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El Gobierno propuso subir de 4.200 a 5.200 bolivianos el límite de la pensión solidaria de los trabajadores y para ello incrementará tanto el aporte patronal solidario de 3% al 3,5%, como los aportes de las personas que ganen más de 13.000 bolivianos. Este proyecto de “Modificación a la Ley de Pensiones” fue enviado por el propio presidente Luis Arce al presidente de la Asamblea Legislativa, David Choquehuanca, para su tratamiento.

“De la reunión sostenida en fecha 26 de abril de 2023, entre la máxima dirigencia de la Central Obrera Boliviana (COB) y el Gobierno nacional se acordó: (…) Incrementar el límite superior de la escala en la pensión solidaria de Bs 4.200 a 5.200; y para el sector minero metalúrgico de Bs 5.000 a 6.000; incrementar el aporte patronal solidario”, detalla la exposición de motivos del proyecto de ley.

Estas modificaciones, según el documento, buscan viabilizar un incremento a los límites solidarios y garantizar la sostenibilidad del Fondo Solidario. Es decir, que este incremento permitirá que los trabajadores que tengan 35 años de aportes y un promedio salarial de 7.430 bolivianos accedan a una pensión solidaria de vejez de 5.200 bolivianos. En caso de que sea minero y tenga un ingreso de 8.571 bolivianos, podrá alcanzar los 6.000 bolivianos.

Los límites solidarios son aquellas cifras máximas y mínimas para determinar el monto de la pensión solidaria de vejez que se pagará en función de sus aportes. Los límites máximos, ya mencionados, son para las personas con 35 años de aportes; en cambio, en el otro extremo, están aquellas que sólo hicieron aportes por 10 años y tendrán un límite de 720 bolivianos.

Si realizó aportes por 20 años el límite inferior llega a 1.230, mientras que el superior alcanza a 2.340 bolivianos; si llegó a los 30 años su base será de 1.660 y el techo de 3.900 bolivianos; y por 35 años lo más bajo es 1.800, mientras que lo más alto es de 5.200 bolivianos. La jubilación dependerá de los años que trabajó y el monto de sus salarios.

El proyecto de norma dispone que para alcanzar este objetivo el aporte patronal solidario deberá subir del 3% al 3,5%; el aporte solidario del empleador minero pase del 2% al 2,3%, y los aportes de los trabajadores con ingresos superiores a 13.000 bolivianos tendrán incrementos en base a sus ingresos.

Por ejemplo, los que ganan entre 13.000 y 25.000 bolivianos el porcentaje de incremento sube de 1% a 1,15%; quienes perciban entre 25.000 a 35.000 bolivianos se les incrementará de 5% a 5,74%; y finalmente quienes tengan ingresos por más de 35.000 bolivianos deberá subir su aporte de 10% a 11,48%.

El analista Alberto Bonadona aseguró que estas cifras se determinaron “sin un criterio mayor de análisis”, considerando que fue el resultado de una reunión entre el Gobierno y la COB. “Se debería ver cómo fue el comportamiento de este fondo, qué ocurre con este fondo y hasta qué punto efectivamente se pueden elevar estos montos pero de una forma progresiva. Es decir, en economía se habla de una tasa progresiva que quiere decir que a mayor ingreso, mayor pago, como en este caso el aporte al fondo nacional solidario”, explicó.

Por ejemplo, dijo que al menos se debería analizar las utilidades y lo que podría significar un aumento de la tasa, que sea progresiva y hasta qué punto. Además, consideró que si bien el incremento figura como “aporte patronal”, en los hechos éste se transfiere a los trabajadores. “Es un costo que la parte patronal no lo acepta fácilmente y va a intentar pasarlo a los costos y a la parte laboral. Creo que lo más oportuno es hacer un análisis sobre su afectación a la empresa”.

Al exdirector del Banco Central de Bolivia (BCB) Gabriel Espinoza le preocupa el incremento para el empleador. “El proyecto de ley es claro, ya que suben los aportes patronales (…) esto es preocupante por el momento en que vivimos porque en el mercado laboral hay un deterioro muy fuerte en la calidad del empleo. De hecho, tras la pandemia el flujo de recursos que solían cobrar las AFP cayeron; eso quiere decir que el empleo formal cayó fuertemente”, aseguró.

Incluso, aseguró que con sólo observar los datos de ingresos de las familias publicados por el Instituto Nacional de Estadística (INE), éste cayó cerca del 10% después de la pandemia y nunca se recuperó. “Por tanto, esto sugiere que hubo un deterioro en el mercado laboral, hubo una deformación muy grande y en ese entorno introducir mayores cargas al empleador formal lo único que va a generar probablemente es un mayor deterioro”, precisó.

Incluso, aseguró que este proyecto de ley es impulsado por una decisión política en torno a objetivos electorales. “Fue hecho para caer bien a la COB y al sector minero y arrancar la campaña. No tiene un trasfondo económico, porque el mercado laboral no está para soportar más incrementos”.

Jaime Dunn, experto en economía, aseguró que el Sistema Integral de Pensiones (SIP) tiene un gran componente del fondo de capitalización individual. Por supuesto, con el aspecto solidario se volvió a un sistema mixto: el primero de capitalización individual y el segundo solidario para las personas que hicieron aportes al anterior sistema de reparto.

El sistema de capitalización individual, donde cada trabajador aporta para su jubilación, necesita inversiones con altos rendimientos en el futuro. Una situación bastante compleja en el país considerando que las AFP -y ahora la Gestora- no lo pueden hacer. En cambio, para Dunn al Fondo Solidario “no le importa dónde se invierte, sino quién pone la plata”. Es decir, que necesitan de trabajadores activos que puedan aportar a quienes necesitan ingresos por su jubilación.

“Ahora estamos en un modelo mixto, pero se debe hacer un cambio al sistema de pensiones porque eso de que unos deban poner para otros siempre va a estar con muchas consecuencias. Primero, no se puede hacer de forma infinita y, segundo, que el participar del sistema financiero y de pensiones de manera formal sea cada vez más oneroso”, explicó.

Dunn dijo que los incrementos patronales al final llegan a atentar contra el propio trabajador independiente por los altos aportes a dar. “Con esto se genera, al final de cuentas, un impuesto. No hay aporte solidario, sino uno obligatorio y eso es fundamental entender. Un trabajador está obligado a dar este procentaje”.

Proyecto de ley

Beneficiarios A diciembre del 2022 existe un total de 207.639 jubilados en el Sistema Integrado de Pensiones, de los cuales 143.892 reciben una pensión solidaria de vejez, lo que representa el 69% del total de jubilados. Según el cuadro estadístico adjunto al proyecto de ley, 48.954 (24%) acceden a su pensión de vejez y 14.793 (7%) tienen una compensación de cotizaciones mensuales.

Propuesta El analista económico Jaime Dunn dijo que para obtener una mayor rentabilidad en las pensiones deberían permitir realizar inversiones en el extranjero. Esta posibilidad está limitada en la actual ley.

Analistas advierten privilegio en los límites de edad

El proyecto de ley que busca modificar la Ley de Pensiones estableció que la jubilación de los trabajadores debe ser a los 65 años, para dar más espacios de trabajo a los jóvenes. En caso de que quiera continuar, deberá someterse a un examen físico y mental. Sin embargo, esta medida no alcanza a las autoridades electas, designadas o de libre nombramiento.

En la exposición de motivos, el proyecto de ley establece “un límite” de edad “máximo” para acceder a la jubilación de 65 años. “Se evidenciaron casos donde el resultado de la continuidad laboral de trabajadores mayores de 65 años repercute en la calidad de servicio que presta. Con el propósito de preservar la salud, bienestar y coadyuvar el ejercicio del derecho a una vejez digna de los asegurados dependientes de 65 años o más se ve por conveniente que éstos al cumplimiento de requisitos previstos en la Ley 065 accederán a una pensión que brinda el Sistema Integral de Pensiones”.

Además, agrega que la implementación de esta norma abre la posibilidad a “nuevas fuentes laborales” para las nuevas generaciones y reducir el desempleo. La disposición adicional única establece que las personas mayores de 65 años deberán realizar una “solicitud expresa” para continuar trabajando. “Podrán someterse a un examen médico de aptitud física y mental a cargo del Instituto Nacional de Seguridad Ocupacional, el cual evaluará el estado de salud del trabajador”. Sin embargo, están exentas “las autoridades electas, designadas o de libre nombramiento”.

Para el economista Jaime Dunn un tema de fondo es la edad de jubilación considerada una de las más bajas de toda Latinoamérica. “En el análisis dicen que los trabajadores de más de 65 años su tarea ya no es de calidad y repercute en su desempeño. Si es así, los que son electos y de libre nombramiento deberían jubilarse lo antes posible; ahí se ve una contradicción. Otra vez se nota que quienes gobiernan tienen la posibilidad de tener preferencias que no cuenta el resto de la sociedad”.

Para el experto, “está claro” que muchas de las personas necesitan trabajar más para tener un mayor monto de jubilación y lo que hace esta norma es lo contrario.

El exdirector del Banco Central de Bolivia (BCB) Gabriel Espinoza dijo que esta medida intentó ser introducida en el Presupuesto General del Estado de 2021 “apenas entró Luis Arce a la presidencia” y se la aplicó en parte del sector público.

“Se produjo una serie de retiros y tiene que ver con una medida compensatoria. Se incrementa el gasto de jubilación, pero al mismo tiempo tratan de deshacerse los trabajadores de mayor edad y abre mayores espacios laborales al sector público, mayor facilidad de contratación en un periodo preelectoral”, afirmó. Pero cuando esta limitación no aplica a las autoridades, “tiene que ver con la primacía del criterio político sobre el técnico. Además es usual que las autoridades designadas no tengan estas restricciones”.

Página Siete

 


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