Tras nueve años del escándalo por el colapso del puente Independencia de Cochabamba, el caso fue resuelto a través de un mecanismo de “justicia restaurativa”. La obra colapsó a un mes de su entrega en 2015 y fue repuesta por la empresa constructora Álvarez. El alcalde de entonces, Edwin Castellanos, conocido como ‘Cholango’ enfrentó un proceso penal y en un juicio oral fue absuelto por la justicia en los dos delitos que lo inculpaban.
Castellanos, que estuvo al mando del Municipio de Cercado, Cochabamba entre 2010 y 2015, fue acusado y procesado, junto con otros exfuncionarios, por el exalcalde José María Leyes y el Ministerio Público, por incumplimiento de deberes y daño económico al Estado, esto debido al colapso del puente que queda ubicado en la Avenida 6 de Agosto de la capital cochabambina.
“Hemos probado, como defensa, que no ha habido daño económico propiamente dicho. Prueba de esto es que la propia alcaldía de Cochabamba, previo visto bueno de algunas carteras de Estado, la empresa constructora (Álvarez) y el supervisor (de la obra) se han acogido a la justicia restaurativa, es decir, están ejecutando nuevamente la obra, y en la primera semana de marzo la van a entregar, porque ya la han concluido, están con las últimas pruebas, y ello implica de que el daño económico como tal no ha existido”, informó a EL DEBER el abogado, Tom Prieto, defensa del exalcalde Castellanos.
El dato fue confirmado por el secretario de Infraestructura del Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba, Gustavo Navia, quien informó a este medio que la obra prácticamente ya fue concluida y que en los últimos días de febrero realizarán las pruebas técnicas necesarias para asegurar que dicho puente cuenta con todas las garantías para el uso de los transportistas.
“Este puente ha sido prácticamente repuesto. Pretendemos hacer los últimos ensayos de carga hasta fin de mes, liberarlo al tráfico y devolverlo a la ciudad para lo que fue concebido”, informó Navia a EL DEBER. El funcionario adelantó que no se realizará ningún acto de inauguración ni nada porque es una devolución al municipio y a la población cochabambina, por un proyecto que estuvo mal hecho.
Así, tras ocho años de pesquisas, el caso se llegó hasta un juicio oral que concluyó en los últimos días en el Juzgado Tercero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba. Esa entidad jurisdiccional emitió una sentencia absolutoria a favor de Castellanos y otros exfuncionarios del Municipio, por el proceso del denominado “puente caído”, un proyecto del paso a desnivel de la avenida 6 de Agosto e Independencia.
Este puente, que es el gemelo de otro que está ubicado en la avenida Panamericana, se construyó con una inversión de más de Bs 11 millones; fue inaugurado en diciembre de 2014 y 10 meses después, el 22 de octubre de 2015, la infraestructura colapsó. Este hecho le valió un proceso penal a Castellanos y la renuncia a sus aspiraciones de volver a postularse a la Alcaldía.
Incumplimiento de deberes
El abogado Prieto explicó que en el primer delito de incumplimiento de deberes se argumentó que se incumplieron los artículos 43 y 44 del decreto supremo 181, norma que establece las normas para el proceso de contratación de bienes y servicios en favor del Estado.
El artículo 43 dice que están impedidos para participar en los procesos de contratación, entre otros casos, (h) “los servidores públicos que ejercen funciones en la entidad convocante, así como las empresas controladas por éstos”.
Esto, en referencia al ingeniero Nelson Vega Aguirre, que primero fue contratado como consultor en línea por el Municipio para el diseño de estructuras mayores y posteriormente fue contratado como supervisor de la obra, es decir, del proyecto del puente.
La parte acusadora —el exalcalde Leyes y el Ministerio Público— argumentaban que existía conflicto de intereses, basados en el artículo 44 del DS 181 que dice que: “II. La persona natural o jurídica o sus filiales, contratada por la entidad convocante para proveer bienes, ejecutar obras o prestar servicios generales, no podrá prestar servicios de consultoría respecto a los mismos o a la inversa”.
“Empero esto no es cierto ni es correcto, porque de acuerdo a la Ley 1178 el órgano rector que regula las contrataciones es el Ministerio de Economía y Finanzas y ese ministerio a la consulta que se le hizo respecto a los artículos 43 y 44 en el caso concreto, determinó que no había conflicto de intereses. Por cuanto son dos procesos de contratación diferentes: uno como técnico de línea para todos los proyectos y otro solo el puente en específico”, explicó Prieto.
Desde el Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba se informó que el dictamen judicial a favor de Castellanos se funda en la valoración del dictamen de la Contraloría General del Estado, que realizó una auditoría al proyecto, los informes del Ministerio de Economía y Finanzas y los resultados de los estudios del Instituto de Investigaciones Forenses (IDIF).
No obstante, tras la decisión de la justicia de absolver del caso a los implicados, la fiscal departamental Nuria Gonzáles anunció que analizará el alcance de los argumentos de la sentencia absolutoria para luego presentar “una apelación restringida”.
Fuente de esta noticia: https://eldeber.com.bo/pais/escandalo-por-el-puente-caido-de-cochabamba-se-resuelve-tras-ocho-anos-y-exalcalde-cholango-fue-absu_356802
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