
Imagen Valora Analitik
El sistema pensional colombiano atraviesa uno de los momentos más determinantes de su historia reciente. Mientras la Corte Constitucional estudia con lupa la reforma aprobada por el Congreso y define su alcance definitivo, ya existe una certeza que no admite interpretaciones: el reloj avanza para quienes aún pueden trasladarse entre el régimen público y los fondos privados. En medio de la incertidumbre normativa, hay reglas vigentes que fijan un límite claro y que están obligando a miles de trabajadores a tomar decisiones trascendentales sobre su futuro económico.
Según la legislación actual, el 16 de julio de 2026 marca el cierre de la ventana para solicitar el traslado de régimen bajo las condiciones hoy existentes. Hasta esa fecha, quienes cumplan los requisitos podrán optar por cambiarse del sistema privado al público o viceversa. Para muchos analistas, se trata de la última oportunidad real de ajustar el rumbo pensional antes de que entren en vigor transformaciones estructurales que modificarán de fondo la manera en que se financian y reconocen las jubilaciones en el país.
En este escenario, Colpensiones ha adquirido un protagonismo indiscutible. La entidad se ha consolidado como la empresa estatal boyante del Estado colombiano y, para amplios sectores de la población, como la única institución que efectivamente pensiona a los colombianos de manera masiva y estable. En contraste con los fondos privados, donde una parte significativa de los afiliados termina recibiendo devoluciones de saldos en lugar de una pensión vitalicia, el régimen público se percibe cada vez más como un refugio de certeza y respaldo estatal para la vejez.
No obstante, el traslado no es automático ni está abierto para todos. La norma establece filtros precisos que buscan focalizar esta posibilidad en quienes se encuentran en la recta final de su vida laboral. Las mujeres deben haber cumplido al menos 47 años y los hombres 52; ellas deben acreditar un mínimo de 750 semanas cotizadas y ellos 900; y, en ambos casos, es indispensable estar a menos de diez años de alcanzar la edad legal de pensión. Estos criterios buscan equilibrar el derecho individual a elegir con la sostenibilidad financiera del sistema.
Un elemento clave del proceso es la obligatoriedad de la doble asesoría, un mecanismo que se ha convertido en una pieza central de protección al afiliado. Antes de autorizar cualquier traslado, la persona debe recibir información detallada tanto de su fondo privado como de Colpensiones. Allí se exponen proyecciones reales de la mesada, escenarios de pensión y eventuales devoluciones, permitiendo una comparación directa entre ambos regímenes. La intención es clara: evitar decisiones basadas en desinformación, promesas comerciales o cálculos imprecisos que, a largo plazo, puedan traducirse en una vejez sin ingresos suficientes.
La creciente preferencia por Colpensiones no es casual. Para muchos trabajadores, la entidad representa la seguridad de un sistema solidario respaldado por el Estado, con reglas claras y con la posibilidad real de acceder a una pensión mensual de por vida. En un país donde la informalidad laboral y las lagunas de cotización son frecuentes, el régimen público aparece como la alternativa que mejor responde a las condiciones reales del mercado de trabajo colombiano.
Todo esto ocurre mientras la Corte Constitucional evalúa si la reforma pensional logra corregir las profundas desigualdades del sistema. Entre los puntos que generan mayor expectativa se encuentra la reducción del número de semanas exigidas a las mujeres, una medida que busca reconocer las brechas históricas que han enfrentado en el acceso y permanencia en el empleo formal. Aunque el fallo aún no se conoce, lo cierto es que las reglas sobre el traslado y la fecha límite de 2026 permanecen intactas.
Por ello, expertos en seguridad social insisten en la urgencia de actuar con anticipación. Revisar la historia laboral, depurar semanas, confirmar edades y solicitar asesoría especializada puede marcar la diferencia entre acceder a una pensión digna o enfrentar la vejez con ingresos limitados. En un contexto regional donde los sistemas pensionales están bajo presión y las decisiones individuales pesan cada vez más, el plazo que se cierra en julio de 2026 se perfila como un punto de quiebre.
Para miles de colombianos, la decisión de trasladarse -especialmente hacia Colpensiones, vista hoy como la empresa estatal sólida que sí pensiona- no es solo un trámite administrativo. Es, en muchos casos, la última oportunidad de asegurar estabilidad económica en la etapa final de la vida. La cuenta regresiva ya empezó y el margen para decidir se reduce día a día.
carloscastaneda@prensamercosur.org
