
La Corte Suprema de Justicia de Colombia rechazó la acción constitucional presentada por Margareth Lizeth Chacón Zúñiga, condenada a 420 meses de privación de libertad en calidad de coautora del homicidio agravado del fiscal paraguayo Marcelo Pecci Albertini, manteniéndose firmes las decisiones judiciales dictadas en el proceso penal.
Según los antecedentes, el 12 de diciembre de 2025 la condenada promovió una Acción Constitucional de Tutela ante la Corte Suprema colombiana, alegando supuestas vulneraciones a sus derechos fundamentales y cuestionando las sentencias de primera y segunda instancia que confirmaron su responsabilidad penal, así como la decisión de la Sala de Casación Penal que inadmitió el recurso extraordinario de casación y la postura del Ministerio Público de no promover el mecanismo de insistencia.
Tras el estudio del planteamiento, la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia, resolvió negar el amparo solicitado.
En su resolución, la Corte reiteró que la acción de tutela contra providencias judiciales solo procede en casos excepcionales de arbitrariedad manifiesta o vulneración evidente de derechos fundamentales. Asimismo, concluyó que la inadmisión del recurso de casación respondió al incumplimiento de requisitos técnicos y formales exigidos para dicho medio extraordinario, sin verificarse afectación al debido proceso ni al derecho a la defensa.
Igualmente, el tribunal consideró que la decisión del Ministerio Público de no promover el mecanismo de insistencia se ajustó a la naturaleza excepcional y discrecional de ese instrumento, señalando que no constituye una tercera instancia ni habilita la reapertura del debate probatorio.
De esta manera, la máxima instancia judicial colombiana rechazó la pretensión constitucional y dejó firmes las resoluciones adoptadas dentro del proceso penal que derivó en la condena de Chacón Zúñiga por el homicidio agravado del fiscal Marcelo Pecci Albertini.
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