Fiscalía le había entregado información errónea sobre la presencia de todas las partes involucradas y que esperó por algo más de dos horas, la jueza suspendió la diligencia y le devolvió la carpeta del proceso al ente acusador para radicar de nuevo la solicitud de la audiencia.

Así fue la corta audiencia

El abogado de Day Vásquez, por teléfono, se excusó por no poder estar en la audiencia, pues se encuentra viajando de Barranquilla a Bogotá. Juan Trujillo, el abogado de Nicolás Petro, pidió a la jueza tomar dos decisiones: primero, por la ausencia del abogado de Vásquez, que llegaría a Bogotá sobre las 11:00 p. m., y segundo sobre un funcionario –al que no identificó– que estaba presente en la sala donde está su defendido y que no debería estar.

El representante de la Fiscalía citó una comunicación de la defensa de Vásquez, en la que solicitaron que la audiencia fuera aplazada para el 30 de julio a las 8:00 a. m., también dijo que el ente acusador tiene todo el acervo probatorio para legalizar la captura de Vásquez y Petro Burgos.

Estas declaraciones las hizo el representante de la Fiscalía para aclarar un señalamiento de la jueza, que advirtió que había recibido información cruzada respecto a la presencia en la audiencia de la defensa de Vásquez, y que lleva esperando dos horas, pues la audiencia estaba registrada para dar comienzo sobre las 6:00 p. m.

La jueza decidió que no aplazará ni suspenderá la audiencia, toda vez que, al inicio de esta, los defensores de Vásquez solicitaron extemporáneamente el aplazamiento. Sin embargo, dijo que, al no estar las partes involucradas, devolvería la carpeta de radicación a la Fiscalía y levantó la audiencia, en espera a que, sobre las 10:00 p. m., cuando se hace el nuevo reparto, se pueda determinar qué juez de la República adelantará la legalización de captura.

Vale aclarar que la ley da un plazo de 36 horas para legalizar el procedimiento.

Momento exacto en el que sale Nicolás Petro de la Fiscalía de Barranquilla. Captura.
Momento exacto en el que sale Nicolás Petro de la Fiscalía de Barranquilla. Captura.

Procuraduría intervendrá en audiencias en el caso de Nicolás Petro y Day Vásquez

El Ministerio Público anunció que participará en las audiencias de legalización de captura e imputación de cargos contra Nicolás Petro Burgos y Day Vásquez y que delegó a la procuradora 55 judicial penal II como la encargada de intervenir en las diligencias con el fin de verificar que se respete el ordenamiento jurídico, los derechos y garantías fundamentales de los procesados.

Nicolás Petro y Day Vásquez esperan en el búnker de la Fiscalía a que se defina su situación

Desde la 2:07 p. m. del 29 de julio, Nicolás Petro Burgos Day Vásquez esperan en el búnker de la Fiscalía General de la Nación a que se adelante la audiencia de legalización de la captura, que ocurrió en la mañana del 29 de julio en Barranquilla por petición del ente acusador que le imputarán los delitos de lavado de activos enriquecimiento ilícito al hijo mayor del presidente Gustavo Petro, y los de lavado de activos violación de datos personales por hechos ocurridos desde 2022 a la fecha, a Day Vásquez.

Captura de Nicolás Petro no era necesaria, dicen Miguel Ángel del Río e Iván Cancino

Los penalistas Iván Cancino Miguel Ángel del Río Malo, en diálogo con Infobae Colombia dijeron que, con la información que se ha conocido del caso, no eran necesarias las capturas de Nicolás Petro Burgos y Day Vásquez, pues coinciden en que no existe evidencia de que alguno de los dos tuviese intenciones de fugarse de la justicia.

Así lo expuso Iván Cancino: “Creo que las capturas y las medidas de aseguramiento privativas de la libertad deben ser la regla excepcional y pues a primera vista no representaba ningún riesgo de fuga ni una obstrucción a la justicia. Falta esperar a ver qué elementos tiene la Fiscalía, que a lo mejor uno desconozca. Creo que estos casos, que son de alta connotación de cubrimiento público, deben servir de ejemplo para una crítica constructiva a jueces y fiscales: no pueden seguir pensando que la regla general sea capturar a las personas. No me parece que sea acertado. La responsabilidad se resuelve en un juicio y preferiblemente en libertad”

Mientras que Miguel Ángel del Río Malo advirtió: “La libertad es la regla general en una actuación penal. Si no existe ninguna evidencia de que una persona que está siendo investigada se pueda fugar a otro país, por ejemplo, entonces no hay necesidad de solicitar una orden de captura”.


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