El anexo ambiental que la Unión Europea ha enviado al Mercosur ha generado preocupaciones sobre cómo podría limitar el desarrollo de Paraguay. Según informes de fuentes de la mesa de negociación sudamericana, el documento en cuestión contiene cláusulas difíciles de cumplir y no ofrece soluciones para las controversias planteadas. Aunque el contenido exacto del anexo no ha sido hecho público, el periódico ABC y la periodista Sylvia Colombo de Folha de São Paulo han tenido acceso a él. Incluso el presidente brasileño, Lula da Silva, lo ha considerado “inaceptable”.
Las negociaciones para un Tratado de Libre Comercio (TLC) entre el Mercosur (Paraguay, Brasil, Uruguay y Argentina) y la Unión Europea han estado en curso durante los últimos veinte años. Después de superar diferencias políticas, económicas y otras asimetrías, en 2019 ambos bloques firmaron un acuerdo político para avanzar hacia la ratificación de este tratado, que abriría un mercado millonario para los países asociados en ambos lados del Atlántico. Sin embargo, las negociaciones se han estancado nuevamente debido al anexo enviado por los europeos en febrero de este año, que establece nuevas exigencias, especialmente en el ámbito medioambiental. Esto limitaría el desarrollo agroindustrial de Paraguay y complica la ratificación final del acuerdo.
Información filtrada sobre el contenido del anexo está siendo estudiada y analizada por los países del bloque sudamericano. El documento propone aumentar los estándares socioambientales en varios sectores para el Mercosur y destaca los vínculos históricos y los valores compartidos entre los países de ambos bloques.
El dosier filtrado, al cual tuvo acceso ABC en su versión en inglés, está siendo minuciosamente estudiado y analizado por los países del Mercosur. El documento aumenta los estándares socioambientales en varios campos para el Mercosur. Además, incluye un preámbulo que destaca los vínculos históricos y los valores compartidos entre los países de ambos bloques.
Este documento filtrado al que tuvo acceso ABC consta de nueve cláusulas, algunas de ellas son: “No regresión y niveles elevados y efectivos de protección medioambiental y laboral”, “cambio climático”, “diversidad biológica”, “bosques”, “derechos laborales”, “cooperación”, “Derechos humanos”, “sociedad civil” y “monitoreo y control”. La contrapropuesta del Mercosur está siendo analizada punto por punto, ya que cada uno de los artículos mencionados, incluyendo los relacionados con el Acuerdo de París, al cual Paraguay ya se había adherido previamente, deben ser minuciosamente evaluados.
El Acuerdo de París es un tratado internacional que tiene como objetivo reducir o limitar el calentamiento global a “mucho menos de 2, preferiblemente a 1.5 grados centígrados, en comparación con los niveles preindustriales”. A pesar de que no hay una fecha límite para la entrega de la respuesta por parte del bloque sudamericano, el presidente brasileño, Lula da Silva, anunció en julio que la contrapropuesta se entregaría en dos semanas, es decir, en agosto.
Entre las nuevas exigencias que figuran en el anexo enviado por la Unión Europea al Mercosur, se encuentra el compromiso de ambas partes de reforestar la región en un plazo de dos años, restaurando más de la mitad de los bosques o biodiversidad supuestamente dañados antes de 2020.
Aunque no se especifica cómo se llevará a cabo, se propone establecer un objetivo provisional de reducción de la deforestación en al menos un 50% de los niveles actuales para el año 2025. Además, se prevé la cooperación entre la Unión Europea y el Mercosur en acciones para garantizar que los productos consumidos por los ciudadanos de ambos bloques no contribuyan a la deforestación y degradación forestal.
Se han intentado realizar contactos con la oficina de comunicación de la Unión Europea en Paraguay para obtener comentarios sobre el anexo enviado al Mercosur, sin embargo, hasta el momento de cierre de esta edición, no se ha recibido respuesta a las preguntas enviadas por correo electrónico. Asimismo, estamos a la espera de una respuesta por parte de la oficina de comunicación de Relaciones Exteriores de Paraguay.
La situación actual plantea desafíos importantes para el avance del Tratado de Libre Comercio entre el Mercosur y la Unión Europea. Es crucial que ambas partes encuentren soluciones que equilibren las preocupaciones medioambientales y permitan el desarrollo sostenible de los países del Mercosur, especialmente Paraguay. Se espera que los países del bloque sudamericano puedan presentar una contrapropuesta que responda a las demandas de la Unión Europea sin poner en riesgo el crecimiento y la prosperidad de Paraguay. Es fundamental que se siga trabajando en la búsqueda de un acuerdo que beneficie a todas las partes involucradas y fomente el desarrollo económico y social en la región.
El artículo presentado expone las preocupaciones de diferentes fuentes gubernamentales sobre el anexo medio ambiental del acuerdo de asociación UE-Mercosur. Una fuente del Itamaraty, cancillería brasileña, destaca que el nuevo documento carece de mecanismos de solución de controversias y no otorga voz ni espacio para discutir las propuestas de la UE.
Un funcionario brasileño, por su parte, califica la carta como amenazante y desconfiada, y considera que el acuerdo debe basarse en la cooperación en lugar de la desconfianza. Desde Relaciones Exteriores de Paraguay, una fuente afirma que el documento es difícil de cumplir y contiene disposiciones que no competen ni contemplan al Mercosur ni a muchos Estados parte de la Unión Europea.
Dada la extensión del documento, solo se mencionarán algunas cláusulas y se resaltarán en negrita algunos puntos de discusión que podrían afectar a Paraguay. En el artículo 2.2 del capítulo de “Comercio y Desarrollo Sostenible en el Acuerdo de Asociación UE-Mercosur” (TSD), tanto la UE como Mercosur expresan su intención de mejorar sus leyes y políticas para garantizar altos y efectivos niveles de protección ambiental y laboral, en línea con el objetivo general de aplicar el acuerdo de manera que contribuya al desarrollo sostenible y evite una “carrera hacia abajo” en términos de protección ambiental y laboral.
El artículo 2.3 del Capítulo TSD establece el compromiso por parte de la UE y Mercosur de no reducir sus normas ambientales o laborales para atraer comercio o inversiones extranjeras. Además, en virtud de los artículos 2.4 y 2.5, acuerdan aplicar eficazmente su legislación nacional sin permitir excepciones que fomenten el comercio o la inversión. El desarrollo económico y social sostenible es uno de los principios fundamentales que respaldan la parte política y de cooperación del acuerdo.
El documento también establece el compromiso de ambas partes de intensificar la cooperación para fortalecer la implementación de los compromisos internacionales en materia de protección del medio ambiente y laboral. Aunque se debe permitir cierta flexibilidad razonable en las asignaciones presupuestarias entre diferentes prioridades políticas o de aplicación, tanto la UE como Mercosur entienden que la aplicación efectiva de las leyes ambientales y laborales requiere que los recursos asignados a los organismos responsables de la aplicación de dicha legislación en cada nivel de gobierno se mantengan en un nivel adecuado para poder aplicar, supervisar y hacer cumplir las leyes nacionales de manera efectiva.
En relación al cambio climático, la segunda cláusula establece la necesidad de comunicar y aplicar oportunamente Contribuciones Determinadas a Nivel Nacional (NDC) sucesivas y progresivas que reflejen la mayor ambición posible. Además, acuerda que no se reducirá el nivel de ambición de las NDC de cada parte, incluso en lo que respecta a los objetivos de deforestación existentes a la fecha del acuerdo político sobre el texto UE-Mercosur, el 28 de junio de 2019, y tal y como se reflejan en las leyes nacionales de cada parte.
En este punto también se establece la necesidad de aplicar medidas nacionales de mitigación, incluidas las leyes existentes en Paraguay, para alcanzar los objetivos establecidos en las NDC. Además, se enfatiza la importancia de participar, según corresponda, en los procesos de planificación de la adaptación y la implementación de medidas, de acuerdo con el artículo 7.9 del Acuerdo de París.
En la sección sobre “Cambio climático”, se establece la necesidad de presentar estrategias de desarrollo a largo plazo con bajas emisiones de gases de efecto invernadero, así como medidas legislativas, reglamentarias y políticas para garantizar que los flujos financieros sean coherentes con un desarrollo sostenible y resiliente al cambio climático.
No obstante, esta última medida ha generado discusión en cuanto a si el acuerdo podría interferir en los asuntos relacionados con la función legislativa de cada país. Se plantea la preocupación sobre cómo se implementarían las medidas propuestas y si podrían afectar la autonomía y soberanía de los Estados parte. Es importante tener en cuenta que el acuerdo busca promover la cooperación y el desarrollo sostenible, pero es fundamental encontrar un equilibrio que permita cumplir con los objetivos planteados sin imponer restricciones excesivas a los países involucrados.
En conclusión, el anexo medio ambiental del acuerdo de asociación UE-Mercosur ha generado varias preocupaciones entre las fuentes gubernamentales involucradas. Existen inquietudes sobre la falta de mecanismos de solución de controversias, la desconfianza reflejada en el tono de la carta y las disposiciones que podrían no ser aplicables o pertinentes para el Mercosur y algunos Estados parte de la UE. Es importante que se realicen discusiones constructivas y se busque un consenso que beneficie a todas las partes involucradas, garantizando la protección del medio ambiente, los derechos laborales y el desarrollo sostenible.
El reciente artículo publicado por ABC y la periodista Sylvia Colombo para Folha de São Paulo ha revelado información que genera preocupación y debate en relación al anexo medioambiental enviado por la Unión Europea al Mercosur para la ratificación del acuerdo comercial. Según la journalist Sylvia Colombo, dicho anexo contiene cláusulas que son consideradas de “difícil cumplimiento” y que no proponen una resolución efectiva de controversias. Esta revelación ha captado la atención de la mesa de negociación sudamericana, generando inquietud y siendo inclusive calificado como “inaceptable” por el presidente brasileño, Lula da Silva.
La preocupación que suscita este anexo medioambiental reside en las implicaciones que puede tener en términos de cumplimiento y en la falta de mecanismos de resolución de controversias. Al ser calificado como “inaceptable” por el presidente brasileño, se evidencia que existen discrepancias significativas en la propuesta presentada por la Unión Europea. Esto nos lleva a analizar las razones por las cuales estas cláusulas son consideradas de “difícil cumplimiento” y por qué se percibe que no se ofrecen soluciones para resolver posibles controversias.
Es importante tener en cuenta que cualquier acuerdo comercial de esta magnitud debe garantizar el cumplimiento de los compromisos medioambientales adquiridos por ambas partes. En este sentido, resulta fundamental que las medidas propuestas sean alcanzables y realistas, asegurando la protección del medio ambiente y fomentando prácticas sostenibles. Si las cláusulas planteadas no cumplen con estos requisitos, es comprensible que sean consideradas de “difícil cumplimiento”. Además, la falta de propuestas concretas para resolver controversias puede generar incertidumbre e ineficacia en la implementación efectiva de políticas medioambientales.
La enorme preocupación que esto ha generado en la mesa sudamericana de negociación subraya la importancia de encontrar un equilibrio entre los intereses económicos y medioambientales. Es esencial que cualquier acuerdo comercial tenga en cuenta los desafíos y necesidades particulares de cada región, así como las mejores prácticas internacionales en términos de protección del medio ambiente. Si bien es comprensible que haya discrepancias en las negociaciones, es fundamental buscar soluciones que garanticen un cumplimiento responsable de los compromisos medioambientales asumidos.
En este sentido, es esencial que tanto la Unión Europea como el Mercosur continúen dialogando y trabajando en conjunto para alcanzar un acuerdo que sea beneficioso para ambas partes y que garantice el cumplimiento de los compromisos medioambientales adquiridos. La falta de una resolución efectiva de controversias puede ser una barrera significativa en esta búsqueda y, por lo tanto, es fundamental encontrar mecanismos que promuevan una solución justa y equitativa en caso de disputas.
En conclusión, el anexo medioambiental enviado por la Unión Europea al Mercosur para la ratificación del acuerdo comercial ha generado preocupación debido a las cláusulas consideradas de “difícil cumplimiento” y la falta de propuestas para resolver controversias. Esta preocupación es entendible, ya que cualquier acuerdo de esta magnitud debe garantizar el cumplimiento de los compromisos medioambientales de manera realista y efectiva. Es fundamental que ambas partes continúen buscando soluciones y trabajando en conjunto para alcanzar un acuerdo que promueva la protección del medio ambiente y asegure un cumplimiento responsable de los compromisos adquiridos.
Bosques, deforestación y agroproducción
El punto cuatro del anexo medioambiental enviado por la Unión Europea al Mercosur es un tema de gran relevancia y genera inquietudes en la mesa de análisis. El motivo de preocupación radica en la falta de claridad en cuanto a los conceptos de “deforestación” y si esto incluye o no el cambio de uso del suelo para la producción agrícola. Esta ambigüedad plantea un tema sensible y de gran interés para Paraguay en términos de su desarrollo.
De acuerdo con el documento en estudio, el objetivo del acuerdo comercial entre la UE y el Mercosur es “combatir la tala ilegal y el comercio asociado, y promover el comercio de productos forestales procedentes de bosques gestionados de forma sostenible”. Es relevante recordar que este compromiso está alineado con el Acuerdo de París, que establece la adopción de medidas efectivas para conservar y aumentar los sumideros y depósitos de gases de efecto invernadero, incluyendo los bosques.
El artículo 29 del capítulo político y de cooperación del acuerdo también establece el compromiso de las partes para mejorar la cooperación y el diálogo político sobre la deforestación, la degradación y la restauración de los bosques, con el objetivo de fortalecer las políticas nacionales en este ámbito.
En el capítulo dedicado a los bosques, la UE hace referencia a la Declaración de los Líderes de Glasgow sobre los Bosques y el Uso de la Tierra, un tratado internacional del que todos los países de los bloques son signatarios. En esta declaración, se comprometen a aplicar políticas de comercio y desarrollo a nivel nacional e internacional que promuevan el desarrollo sostenible y la producción y consumo sostenibles de productos básicos, evitando así la deforestación y degradación del suelo.
El anexo medioambiental del acuerdo entre la UE y el Mercosur establece el compromiso de ambas partes de detener e invertir la pérdida de bosques y la degradación de la tierra para el año 2030, al mismo tiempo que se promueve una transformación rural integradora y se busca alcanzar un desarrollo sostenible.
Con este fin, se ha establecido un objetivo provisional de reducción de la deforestación de al menos el 50% de los niveles actuales para el año 2025. Además, se establece el compromiso de lograr avances significativos en la restauración de los bosques antes de 2025, maximizando así las contribuciones a la conservación de la biodiversidad, los objetivos relacionados con el cambio climático y otros beneficios adicionales.
Es importante destacar que el anexo medioambiental también reconoce el papel fundamental que desempeñan los bosques en la mitigación y adaptación al cambio climático, así como en la conservación y uso sostenible de la diversidad biológica.
En resumen, el punto cuatro del anexo medioambiental del acuerdo entre la UE y el Mercosur aborda el tema de los bosques y su conservación, promoviendo la lucha contra la deforestación y la degradación del suelo, y estableciendo compromisos concretos para detener e invertir esta pérdida. A pesar de las dudas y preocupaciones surgidas en la mesa de análisis por la falta de claridad en algunos conceptos, este acuerdo representa una oportunidad para Paraguay y para los países del Mercosur en términos de desarrollo sostenible y conservación del medio ambiente. Es necesario seguir debatiendo y aclarando los términos para lograr una implementación efectiva y beneficiosa para todas las partes involucradas.
El anexo medioambiental del acuerdo comercial entre la UE y el Mercosur es una importante herramienta que busca garantizar la protección del medio ambiente y promover la sostenibilidad en ambos bloques. En este anexo se establece la cooperación entre ambas partes para implementar medidas que eviten que los productos consumidos por los ciudadanos de la UE y Mercosur contribuyan a la deforestación y degradación forestal.
Una de las principales exigencias de este anexo es la eliminación de las fuentes de incendios forestales en las zonas forestales o cercanas a ellas. Esta medida busca reducir aún más los índices de deforestación y degradación de los bosques. Para lograrlo, se hace hincapié en la necesidad de mejorar la trazabilidad, transparencia y diligencia debida en las cadenas de suministro, lo cual se considera una prioridad durante la implementación del acuerdo. Para tal fin, se promoverán y apoyarán acciones tanto del sector privado como del público.
La cláusula tres (3) de este anexo establece el compromiso de aplicar de manera eficaz los acuerdos medioambientales multilaterales. Esto implica, entre otras cosas, la revisión, actualización, comunicación y aplicación oportuna de las Estrategias y Planes de Acción Nacionales sobre Diversidad Biológica (Epanb).
Además, se hace referencia a la comunicación de los objetivos nacionales, la aplicación y supervisión efectivas del Marco Mundial para la Diversidad Biológica de Kunming-Montreal (KMGBF), la movilización de recursos y la distribución de los beneficios del uso de la Información de Secuencia Digital sobre Recursos Genéticos, así como la integración de la conservación y la utilización sostenible de la biodiversidad.
Esta sección del anexo medioambiental también destaca el compromiso de las partes de reforzar la cooperación medioambiental, especialmente en el ámbito de la biodiversidad, con el objetivo de contribuir a la protección, conservación y uso sostenible de los recursos naturales. Asimismo, se establece la necesidad de aplicar criterios de conservación de manera transversal en el sistema financiero y desarrollo del país, aunque se requiere de un examen exhaustivo para clarificar la propuesta. Esta sección se basa en algunos artículos del Capítulo de Comercio y Desarrollo Sostenible en el Acuerdo de Asociación UE-Mercosur (TSD, por su sigla en inglés).
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