Una iniciativa popular presentada este miércoles ante el Congreso Nacional busca modificar el artículo 135 del Código Penal paraguayo, referido al abuso sexual en niños, mediante el endurecimiento de las penas y la incorporación de nuevas figuras penales vinculadas al uso de tecnologías y a la difusión de materiales dirigidos a menores de edad.

La propuesta sostiene que el Estado debe garantizar la indemnidad sexual de niños y adolescentes, entendida como el derecho a crecer y desarrollar su personalidad sin sufrir interferencias que puedan perjudicar ese proceso. Para fundamentar su planteamiento, cita el artículo 54 de la Constitución Nacional, que establece la obligación de la familia, la sociedad y el Estado de garantizar el desarrollo armónico e integral de los niños, así como disposiciones del Código de la Niñez y la Adolescencia.
Sin embargo, el proyecto va más allá del endurecimiento de las sanciones contra los agresores sexuales. Propone incorporar una nueva figura penal que alcanzaría a quienes elaboren, distribuyan, comercialicen, promocionen, difundan o publiquen materiales, o realicen actos que puedan interferir, alterar o dañar la percepción de los niños acerca de la sexualidad, su ejercicio o su identidad biológica.
PENAS DE HASTA 20 AÑOS DE PRISIÓN
La iniciativa plantea una nueva redacción del artículo 135a del Código Penal, referido al abuso sexual en niños, con penas de cuatro a quince años de prisión para quienes realicen actos sexuales con menores de 14 años, los induzcan a realizarlos consigo mismos o con terceros, o ejecuten actos sexuales manifiestamente relevantes ante ellos y dirigidos a los mismos.
La sanción aumentaría a entre diez y quince años cuando exista maltrato físico, el abuso se cometa en diversas ocasiones o el autor sea el padre biológico o adoptivo, el padrastro, o una persona que tenga a su cargo la educación, tutela o guarda de la víctima.

Cuando concurran más de una de estas circunstancias agravantes, el texto propone penas de entre quince y veinte años de prisión.
Asimismo, establece que la pena no será inferior a quince años cuando el autor haya realizado el coito con la víctima. Si el niño tiene menos de diez años, la pena mínima propuesta asciende a veinte años de prisión.
ABUSO POR MEDIOS TECNOLÓGICOS
Otro de los cambios consiste en la incorporación del artículo 135b, denominado «Abuso por medios tecnológicos».
La disposición plantea castigar con hasta tres años de prisión a quienes, mediante comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones u otras tecnologías de transmisión de datos, soliciten o exijan a un niño que realice actos sexuales o que envíe imágenes propias con contenido sexual.
El proyecto también propone sancionar la tentativa de este delito.
UNA NUEVA FIGURA PENAL VINCULADA A MATERIALES Y CONTENIDOS
El punto más amplio y potencialmente controvertido de la propuesta está contenido en el artículo 135c, que crea la figura denominada «Abuso bajo otras formas».
El texto plantea penas de cuatro a diez años de prisión para quienes elaboren, distribuyan, comercialicen, promocionen, difundan o publiquen materiales impresos, digitales, visuales o audiovisuales, o realicen actos que puedan interferir, alterar o dañar la percepción natural de los niños acerca de la sexualidad, su ejercicio o su identidad biológica.

La propuesta contempla sanciones más elevadas cuando los hechos sean cometidos por funcionarios públicos o autoridades electas: de diez a quince años de prisión. Si estos funcionarios o autoridades hubieran autorizado o aprobado los materiales o actos cuestionados, la pena propuesta sería de quince a veinte años.
Esta disposición constituye uno de los aspectos centrales del proyecto, debido al alcance de las conductas que pretende abarcar y a la necesidad de precisar cómo se determinaría cuándo un material o una actividad produce el daño descrito. Su eventual aprobación exigiría un análisis jurídico sobre la definición de los hechos punibles, la precisión de las conductas prohibidas y su compatibilidad con los principios constitucionales que rigen el derecho penal.
LOS ARGUMENTOS DE LOS IMPULSORES
En la exposición de motivos, los promotores sostienen que la protección de la indemnidad infantil no se limita a prevenir agresiones físicas o sexuales, sino que también comprende el resguardo del proceso de formación de la personalidad durante la niñez.
Desde esa perspectiva, cuestionan las políticas educativas y los contenidos que, según su interpretación, se sustentan en enfoques de género, en la construcción social de la sexualidad o en la autopercepción de la identidad. El documento considera que la exposición de niños a esos enfoques puede afectar su desarrollo y llega a calificar esas prácticas como «abuso infantil institucionalizado».
Para respaldar esta postura, la exposición cita a la American College of Pediatricians (ACPeds), organización que, según el documento, ha advertido sobre lo que considera una forma institucionalizada de abuso de menores asociada a la difusión de determinados contenidos sobre género e identidad.
Estas afirmaciones forman parte de la fundamentación ideológica y jurídica de los impulsores y no constituyen, por sí mismas, una determinación judicial de que la enseñanza de contenidos sobre género o identidad equivalga a abuso sexual infantil.
EL DERECHO DE LOS PADRES A PARTICIPAR EN LA EDUCACIÓN
La iniciativa también invoca el artículo 14 del Código de la Niñez y la Adolescencia, que establece la participación activa de la sociedad y, especialmente, de los padres y familiares en los programas de salud y educación sexual integral dirigidos a niños y adolescentes.

El proyecto sostiene que la educación debe adecuarse al desarrollo, la cultura y los valores familiares, y considera que la aplicación de políticas educativas basadas en una perspectiva de género vulneraría tanto la protección del desarrollo integral de los menores como el derecho de los padres a intervenir en su formación.
¿QUÉ OCURRIRÁ CON LA PROPUESTA?
La presentación ante el Congreso constituye el inicio del trámite institucional de la iniciativa. Su eventual conversión en ley dependerá del procedimiento legislativo correspondiente, del análisis de las comisiones competentes y de las decisiones que adopten ambas cámaras.
Por su alcance, la propuesta abre un debate que combina la protección de niños frente al abuso sexual, el uso de tecnologías para solicitar actos o imágenes sexuales, la libertad de expresión, la seguridad jurídica y las competencias del Estado y de las familias en materia educativa.
El desafío legislativo será examinar si las conductas propuestas están definidas con suficiente precisión para prevenir abusos y proteger efectivamente a los menores, sin generar interpretaciones penales ambiguas o incompatibles con los derechos y garantías constitucionales.
La iniciativa plantea así dos objetivos de distinta naturaleza: reforzar las sanciones frente a conductas de abuso sexual infantil y crear una figura penal que extienda la protección a determinados materiales y actividades relacionados con la sexualidad y la identidad biológica.
https://rcc.com.py/nacionales/iniciativa-popular-propone-endurecer-penas-por-abuso-sexual-infantil-e-incorporar-nuevos-delitos-al-codigo-penal/
Este artículo fue publicado originalmente por rcc.com.py.
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