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Una denuncia penal de extraordinaria gravedad ha sido presentada ante la Fiscalía General de la Nación, señalando a varios integrantes del Consejo Superior Universitario de la Universidad Nacional de Colombia por presuntas actuaciones que, de comprobarse, constituirían una ruptura frontal del orden jurídico, un desacato deliberado a decisiones judiciales firmes y una alteración institucional sin precedentes en la principal universidad pública del país. La denuncia, formulada por el abogado Pablo Bustos Sánchez, presidente y representante legal de la Red de Veedurías de Colombia, sostiene que en la sesión extraordinaria del 24 de noviembre de 2025 se ejecutó una cadena de decisiones conscientemente orientadas a desconocer sentencias ejecutoriadas del Consejo de Estado y a instaurar, por vías aparentes, una rectoría carente de sustento legal.
Según el escrito radicado, los hechos no pueden ser entendidos como una controversia administrativa ni como un debate interpretativo de normas universitarias. Se trata, en criterio del denunciante, de una actuación institucional deliberada que habría tenido como propósito sustraer los efectos obligatorios de fallos judiciales definitivos, crear una ficción jurídica de vacancia inexistente y habilitar el ejercicio de funciones públicas por parte de una persona que no habría sido designada conforme al ordenamiento jurídico vigente. El núcleo del conflicto se sitúa en la decisión adoptada por el Consejo Superior Universitario de aceptar la supuesta renuncia del profesor Leopoldo Alberto Múnera Ruiz y, con base en ello, designar como rector encargado al profesor Andrés Felipe Mora Cortés.
La denuncia recuerda que el Consejo de Estado, mediante sentencia del 20 de noviembre de 2025, declaró la nulidad con efectos retroactivos de la resolución que había designado a Múnera como rector encargado, estableciendo de manera inequívoca que dicho nombramiento careció de competencia legal desde su origen y que nunca produjo efectos jurídicos válidos. En términos jurídicos, ello implica que Múnera jamás ostentó legítimamente la condición de rector y que, por tanto, no podía renunciar a un cargo que nunca ejerció válidamente. A pesar de esta claridad judicial, los miembros del Consejo Superior Universitario denunciados habrían procedido, apenas cuatro días después, a aceptar una renuncia jurídicamente inexistente y a declarar una vacancia artificial del cargo.
El contexto adquiere mayor gravedad si se tiene en cuenta que, con anterioridad, el propio Consejo de Estado había ratificado la validez de la elección del profesor José Ismael Peña como rector de la Universidad Nacional para el periodo 2024–2027, elección realizada el 21 de marzo de 2024 y formalizada en el Acta 05 del Consejo Superior Universitario. Esa elección fue objeto de múltiples demandas electorales y, sin embargo, mediante sentencia del 4 de septiembre de 2025, la Sección Quinta del alto tribunal negó la nulidad solicitada y confirmó que el procedimiento se ajustó plenamente al Estatuto General de la Universidad, que la votación fue válida y que el acto de designación mantenía plena vigencia y eficacia jurídica.
Pese a este panorama jurídico definido, los consejeros denunciados —entre ellos delegados del Gobierno nacional, del Ministerio de Educación y de órganos del sistema de educación superior— habrían votado afirmativamente en la sesión del 24 de noviembre de 2025 para aceptar la renuncia de Múnera y proceder a un nuevo nombramiento, sin convocar proceso público alguno, sin lista de elegibles, sin evaluación previa y sin competencia estatutaria para hacerlo. Todo ello, según la denuncia, con pleno conocimiento de las sentencias judiciales que cerraban definitivamente cualquier posibilidad de nueva designación y que imponían la obligación inmediata de acatar la rectoría ya elegida y judicialmente avalada.
El documento sostiene que esta actuación no fue improvisada ni producto de un error técnico, sino una conducta reiterada y consciente que encajaría, prima facie, en los delitos de fraude a resolución judicial, prevaricato por acción y usurpación de funciones públicas. La expedición de la Resolución 132 del 24 de noviembre de 2025, mediante la cual se formalizó la designación del rector encargado, es señalada como el acto culminante de esa conducta, al consignar como fundamento tanto sentencias judiciales como la aceptación de una renuncia inválida, construyendo así una narrativa administrativa incompatible con los efectos jurídicos reales de dichas providencias.
La denuncia enfatiza que los miembros del Consejo Superior Universitario tenían un deber reforzado de conocimiento y acatamiento de las decisiones judiciales, no solo por su condición de servidores públicos, sino por su posición de máxima autoridad colegiada dentro de una universidad estatal. Desde esa perspectiva, el presunto desconocimiento deliberado de fallos ejecutoriados no solo comprometería la legalidad administrativa, sino que afectaría de manera directa bienes jurídicos esenciales como la recta administración de justicia, la confianza pública en las instituciones y la autonomía universitaria entendida como ejercicio responsable dentro del marco constitucional.
Uno de los aspectos más sensibles del caso es que, durante la propia sesión del 24 de noviembre, algunos integrantes del Consejo habrían advertido expresamente sobre la inexistencia jurídica de la vacancia y sobre la improcedencia de aceptar una renuncia sin cargo. Pese a esas advertencias, la mayoría habría persistido en la decisión, lo que refuerza, según el denunciante, la tesis de una actuación dolosa orientada a imponer de facto una administración universitaria al margen del derecho. La posterior asunción de funciones por parte del rector encargado designado en esas circunstancias es presentada como un elemento adicional de la presunta usurpación funcional.
Desde una perspectiva institucional, la denuncia plantea que lo ocurrido trasciende a las personas involucradas y plantea un interrogante de fondo sobre la vigencia efectiva del principio de supremacía del derecho en Colombia. Si decisiones judiciales definitivas pueden ser neutralizadas mediante artificios administrativos, se advierte, se erosiona la base misma del Estado de Derecho y se envía un mensaje de inseguridad jurídica con efectos expansivos sobre todo el sistema público. En el caso de la Universidad Nacional, ello se traduce además en un impacto directo sobre la estabilidad académica, administrativa y presupuestal de la institución, así como sobre los derechos de su comunidad.
Por estas razones, la solicitud elevada a la Fiscalía General de la Nación reclama una actuación urgente, preferente y exhaustiva, que permita esclarecer la responsabilidad penal individual y colectiva de los miembros del Consejo Superior Universitario que participaron en las decisiones cuestionadas, así como del funcionario que asumió el cargo en virtud de ellas. La investigación solicitada no solo busca la eventual imposición de sanciones penales, sino la reafirmación de un principio elemental: que ninguna autoridad, por elevada que sea, puede situarse por encima de la ley ni de las decisiones judiciales que la interpretan y la hacen efectiva.
El caso, que ya ha generado una profunda controversia en los ámbitos jurídico, académico y político, se perfila como una prueba decisiva para la solidez de las instituciones colombianas y para la capacidad del sistema judicial de hacer valer sus fallos frente a actos de poder. Lo que está en juego no es únicamente la rectoría de una universidad, sino la credibilidad del orden constitucional y la confianza ciudadana en que el derecho sigue siendo el límite infranqueable de toda actuación pública.
carloscastaneda@prensamercosur.org
