Dos notas importantes del FNA: Vivienda para colombianos en el exterior, es una realidad y, elección de representantes de las cajas de compensación a la junta directiva de la entidad.
Una de las entidades mas queridas por los colombianos es el Fondo Nacional del Ahorro (FNA) y en ella encontrará un programa que se denomina “Colombianos en el exterior” para la compra de una vivienda nueva o usada en el paìs.
Un préstamo con el Fondo Nacional del Ahorro (FNA), aun sin definir el estatus migratorio fuera de Colombia, no es necesario para adquirir una vivienda en el país. Este programa permite a los que viven fuera del país, hacer un ahorro voluntario con el FNA, y con esto adquiriría un préstamo para acceder a una vivienda propia.
Un colombiano que resida fuera de Colombia podrá aspirar a un préstamo hasta de de 500 salarios mínimos mensuales, actualmente en 2022 ese préstamo llega a los $500 millones, si tiene estatus migratorio definido. De lo contrario, el monto máximo de préstamo llega a $231 millones.
Un análisis del crédito, determinara el monto máximo para un préstamo de vivienda, se tendrá en cuanta los ingresos mensuales, las obligaciones con otros prestamos tanto como el pais de residente como en Colombia y los gastos, exigencias de la entidad.
Para iniciar es necesario que los colombianos interesados escriban al siguiente correo colombianosenelexterior@fna.gov.co donde obtendrán toda la información necesaria , para hacer realidad sus sueños de tener una vivienda en su terruño..
El futuro cliente debe alcanzar el puntaje necesario para postularse a un crédito, el cual se logra realizando los pagos en el plazo convenido, hasta lograr la meta de ahorro.
Una vez logrado el plazo y monto de ahorro, el afiliado puede usar el crédito para compra de vivienda nueva y usada (le prestan hasta el 80 % del valor de la vivienda), construcción individual de vivienda (hasta el 50 % del valor del presupuesto), para Mejora de Vivienda (se financia hasta el 50 %) y para compra de cartera (prestan hasta el 100 % según capacidad del usuario).
Una nota importante para tener en cuenta y es que la política del FNA, es que el monto del crédito aprobado no depende del monto ahorrado, depende de sus ingresos, gastos y obligaciones o las de su deudor solidario en caso de tener estatus migratorio definido o las codeudor en caso de no tener el estatus migratorio definido.
Una vez que la documentación está completa, el estudio de crédito se demora 15 días hábiles.
Funciones mas importantes que tiene el FNA para destacar :
Gilberto Rondón, presidente del FNA
1-Recaudar las cesantías de los afiliados de acuerdo con las disposiciones vigentes.
2-Proteger dicho auxilio contra la pérdida del valor adquisitivo de la moneda, según lo dispuesto en la presente ley.
3-Adelantar programas de crédito para compra de vivienda que permitan mejorar los problemas que en esta materia tienen nuestros afiliados, con criterio de justicia social e imparcialidad en la adjudicación. Por lo anterior, podrá celebrar convenios con las cajas de compensación familiar, entidades de economía solidaria, entidades públicas o privadas y nacionales o internacionales. Para el cumplimiento de su objeto y funciones, el Fondo Nacional del Ahorro no adelantará directamente ni contratará la construcción de vivienda.
4-Administrar los recursos nacionales del subsidio familiar de vivienda que le sean asignados, para la construcción, adquisición y liberación de gravamen hipotecario de vivienda de interés social de los afiliados, de conformidad con la Ley 3ª de 1991.
5-Exigir las garantías y contratar las pólizas de seguros necesarias para la protección de la cartera hipotecaria, de los bienes e intereses patrimoniales de la empresa y de otros riesgos cuyo amparo se estime social y económicamente provechoso para los afiliados.
6-Establecer métodos e instrumentos adecuados, como también constituir reservas suficientes, para atender oportunamente el pasivo de cesantías en favor de sus afiliados.
7-Promover el Ahorro nacional y orientarlo hacia la financiación de proyectos de especial importancia para el desarrollo del objeto del FNA.
8- Las demás que le señalen las disposiciones vigentes.
Elección de representantes de las cajas de Compensación Familiar ante la junta directiva
Esta invitación, fue declarada desierta en el año anterior, por lo tanto se hace necesario nuevamente la convocatoria para la elecion del los representantes de las cajas de compensación familiar , que estarán en la junta directiva de la entidad.
Ante esta situacion, la oficina de prensa del FNA, emitió el siguiente boletín para los aspirantes que quieran postularse.
Boletín de PRENSA
En cumplimiento con el Artículo 8 del Acuerdo 2468 de 2022 “Por el cual se adoptan los nuevos estatutos de Fondo Nacional del Ahorro Carlos Lleras Restrepo”, el 20 de noviembre de 2022 se publicó la convocatoria para elegir el representante principal y su respectivo suplente de las Cajas de Compensación Familiar ante la Junta Directiva del FNA, cuyo plazo para recibir postulaciones finalizó el 13 de diciembre de 2022 declarándose desierta.
En virtud de lo anterior, se convoca a las Cajas de Compensación Familiar para que su representante legal o su delegado, allegue a más tardar el 22 de enero de 2023 al correo electrónico entesdecontrol@fna.gov.co, los documentos que acrediten dicha calidad, así como el correo electrónico al cual se deberá remitir la citación para la sesión que se llevará a cabo el 27 de enero de 2023 a las 10:00 a.m. por la herramienta de Microsoft Teams, cuyo fin es fijar de común acuerdo, el procedimiento para la elección de su representante principal y suplente ante la Junta Directiva del FNA, quienes deberán cumplir con los requisitos exigidos por la Superintendencia Financiera de Colombia (Circular Básica Jurídica – CE 029/2017) para ejercer en calidad de miembro de junta directiva de empresa industrial y comercial del Estado, de carácter financiero, organizada como establecimiento de crédito de naturaleza especial.
Finalmente, y en atención al Artículo 8 del Acuerdo 2468 de 2022, es importante destacar que, “En el evento en que no sea posible la designación del representante de los sectores mencionados, dentro el plazo y procedimiento fijados en el presente acuerdo, el Gobierno nacional los designará”- MÁS INFORMACIÓN Secretaría General del Fondo Nacional del Ahorro
entesdecontrol@fna.gov.co
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