La Asociación de Defensores Públicos sostuvo en un comunicado la inexistencia de impedimentos en cuanto a la participación de defensores públicos en actividades gremiales, según la propia ley orgánica de la Defensa Pública, como también en un dictamen del Consejo Consultivo de Ética también de la Defensa Pública.
Según el documento en cuestión la Ley N° 4423/11, Orgánica del Ministerio de la Defensa Pública, en su artículo 56, inciso 9, establece como falta disciplinaria la participación en actividades político-partidarias, «sin incluir expresamente aquellas de naturaleza gremial».
Sostiene igualmente que el Consejo Consultivo de Ética del Ministerio de la Defensa Pública, mediante Opinión Consultiva comunicada por Nota D.G. N° 228/2023, concluyó expresamente que «no existe impedimentos para participar en actividades gremiales», en relación con las elecciones de representantes ante el Consejo de la Magistratura.
Señala además que el encuentro mencionado se desarrolló fuera de los días y horarios laborales, sin interferir en el cumplimiento de las funciones propias del cargo, por lo que no se incurrió en transgresión a la Ley Orgánica ni al Código de Ética institucional.
Por ello, la ADEPPY expresa «su firme respaldo y solidaridad con los colegas aludidos y rechaza enérgicamente las publicaciones que, sin el debido sustento jurídico ni una interpretación adecuada de las disposiciones aplicables, contribuyen a desacreditar injustamente su imagen, honorabilidad y trayectoria profesional».
El defensor adjunto, Edgar Ríos y los defensores públicos Martín Muñoz, Carlos Arce y Leila Centurión participaron de un acto proselitista de Enrique Berni, quien busca su rekutu en el Consejo de la Magistratura. En su página, el candidato compartió imágenes de la actividad denominada “padronazo”, donde aparecen los integrantes del Ministerio de la Defensa Pública, cuya ley orgánica prohíbe actividades de este tipo, que se encuadran dentro de las faltas, independientemente, la reunión sea pública o privada. El defensor general, Javier Esquivel, previo dictamen del Tribunal Disciplinario, puede imponer sanciones y se espera que lo haga, ya que los defensores habrían atentado contra la imagen de la institución. Los jueces, fiscales y defensores públicos tienen que abstenerse de hacer o participar en campaña electoral.
La página del Movimiento Renovación Gremial, liderado por Berni, compartió imágenes de lo que denominó padronazo, donde se hizo énfasis en la participación y el acompañamiento a la lista en cuestión. Entre los participantes figuran el defensor adjunto Édgar Ríos Parquet, así como los defensores públicos Martín Muñoz, Carlos Arce y Leila Centurión, quienes posaron sonrientes para las instantáneas que luego fueron compartidas en redes sociales. Una vergüenza.

Según la Ley Orgánica del Ministerio de la Defensa Pública, la participación de defensores públicos en actividades proselitistas se encuadra dentro de las faltas, independientemente a que la actividad sea pública o privada.
Actividad gremial vs proselitismo
El juez electoral de Central, Modesto Núñez, hizo una distinción entre la actividad gremial y proselitismo, en este último punto puntualizó que toda actividad cuyo fin sea la promoción de un candidato a un cargo determinado a efectos de captar votantes se enmarca dentro del proselitismo.
Esto a diferencia de la actividad gremial que se rige normalmente por la ley que regula cada una de las asociaciones, y por tanto las leyes son aplicables a esas organizaciones
Pero sí puedo hablar de lo que implica una actividad dentro de una campaña electoral, se dividen en normalmente entre propaganda electoral que son publicaciones publicaciones que se realizan en la vía pública, en los medios masivos de comunicación para emitir mensajes que llaman a votar por un determinado candidato, un número de lista, una propuesta, etcétera.
“Por el otro lado están lo que se llaman las actividades proselitistas siempre dentro de la campaña electoral que significa esas actividades que técnicamente no son propaganda electoral pero que también de alguna manera forman parte de la campaña electoral y tienen también como objetivo en el fondo convencer al elector para votar en un sentido determinado.”
“Siempre que una actividad se enmarque dentro de la campaña electoral, significa que hay un proceso en desarrollo, que hay una candidatura oficializada, entonces se llaman actividades proselitistas, que son reuniones, visitas, caminatas, repartir volantes, hacer una fiesta, hacer una cena en elecciones nacionales y municipales es muy común hacer estas caminatas o hacer estos actos en concentraciones, todas estas son actividades proselitistas”, puntualizó Núñez en contacto con El Observador Radio TV.
https://observador.com.py/aso-de-defensores-publicos-defiende-proselitismo-de-miembros-alegando-inexistencia-de-impedimento/
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