Los abogados Julio Federico Godoy Ayala, Aldo Andrés Gabilán León, Diego María Troche Robbiani y el productor brasileño Leandro Aparecido Pereira de Camargo enfrentan una persecución judicial que expone las grietas más profundas del sistema de justicia paraguayo. Imputados injustamente en un caso edificado sobre falsedades y ocultamiento deliberado de información, estos profesionales están siendo víctimas de un montaje donde la justicia y el Ministerio Público son utilizados como garrote por sectores poderosos, sin medir las consecuencias. La causa n° 16.451/2025, radicada ante el juzgado penal de garantías, revela un patrón inquietante: no se descarta que todo haya sido amañado desde el origen. La falta de transparencia es evidente, las garantías procesales para los acusados son inexistentes, y el manejo del expediente es tan vidrioso que los propios profesionales perseguidos denunciaron estar siendo objeto de presiones, extorsiones y amenazas de prisión preventiva arbitraria como mecanismo de intimidación.

Pese a este panorama adverso, los abogados perseguidos buscan respuestas de esta justicia y mantienen plena confianza en que, tarde o temprano, se dictará justicia. Como parte de su defensa, han dado un paso audaz: presentar una denuncia penal formal contra el agente fiscal Osvaldo Zaracho Romero, titular de la unidad penal n° 10 de Ciudad del Este, a quien acusan de ser el instrumento de esta persecución.
La documentación judicial incorporada al expediente demuestra que la denuncia penal que derivó en la imputación de los cuatro profesionales se habría sustentado en información falsa y deliberadamente ocultada por el abogado Christian Ricardo Aguayo Schmidt, quien se presentó ante la Fiscalía como supuesto administrador judicial sin contar con facultades vigentes para ello.
Aguayo promovió la acción penal invocando una representación inexistente, ocultando resoluciones judiciales firmes que revocaron, suspendieron y finalmente extinguieron su condición de administrador judicial de las firmas Paragrícola S.A., Laguna S.A., Principado S.A. y Americana Agropecuaria S.A.
La estrategia fue simple pero efectiva: Aguayo fundó su denuncia exclusivamente en el auto interlocutorio n° 08 del 8 de febrero de 2024, dictado por el juzgado de primera instancia de Katueté, silenciando deliberadamente la existencia de resoluciones posteriores que demolían la base jurídica de su actuación.
Los documentos que mantuvo en las sombras son contundentes:
– El auto interlocutorio n° 54 del 10 de abril de 2024, del juzgado de primera instancia en lo civil y comercial de Salto del Guairá, dejó sin efecto su administración judicial.
– El auto interlocutorio n° 01 del 20 de enero de 2025, del juzgado de San Estanislao, dispuso la suspensión provisional de todos los efectos de la resolución que Aguayo usaba como sustento de su acusación.
– El auto interlocutorio n° 109 del 11 de septiembre de 2025, del juzgado de primera instancia de Katueté, designó como nuevo administrador judicial a Jessiel Camargo, confirmando definitivamente que Aguayo carecía por completo de representación legal.
Lo más revelador: el propio Aguayo recurrió estas decisiones adversas, lo que constituye una confesión tácita de que conocía perfectamente que sus facultades habían sido revocadas. Sin embargo, decidió avanzar con la denuncia penal ocultando esta información crítica al Ministerio Público.
FISCAL ACEPTA DENUNCIA FALSA
Aquí emerge el rol del agente fiscal Osvaldo Zaracho Romero, quien habría formulado el acta de imputación n° 119 del 22 de diciembre de 2025 sin verificar adecuadamente la legitimación del denunciante y aceptando acríticamente la versión de Aguayo.
Las empresas Americana Agropecuaria S.A., Paragrícola S.A., Laguna S.A. y Principado Agropecuaria S.A. presentaron una denuncia penal formal contra Zaracho ante la unidad especializada de delitos económicos y anticorrupción, imputándole los delitos de persecución de inocentes (art. 310 del Código Penal), tráfico de influencias (Ley 2.523/04) y prevaricato (art. 305 del Código Penal), todos en grado de autor.
La denuncia, presentada por el abogado Luis A. Torales Escobar, sostiene que el fiscal basó su imputación en la supuesta existencia de un «contrato apócrifo», sin que exista resolución judicial alguna que haya declarado la falsedad de dicho documento. El fiscal habría usurpado funciones jurisdiccionales al calificar unilateralmente un documento como falso, cuando esta determinación debe realizarse exclusivamente mediante un juicio civil de nulidad o redargución de falsedad.
«El fiscal no puede decidir unilateralmente si un documento es apócrifo. Esto debe determinarse mediante procedimiento judicial», señala contundentemente la denuncia. El fiscal utilizó como fundamento el auto interlocutorio n° 989 del 14 de octubre de 2025, pero esa resolución jamás declaró la falsedad del documento, limitándose a ordenar una medida precautoria.
Las irregularidades no terminan allí. Uno de los cuestionamientos más demoledores apunta a la falta de competencia territorial del fiscal Zaracho y del juzgado de Ciudad del Este para intervenir en el caso. Según la denuncia, el contrato cuestionado fue suscrito en la ciudad de Asunción, por lo que la competencia correspondería exclusivamente a la jurisdicción de la capital.
«El lugar de la presunta producción del documento debe determinar la competencia. Existe una clara falta de territorialidad que invalida todo el proceso impulsado desde Ciudad del Este», argumenta la defensa. Esta irregularidad vicia de nulidad absoluta todo lo actuado.
Un elemento que refuerza la tesis del montaje es que el propio Christian Ricardo Aguayo Schmidt se encuentra actualmente imputado en la causa 40/2025 por invasión de inmueble ajeno y coacción ante la Fiscalía de Katueté, en hechos vinculados precisamente a las mismas empresas.
La defensa sostiene que un fiscal diligente habría detectado inmediatamente la falta de legitimación del denunciante y su historial de conflictos judiciales. La omisión de este control básico sugiere una actuación dolosa o, al menos, gravemente negligente que raya en el prevaricato.
Los cuatro profesionales perseguidos incorporaron al expediente una denuncia de extrema gravedad que revela cómo funciona el aparato de persecución: estarían siendo objeto de presiones y extorsiones por parte de operadores del sistema judicial, quienes les habrían advertido que, en caso de presentarse ante la justicia, serían automáticamente enviados a prisión preventiva por pedido directo del poder político de turno.
Esta revelación expone un patrón de instrumentalización del sistema penal donde los poderosos utilizan la justicia como garrote. Los afectados manifestaron que este clima de intimidación explica el temor fundado que retrasó su comparecencia inmediata, ya que la prisión preventiva estaría siendo utilizada como herramienta de coerción y castigo anticipado, completamente al margen de los elementos objetivos del expediente.
Pese al panorama adverso, a la falta de transparencia, a un proceso que luce amañado desde el origen, y a la ausencia de garantías reales, los cuatro profesionales injustamente imputados se pusieron formalmente a disposición del Juzgado Penal de Garantías. Solicitaron el levantamiento del estado de rebeldía y la eximición de toda medida cautelar, argumentando que no existe hecho punible alguno y que la causa fue edificada sobre una denuncia falsa sostenida mediante ocultamiento deliberado de resoluciones judiciales.
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Fuente de esta noticia: https://www.laclave.com.py/2026/01/29/abogados-perseguidos-exponen-montaje-judicial-y-uso-de-la-justicia-como-garrote/
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