

El Ministerio de Educación Nacional confirmó los incrementos que aplicarán los colegios privados a partir de 2026 en matrículas, pensiones y cobros periódicos. La medida, oficializada mediante la Resolución 019805 del 30 de septiembre de 2025, establece que los aumentos oscilarán entre el 5,26% y el 9,1%, dependiendo de la clasificación de cada institución y de criterios relacionados con la calidad educativa, la permanencia de los estudiantes, la inclusión de niños con discapacidad y el reconocimiento salarial a los docentes.
La base de cálculo para estos incrementos será el Índice de Precios al Consumidor (IPC) interanual con corte a agosto de 2025, fijado en 5,10% por el DANE. Sobre ese porcentaje, cada colegio podrá aplicar ajustes adicionales si cumple con los factores definidos por el Ministerio.
Entre los criterios más relevantes está la autoevaluación institucional, que clasifica a los colegios en los regímenes regulado, vigilado o controlado; el índice de permanencia, que mide la continuidad de los estudiantes matriculados entre un año y otro; así como las tasas de aprobación de los grados cursados. El objetivo es incentivar la reducción de la deserción escolar y garantizar trayectorias educativas completas.
De igual forma, los colegios que atiendan estudiantes con discapacidad, registrados oficialmente en el sistema del Ministerio, podrán adicionar un 0,3% a su incremento. También, aquellos que mantengan esquemas salariales iguales o superiores a los establecidos en el Decreto Ley 2277 de 1979 tendrán la posibilidad de sumar hasta un 2,2% más.
Con este esquema, el aumento final que deberán asumir las familias dependerá del tipo de institución y de las condiciones que cada colegio logre acreditar. Para los padres representa un reto económico en medio de la coyuntura financiera actual, mientras que para las instituciones privadas supone la oportunidad de responder a mayores exigencias en materia de calidad, inclusión y reconocimiento al trabajo docente.
Así son los porcentajes que podrán aplicar los colegios para el incremento en 2026:
- Régimen de libertad regulada por certificación o acreditación de calidad.
| Clasificación por Acreditación de Calidad | IPC
agosto 2025 |
Educación inclusiva | Reconocimiento a la labor docente
(2277/79) |
Nivel índice de Permanencia | |
| 1,0% + | 5,10% | 0,3% | 2,2% | Alto | 0,5% |
| Medio | 0,33% | ||||
| Bajo | 0,16% | ||||
- Régimen de libertad regulada por aplicación del Manual de Autoevaluación.
| Libertad regulada por clasificación en
Autoevaluación |
IPC
agosto 2025 |
Educación Inclusiva | Reconocimiento a la labor docente
(2277/79) |
Nivel índice de Permanencia | |
| 0,83% + | 5,10% | 0,3% | 2,2% | Alto | 0,5% |
| Medio | 0,33% | ||||
| Bajo | 0,16% | ||||
- Régimen de Libertad Vigilada
| Libertad Vigilada por clasificación en
Autoevaluación |
IPC agosto 2025 | Educación Inclusiva | Reconocimiento a la labor docente
(2277/79) |
Nivel índice de Permanencia | |
| 0,66% + | 5,10% | 0,3% | 2,2% | Alto | 0,5% |
| Medio | 0,33% | ||||
| Bajo | 0,16% | ||||
- Régimen controlado.
| Régimen Controlado por Clasificación e
Autoevaluación |
IPC
agosto 2025 |
Educación Inclusiva | Reconocimiento a la labor docente
(2277/79) |
Nivel índice de Permanencia | |
| 0,0% + | 5,10% | 0,3% | 2,2% | Alto | 0,5% |
| Medio | 0,33% | ||||
| Bajo | 0,16% | ||||
El Ministerio recuerda que los colegios en régimen controlado deberán presentar planes de mejoramiento. También reitera que las instituciones educativas no pueden exigir marcas o proveedores específicos en materiales, útiles escolares y uniformes, y que las listas deben ser aprobadas por el Consejo Directivo y reportadas en la plataforma EVI.
Además, los descuentos voluntarios, los cobros de transporte, alimentación y alojamiento, deberán cumplir con lo establecido en la norma, sin suspender clases a los estudiantes, ni retirarlos por falta de pago.
Finalmente, las Secretarías de Educación de cada territorio deben expedir los actos administrativos con los incrementos autorizados antes del inicio de matrículas, con base en la autoevaluación que registren los colegios en la aplicación EVI.
Los padres de familia pueden reportar cualquier irregularidad en cobros o matrículas ante sus Secretarías de Educación o a través de los canales de atención del Ministerio: línea gratuita nacional 01-8000-910122, línea en Bogotá 2222800 y el correo atencionalciudadano@mineducacion.gov.co.
carloscastaneda@prensamercosur.org
