Imagen AFP . @Infopresidencia
El presidente Gustavo Petro ha firmado el decreto 929 de 2023 con el objetivo de propiciar una reducción en las tarifas de electricidad que pagan los usuarios en Colombia, colocando así a los usuarios “en el centro” de la regulación, según el Ministerio de Minas y Energía.
Sin embargo, este decreto ha sido objeto de críticas por parte de varios gremios del sector, quienes consideran que representa una extralimitación, ya que tradicionalmente la regulación de tarifas ha sido competencia de la Creg (Comisión de Regulación de Energía y Gas). Algunos incluso han expresado su preocupación de que este decreto pueda socavar la confianza en el sector y desalentar nuevas inversiones.
“Estamos avanzando en la segunda fase del Pacto por la Justicia Tarifaria, con el objetivo de orientar la regulación y promover una competencia efectiva en los segmentos de mercado donde sea posible. Estos lineamientos nos permitirán aumentar la eficiencia del sistema eléctrico, de manera que se traduzca en precios justos para los usuarios”, afirmó Irene Vélez Torres, ministra de Minas y Energía.
¿Qué establece el decreto sobre las tarifas de electricidad?
En primer lugar, el decreto instruye a la Creg a adoptar regulaciones que incluyan, entre otras cosas, un seguimiento mucho más estricto de los vertimientos de agua por parte de las hidroeléctricas. Esta medida se tomó después de un análisis realizado por la Superintendencia de Servicios Públicos, que reveló que las hidroeléctricas no estaban fijando sus ofertas en la bolsa de energía teniendo en cuenta los pronósticos climáticos o el nivel de sus embalses.
Además, el decreto busca que los operadores de red instalen techos solares en barrios con problemas de recaudo en tarifas, con el fin de reducir el cobro por pérdidas en el sistema. Por otro lado, aquellos que instalen soluciones no convencionales en sus viviendas no tendrán que pagar el llamado “cobro de energía reactiva” que se aplica en la actualidad.
El Gobierno también solicita a la Creg que flexibilice el cobro de garantías en el mercado mayorista de energía y establezca mecanismos para que “los usuarios y los agregadores de demanda puedan ofrecer reducciones, desconexiones de demanda u otros esquemas de participación en el Mercado de Energía Mayorista”.
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