LA REBELIÓN DE LAS RATAS

El 29 de Diciembre pasado, en pleno uso de sus facultades constitucionales y movido por la necesidad de garantizar la financiación de importantes programas sociales y otras iniciativas redistributivas del estado colombiano, el señor presidente de la república, Gustavo Petro Urrego, expidió el decreto 1474 de 2025 “Por el cual se adoptan medidas tributarias destinadas a atender los gastos del Presupuesto General de la Nación necesarios para hacer frente al Estado de Emergencia declarado por el Decreto 1390 de 2025”
En el decreto 1390 del 22 de diciembre de 2025, tal como se expuso arriba y luego de una minuciosa justificación y exposición del soporte legal, jurisprudencial y constitucional de la medida, se declaró la emergencia económica haciendo mención entre otros a la sentencia C-383 de 2023 en la que se alude a la necesidad de “prevenir la agudización de problemas estructurales que puede desencadenar perturbaciones de orden económico y social que satisfacen le presupuesto fáctico que habilita la declaratoria del estado de emergencia”
Previo a esta trascendental decisión el gobierno había puesto en consideración la ley de financiamiento con la que se buscaba solventar el déficit en el presupuesto nacional para el año 2026 y se buscaba recaudar una suma de 16,3 billones de pesos destinados a la financiación de programas sociales generando contribuciones progresivas y no regresivas que afectaban a los grandes capitales del país, propuesta que había sido bloqueada por las comisiones económicas del congreso que previamente habían aprobado un presupuesto deficitario con el argumento falaz de evitar la imposición de más impuestos que afectarían, según ellos, a las masas populares.
En el decreto 1474 al que aludimos arriba se establecen varias medidas destinadas a garantizar el recaudo de los recursos faltantes, tales como:
- Impuesto sobre las ventas a la tarifa del 19% los bienes sujetos al impuesto al consume de licores, vinos, aperitives y similares de que trata el artículo 202 de la Ley 223 de 1995 y los que se encuentren sujetos al pago de la participación que aplique en los departamentos que ejerzan el monopolio de licores destilados.
- Impuesto sobre las ventas (IVA)del 19% en los juegos de suerte y azar operados exclusivamente por internet en el territorio nacional o desde el exterior.
- Exclusión del IVA por concepto de tráfico postal, envíos urgentes o envíos de entrega rápida aplicable durante el año 2026 únicamente respecto a la importación de bienes cuyo valor no exceda de cincuenta dólares de los Estados Unidos de América
- Impuesto al patrimonio por la posesión del mismo al primero (1) de enero de 2026, cuyo valor sea igual o superior a cuarenta mil (40.000) UVT con una tarifa que progresivamente aumentará desde 0.5% para valores patrimoniales entre 40 mil y 70 mil UVT y 5% para patrimonios mayores de 2 millones de UVT.
- Puntos adicionales en la tarifa del impuesto sobre la renta para el sector financiero.
- IVA del 19% para algunos bienes definidos en el estatuto tributario y que constituyen elementos de lujo.
- Impuesto especial para la estabilidad fiscal 2026, un impuesto temporal que grava la extracción en el territorio nacional de hidrocarburos y carbón.
- Durante 2026 La contraprestación económica a título de regalía de que tratan los artículos 360 y 361 de la Constitución Política no constituye costo o deducción para los contribuyentes obligados a ella.
- Aumento de las Tarifas del Impuesto al consumo de licores, vinos, aperitives y similares.
- Para el año gravable 2026, son sujetos pasivos o responsables del impuesto al consumo de cigarrillos y tabaco elaborado, derivados, sucedáneos o imitadores los productores, los importadores y solidariamente con ellos los distribuidores. Se establecen unas nuevas tarifas para ese impuesto.
- Reducción transitoria de sanciones e intereses moratorios para los sujetos de obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias administrados por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN siempre y cuando se cumplan algunos requisitos como el pago del 100% de las obligaciones pendientes.
- Reducción transitoria de sanciones e intereses moratorios por omisión o corrección de declaraciones tributarias, aduaneras, cambiarias y obligaciones formales previo el cumplimiento de algunos nuevos requisitos, entre otras medidas.
Conocidos los alcances de este último decreto el pasado 15 de Enero se difundió un comunicado de la Federación Nacional de Departamentos en el cual los firmantes manifestaban su preocupación por el impacto de las normas referentes a las regalías y los impuestos a las apuestas, licores y tabaco, afirmando que dichas modificaciones podrían afectar el presupuesto de las entidades territoriales, por lo que anunciaban medidas tendientes a conseguir pronunciamientos jurídicos que invalidaran lo establecido en el decreto 1474 de 2025.
Según los mandatarios regionales firmantes del comunicado existiría “un riesgo cierto para la sostenibilidad financiera de las administraciones departamentales y su capacidad de garantizar servicios esenciales como salud, educación y deporte”.
En contraste se conoció una declaración de la directora del Instituto Nacional de Cancerología en apoyo al aumento de los impuestos al consumo de tabaco y alcohol, asegurando que tales medidas podrían también redundar en la disminución de las patologías que el consumo de esas sustancias genera.
Agregan en su comunicado que “la nueva carga impositiva pone en riesgo la estabilidad financiera de las entidades territoriales, especialmente por el aumento del Impuesto al Consumo y el incremento del IVA del 5% al 19%.” Al mismo tiempo generan una comisión para gestionar ante la Corte constitucional una excepción de constitucionalidad que anule los efectos del citado decreto
Se quejan durante una rueda de prensa de que las medidas erosionan su autoridad y deslegitiman su mandato, solicitaron la convocatoria de consejos regionales de seguridad por el aumento de la violencia en el país y 17 de ellos manifestaron que no se acogerían a los términos del decreto en cuestión.
Por su parte algunos congresistas afines con el gobierno como el representante Alejandro Ocampo calificaron duramente la actitud de los mandatarios territoriales y solicitaron a la fiscalía y procuraduría iniciara investigaciones correspondientes pues, a su parecer la actitud y decisión de los mandatarios rebeldes “podría configurar prevaricato por omisión, desacato, abuso de autoridad y faltas disciplinarias gravísimas”. Ocampo insistió en que “nadie está por encima de la ley” y solicitó a los entes de control actuar con rapidez.
El Gobierno Nacional a su vez anunció medidas jurídicas contra los renuentes pues alega que el decreto es de obligatorio e inmediato cumplimiento en todo el territorio nacional.
La actitud de los 17 gobernadores constituye un episodio más en el que miembros de la oposición se ponen de acuerdo , en este caso en el seno de una entidad privada que maneja recursos públicos, la Federación de Departamentos y en presencia de representantes de multinacionales del tabaco, para minar los esfuerzos redistributivos del gobierno del cambio, situación que se suma a las que ya se habían presentado en los últimos años en el seno del congreso respecto de la financiación y suficiencia del presupuesto nacional, aseguró a este comunicador una fuente que solicitó la reserva de su nombre.
Hace mención la fuente citada al hecho de que varios de los firmantes de esa declaración de rebeldía tienen en su haber fuertes acusaciones de corrupción en los territorios a su cargo, es, concluye, una verdadera “rebelión de ratas”, aludiendo a la novela del desaparecido escritor Fernando Soto Aparicio, sólo que en la obra de Soto Aparicio se habla de una rebelión de mineros producto de las condiciones brutales de explotación de los mismos. Nada que ver con los ricos y muy bien alimentados gobernadores que protagonizan esta verdadera asonada de burócratas.
Cabe recordar, tal como se desprende de un informe de la OCDE, que en materia tributaria Colombia presenta un ordenamiento regresivo e inequitativo y que la Oxfam recientemente situó al país el cuarto país en América Latina en el que se presenta una mayor concentración de la riqueza en la que cuatro poderosas familias poseen la mayor tajada de la riqueza nacional.
Posteriormente, luego de una reunión en el Palacio de Nariño con el presidente, el ministro el interior y el ministro de hacienda entre otros, una buena parte de los gobernadores rebeldes se comprometieron a acatar el decreto. A su vez el gobierno se comprometió a compensar, en caso de que se llegara a presentar una afectación de los ingresos de los entes territoriales por el aumento de los impuestos a cigarrillos y licores, las eventuales pérdidas que se pudieran generar, al tiempo que aseguró que reforzará la lucha contra el contrabando. En esa misma reunión se absolvieron las inquietudes de los gobernadores respecto de una presunta socavación de su autoridad y autonomía. El gobierno presentó jurisprudencia que autoriza a modificar impuestos cedidos en caso de necesidad y afugias financieras para la nación.
Seguiremos informando, noticia en desarrollo…
CARLOS FAJARDO
PARA PRENSA MERCOSUR
