Hoy continuamos analizando los 5 Principios fundamentales de la Reforma Protestante. Cualquier iglesia que se considera heredera de la Reforma de Martín Lutero debiera guiarse por estos principios.
El segundo de ellos es: “Solamente la Gracia” (Sola Gratia).
La sola gratia nos libera del legalismo:
Cuando Lutero descubrió la justificación por la pura gracia de Dios, dijo que se le abrieron las puertas del paraíso, porque la sola gratia le liberó del terror ante un Dios iracundo y vengativo. La doctrina de la justificación por la gracia significó para Lutero su liberación del dominio de la ley y de las obras. Para él, personalmente, la revelación de “la gloriosa libertad de los hijos e hijas de Dios” (Rom. 8.21) fue la respuesta a su angustiosa búsqueda de paz y salvación. Significó liberación de las demandas de la ley. Ya que nuestra justificación es “por la gracia mediante la fe”, podemos confiar firmemente en la Palabra de Dios que nos asegura que el Señor nos ha aceptado. A la vez, para Lutero, la fe es muchísimo más que mero asentimiento teórico. “La fe es algo inquieto y activo”, decía Lutero; es “la fe que obra por el amor” (Gal. 5.6, cf. 6.9s).
Para Lutero, esta “libertad del evangelio” estaba por encima de toda autoridad y de todas las leyes humanas. El sistema papal le parecía una intolerable contradicción a esta libertad evangélica; el papa, escribió, había dejado “de ser un obispo, para convertirse en un dictador” (S. S. Wolin, Política y Perspectiva, p.158). Era imperativo restaurar “nuestra noble libertad cristiana”, pues “se debe permitir que cada persona escoja libremente…” (ibid, pp. 156,158).
Desde el tiempo de los fariseos, la mentalidad legalista, basada en la autosuficiencia de los méritos propios, siempre tiende a producir dos extremos: o el fariseo o el publicano. El fariseo está segurísimo de su propia justicia, con base en obras de moralismo externo, pero de hecho no es ni justo ni realmente libre. El publicano, en cambio, se desespera por su falta de mérito y su insuperable fracaso en lograr su propia vindicación. Pero ninguno de los dos puede hacer el bien libremente, puesto que la realizan sólo como medio para alcanzar su propia auto-justificación.
El mensaje evangélico rompe este círculo vicioso. Dios en su gracia divina recibe al injusto y lo justifica, “no por obras, sino para buenas obras” (Ef. 2:8-10). La gracia (járis) de Dios despierta nuestra gratitud, (eujaristía) y nos transforma en personas nuevas que buscamos hacer la voluntad de Aquel que nos ha redimido. De esa manera, la gracia de Dios nos libera tanto del legalismo y moralismo (heteronomía moralista) como del fideismo y de la “gracia barata” de una fe puramente formal y verbal. La gracia nos hace libres para hacer el bien, no para lograr una justificación propia ante Dios, sino para agradecer y glorificar a Aquel que nos justificó por fe.
Para reflexionar:
¿Están las iglesias protestantes predicando el mensaje de la gracia, o se aferran a métodos de “salvación por las obras?
¿Cómo se presenta en tu iglesia el mensaje de las leyes de Dios?
¿Toma tu iglesia el tema del diezmo como ley o como gracia?
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