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Jue. Nov 21st, 2024
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Cada 22 de enero equívocamente algunos celebran la “Fundación del Estado Plurinacional de Bolivia” con suspensión de actividades públicas y privadas a nivel nacional.

Contextualizando se tiene que desde el inicio de su infausto ejercicio en el poder público el 22 de enero de 2006, el Evismo impuso mediante Decreto la fecha del “22 de enero” por la fuerza y contra la historia, para dizque “marcar el inicio del periodo de mandato constitucional”.

Pero la realidad histórica de los hechos es que el 22 de enero de 2002 es la fecha en la que el Congreso de la República tramitó motivadamente la “separación definitiva” del entonces diputado Evo Morales “(‘)por haber abusado de su inmunidad parlamentaria, por desobedecer una Sentencia Constitucional, para dirigir y promover acciones violentas que, a su vez desencadenaron delitos y crímenes contra la vida, la propiedad y otros derechos fundamentales, actos que a criterio de la Comisión se tipifican como una falta grave de acuerdo al art. 19-f) del Reglamento de Ética y el art. 20-a) del Reglamento General de la Cámara  (fs. 15-17)” (SC Nº 62/2002).

El Evismo ocultó este verdadero motivo luctuoso del 22.01 para impostarlo con venganza contra el glorioso y republicano 6 de agosto de 1825, ergo, el 22.01 es una fecha FALSA que patentiza el resentimiento, odio, venganza y encubrimiento de Evo Morales, en contra de la memoria histórica boliviana y debe ser abrogada de nuestro calendario.

Con carácter previo se debe precisar que en la Disposición Transitoria Primera par.I de la CPE de 2009 se dispuso la fecha del 6 de diciembre de 2009 para la celebración de elecciones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, Presidente y Vicepresidente de la República (para lo cual Evo Morales se “acortó” ilegalmente su mandato, por cierto), y así coincidiera con el 22 de enero del 2010 para que “se iniciara el cómputo” del “primer” periodo de mandato constitucional del -ficto- “Estado Plurinacional”. Es decir que el feriado del 22.01, además de ocultar el ignominioso hecho real que ya evidenciamos, también es inconstitucional según explicaremos a continuación. A saber:

NO hubo “refundación”, ya que el denominado “Estado Plurinacional” que celebraban erróneamente cada 22 de enero deviene de una vulgar reforma parcial de la Constitución (manchada con sangre sucrense de La Calancha), de las 19 que hubo a lo largo de la historia nacional.

La persona jurídica denominada Bolivia (ex ante “República Bolívar”) existió, en los hechos y ante el orbe desde el 06 de agosto de 1825 en virtud de su Acta o Declaración de Independencia. Y para el Derecho, Bolivia, existe con la promulgación de su primera Constitución del 19 noviembre de 1826 por voluntad de su único “Congreso Jeneral Constituyente de la República Boliviana” (sic), nombrado por el pueblo para formar la primera Constitución del Estado. Razón por la cual, en efecto, las 19 reformas constitucionales posteriores -incluida la del 2009-, sólo pueden concebirse como meras reformas parciales en cuanto a lo “cuantitativo”, sin haberse afectado a la “sustancia” o a la “calidad” de la persona jurídica Bolivia. De ahí que, por definición, el vocablo RE-forma significa: “volver a dar forma a la misma sustancia preexistente”, y por ello Bolivia jamás fue refundada.

Por otro lado, los periodos de mandato constitucional en Bolivia deben ser computados únicamente “de 6 de agosto a 6 de agosto” cada cinco años (Art. 168 CPE 2009) de acuerdo con el Art. 153.II de la CPE de 2009 que ordena: “Las sesiones ordinarias de la Asamblea Legislativa Plurinacional serán inauguradas el 6 de agosto de cada año.” Concordante con el Art. 155 de la CPE de 2009 que expresamente dispone -con carácter de orden público constitucional- que: “La Asamblea Legislativa Plurinacional inaugurará sus sesiones el 6 de agosto en la capital de Bolivia. (‘)” Y no cada 22 de enero como se hacía desde el 2006 hasta el 2019; y menos cada 08 de noviembre como inconstitucionalmente se impuso desde el 2020.

Fuente de esta noticia Diario El Deber Bolivia.


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