El fin de semana, el confinamiento será desde el viernes a las 8 de la noche hasta el lunes a las 5 de la mañana.
Ciudadanos de 16 provincias de Ecuador vivirán nuevamente un confinamiento este fin de semana.
Comienza la noche de este viernes 30 de abril, a las 20:00 (8pm) y terminará la mañana del lunes 3 de mayo a las 05:00.
El presidente Lenín Moreno emitió el decreto N° 1291, con el que se estableció un nuevo estado de excepción en 16 provincias del país desde el 23 de abril al 20 de mayo; eso implica un toque de queda cada noche desde las 20:00 a las 05:00. Además, el confinamiento total durante los fines de semana que restringe la movilidad vehicular y peatonal todo el sábado y todo el domingo.
Por lo tanto, permanecen cerrados a la actividad presencial los centros comerciales, supermercados, bazares, mercados. Seguirán trabajando los sectores estratégicos y servicios de delivery a domicilio.
El decreto se acogió a la recomendación del Comité de Operaciones de Emergencia (COE) nacional, debido a la situación y los contagios por el COVID-19.
- Transportación pública de fin de semana
- Los fines de semana se atenderá la “ruta de la salud” hasta las 23:59, recorridos de líneas de buses (con unidades reducidas en circulación) para ofrecer servicio de transporte de personal a clínicas y hospitales.
- El servicio de transporte comercial: taxis y expresos institucionales, atenderá a sectores estratégicos sin restricción, portando la documentación de justificación.
- No funciona el transporte interprovincial.
- Metrovía
- Sábados, domingos y feriados, de 06:00 a 20:00, para atender a los sectores autorizados en el decreto presidencial.
- Aerovía
- Sábados y domingos de 06:00 a 19:00 por lapsos de 20 minutos al inicio de cada hora (06:20, 07:20, 08:20, etc.)
- Sin embargo, a pesar de que exista un toque de queda, hay ciertas excepciones a la restricción.
Excepciones para movilización
Se exceptúan de esta restricción a las siguientes personas y actividades que debido a su trabajo deben movilizarse en horarios de toque de queda:
- Servicios de salud de la red pública integral y de la red privada complementaria.
- Seguridad pública, privada, servicios de emergencias y agencias de control.
- Sectores estratégicos.
- Servicios de emergencia vial.
- Sector exportador y toda su cadena logística.
- Prestación de servicios básicos, como agua potable, electricidad, recolección de basura, entre otros.
- Provisión de alimentos y bebidas, incluidos transporte y comercialización.
- Provisión de medicinas, insumos médicos y sanitarios, incluidos su transporte y comercialización.
- Industrias y comercios relacionados al cuidado y crianza de animales.
- Trabajadores de los medios de comunicación.
- Plataformas, servicios de delivery y sus empleados acreditados.
- Servicio diplomático, consular y organismos internacionales acreditados en el país.
- Personas particulares en caso de emergencia debidamente justificada.
- Actividades relacionadas al sector financiero-bancario.
- Funcionarios del Consejo Nacional Electoral y Tribunal Contencioso Electoral.
- Abogados.
- Funcionarios de la Corte Constitucional.
- Servidores públicos de la Función Judicial.
- Funcionarios de la Defensoría del Pueblo, Procuraduría General del Estado, Asamblea Nacional y Contraloría
- General del Estado.
- Personas responsables o a cargo de la distribución y entrega de alimentación escolar.
- Personas que deban movilizarse a puertos, aeropuertos o pasos fronterizos. En aquellos casos, los documentos
- habilitantes serán los pasajes del titular o tiques de embarque.
- Personas que tienen agendadas sus citas conforme al plan de vacunación, debidamente comprobado con el
- turno asignado o que estén en la fase 1 de vacunación, incluidos aquellos que tengan a cargo su cuidado y
- traslado para este fin.
- Personas con citas médicas u odontológicas agendadas.
- Demás sujetos y vehículos que determine el Comité de Operaciones de Emergencia nacional.
Qué documentos son necesarios para circular en estado de excepción
- Credencial profesional o institucional
- RUC, RISE o Guía de remisión
- Pasajes del titular o tickets de embarque para viajes en avión
- Turno para vacunación
- Cita médica verificable.
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