
Jorge Enrique Ibáñez Najar, Magistrado cuestionado
Una decisión judicial adoptada en Neiva ha encendido un intenso debate sobre los límites entre la protección del buen nombre y el derecho ciudadano a estar informado. La orden emitida por la jueza Catalina María Manrique Calderón, del Juzgado Primero Penal del Circuito de Neiva, obligó al medio independiente CasaMacondo a retirar de su página web y de sus redes sociales todas las publicaciones relacionadas con una investigación periodística sobre el magistrado de la Corte Constitucional Jorge Enrique Ibáñez Nájar. La medida, que también impone la publicación durante 30 días de una nota en la que se informe que el contenido fue eliminado por vulnerar derechos fundamentales, ha sido calificada por el periodista Juan Pablo Barrientos como un acto de censura directa.
Barrientos, autor de la investigación, sostiene que la decisión judicial no solo afecta el trabajo de su equipo, sino que envía un mensaje inquietante al periodismo independiente en Colombia. En declaraciones públicas, afirmó que acudirá ante la Corte Constitucional con una solicitud ciudadana de revisión para que el alto tribunal examine el alcance del fallo. Según explicó, la intención es que se fijen criterios claros que impidan que decisiones judiciales terminen restringiendo el debate público sobre asuntos de interés general, especialmente cuando involucran a altos funcionarios del Estado.
El caso tiene su origen en una entrevista concedida por el magistrado Ibáñez a CasaMacondo, publicada el 16 de agosto, en la que abordó un antiguo proceso judicial relacionado con el reconocimiento de paternidad de Jorge Enrique Ibáñez Robles en 2004. En esa conversación, el magistrado aseguró que apeló la decisión que lo declaró padre y sostuvo que las pruebas de ADN contenidas en el expediente -que posteriormente se reportó como extraviado en un juzgado de familia de Ibagué- serían falsas. También afirmó haber sido víctima de abuso sexual por parte de la madre de su hijo, Yolanda Inés Robles Ramírez, y sugirió que pudo haber sido puesto en estado de indefensión tras ingerir una bebida.
Esas declaraciones motivaron una acción de tutela presentada por Robles Ramírez y por su hijo, quienes alegaron vulneración a sus derechos al buen nombre y a la honra. El 11 de diciembre de 2025, el juzgado resolvió a su favor y ordenó al magistrado retractarse y ofrecer disculpas, al considerar que sus afirmaciones constituían señalamientos graves sin sustento probatorio. En su análisis, el despacho concluyó que las expresiones del entonces presidente de la Corte Constitucional no solo eran ofensivas, sino que afectaban de manera directa la reputación de la mujer.
El 19 de diciembre, Ibáñez emitió una rectificación pública. En ella precisó que no le constaba haber sido víctima de abuso sexual y que no contaba con elementos probatorios para sostener tal acusación. Añadió que nunca acudió a la justicia para promover una investigación en ese sentido y que tampoco tenía certeza de haber sido suministrado alguna sustancia que lo hubiera dejado en estado de indefensión. Subrayó, además, que no fue su intención afectar la honra ni la dignidad de Robles Ramírez.
Sin embargo, el litigio no terminó allí. En una decisión posterior, la jueza Manrique ordenó a CasaMacondo retirar la totalidad de las publicaciones relacionadas con el caso, al considerar que estas atentaban contra la intimidad, la honra y el buen nombre del magistrado y de la madre de su hijo. El fallo argumenta que el medio debía abstenerse de continuar difundiendo contenidos que reprodujeran o amplificaran las declaraciones cuestionadas.
Pese a que las declaraciones del entonces presidente de la Corte Constitucional fueron voluntarias, espontáneas y reiteradas —en el contexto de una entrevista periodística—, la jueza Catalina María Manrique Calderón decidió amparar los derechos del magistrado Jorge Enrique Ibáñez…
— CasaMacondo (@Casa_Macondo) February 19, 2026
La orden judicial fue acatada y el contenido fue eliminado tanto del portal como de las plataformas digitales del medio. No obstante, CasaMacondo dejó claro en un comunicado que el retiro obedece exclusivamente al cumplimiento del mandato judicial y no implica una rectificación sobre los hechos investigados. “El texto en cuestión queda oculto por orden poderosa, pero no los hechos que lo produjeron”, señaló el medio, insistiendo en la veracidad de su trabajo periodístico.
La Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP) rechazó públicamente la decisión, al considerar que constituye una restricción desproporcionada a la libertad de prensa, consagrada en el artículo 20 de la Constitución. La organización recordó que, tratándose de altos funcionarios del Estado, el umbral de escrutinio público es necesariamente más amplio y que el debate abierto sobre su conducta forma parte del núcleo esencial de una sociedad democrática. A su juicio, la sentencia no solo impacta a un medio específico, sino que puede sentar un precedente que debilite el periodismo investigativo.
Barrientos ha sido enfático en que la controversia trasciende su caso personal. Para él, el centro del debate está en determinar hasta dónde puede llegar una orden judicial cuando entra en tensión con el derecho colectivo a la información. “Seguiremos peleando para que el acceso a la información sea absolutamente libre en este país”, afirmó. La FLIP, por su parte, anunció que impulsará la revisión del fallo ante la Corte Constitucional con el propósito de que se establezcan estándares claros que eviten que decisiones similares limiten el debate público.
En el trasfondo del caso late una discusión estructural: el delicado equilibrio entre la protección de derechos individuales y la libertad de prensa cuando se trata de figuras con poder institucional. La desaparición de un expediente judicial, las versiones contrapuestas sobre lo ocurrido y la posterior rectificación del magistrado configuran un escenario complejo que combina asuntos privados con eventuales implicaciones públicas.
La Corte Constitucional tendrá ahora la palabra si decide revisar el expediente. Lo que está en juego no es solo la permanencia de una investigación en línea, sino el alcance del control judicial sobre el trabajo periodístico en Colombia. En un país donde el escrutinio sobre el poder ha sido históricamente una herramienta clave para fortalecer la democracia, el desenlace de este caso podría marcar un precedente decisivo sobre los límites -o las garantías- de la libertad de informar.
Hoy martes, a las 5:00 p.m, los periodistas @JPBarrientosH y @JoseAleCastano le responden a la jueza que ordenó mutilar una investigación sobre paternidad negada del presidente de la @CConstitucional. ¡Los esperamos!https://t.co/XkdSJIt0Gq
— CasaMacondo (@Casa_Macondo) February 10, 2026
