
El juez penal de garantías, Rodrigo Enmanuel Estigarribia Benítez, resolvió otorgar la libertad ambulatoria a Sirley Monserrath Zarza Ruiz, procesada en el marco de la causa caratulada «Alex Junior Silva Báez y otros sobre estafa mediante sistemas informáticos y otros». Con esta decisión, la imputada dejará de cumplir el arresto domiciliario con control de dispositivo electrónico que le había sido impuesto el pasado 16 de abril de 2026.
La resolución, dictada a través del Auto Interlocutorio N° 326 con fecha 14 de octubre de 2026, se dio tras una audiencia de revisión de medidas solicitada por el abogado defensor, Eduardo Aquino. Durante la diligencia, la defensa argumentó que Zarza Ruiz ya había compurgado la pena mínima de seis meses prevista para los hechos punibles que se le imputan, solicitando así la revocatoria de la prisión domiciliaria.
Por su parte, la fiscala Irma Llano, quien participó de manera telemática en representación del Ministerio Público, se allanó al pedido al confirmar que efectivamente se cumplió el plazo de la pena mínima. No obstante, la representante fiscal solicitó que, además de las fianzas ya existentes, los padres de la procesada ofrezcan una fianza personal adicional para asegurar su sometimiento al proceso.
Los fundamentos del Juzgado y las nuevas medidas
Al analizar el pedido, el magistrado concluyó que no existen circunstancias concretas que permitan sostener un peligro de obstrucción a la investigación ni peligro de fuga que justifiquen mantener una medida tan restrictiva como el arresto domiciliario con tobillera electrónica. El juez valoró el cumplimiento previo de las condiciones por parte de la procesada, su falta de antecedentes penales y el arraigo demostrado. Además, destacó la existencia de una caución real ofrecida por el padre de la joven, consistente en el embargo de un inmueble en Itapúa Poty hasta cubrir la suma de 500 millones de guaraníes.
Para garantizar que Sirley Monserrath Zarza siga sujeta al proceso penal, el juzgado dispuso sustituir el arresto por las siguientes medidas alternativas:
Comparecencia periódica: Deberá presentarse de forma trimestral, entre los días 1 y 5 del mes, ante el Juzgado de Paz de Encarnación, departamento de Itapúa, para firmar el libro correspondiente.
Prohibición de salir del país: No podrá abandonar el territorio nacional sin contar con una autorización previa del juzgado.
Fijación de domicilio: Tiene prohibido cambiar el domicilio denunciado en el expediente sin la autorización del magistrado.
Restricción de contacto: Se le impuso la prohibición de relacionarse y comunicarse con los demás coprocesados en la causa.
Finalmente, el juez convocó a la procesada para el próximo 16 de octubre a las 10:00 horas en la sede del Poder Judicial de Asunción, a los efectos de la aceptación formal de estas nuevas medidas, tras lo cual se procederá al retiro del dispositivo electrónico de control.
https://observador.com.py/otorgan-libertad-ambulatoria-a-procesada-en-el-caso-de-estafa-informatica-conocido-como-icaro/
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