

Lo que tenés que saber
- La Reforma Laboral incluye un apartado específico sobre vacaciones.
- El empleador definiría el período y podría fraccionarlas en tramos mínimos de una semana.
- Se propone que cada trabajador disfrute del verano al menos una vez cada tres años.
- Las fechas deberán notificarse con 45 días de anticipación.
- El proyecto busca reemplazar el artículo 154 de la Ley 20.744.
El nuevo esquema de vacaciones que impulsa la Reforma Laboral libertaria
Un segmento de la Reforma Laboral que se debate en el Consejo de Mayo se enfoca en modificar el régimen de vacaciones. El texto otorga mayor potestad al empleador para decidir las fechas y la modalidad de otorgamiento del descanso anual.
Según el borrador difundido, «el empleador deberá organizarlas de tal manera que cada trabajador goce de sus vacaciones, al menos una vez cada tres años, durante la temporada de verano».
El proyecto forma parte del megaplan de flexibilización laboral que el Gobierno Nacional impulsa tras su triunfo electoral. Entre los objetivos centrales se encuentra redefinir las instituciones del trabajo para aumentar la autonomía de las empresas en la administración de licencias.
Sustitución del artículo 154 y nuevas reglas
Según InfoGremiales, un apartado bajo el título “Vacaciones”, busca reemplazar el artículo 154 de la Ley N° 20.744. En el borrador se establece que «El empleador deberá otorgar las vacaciones correspondientes a cada año dentro del período comprendido entre el 1° de octubre y el 30 de abril del año siguiente, salvo que, de común acuerdo, empleador y trabajador establezcan un período distinto».
Además, se determina que «La fecha de inicio de las vacaciones deberá ser notificada por escrito al trabajador con una antelación no menor a cuarenta y cinco (45) días, sin perjuicio de que las convenciones colectivas de trabajo puedan establecer sistemas diferentes, conforme a las particularidades de cada actividad».
Fraccionamiento y acuerdos individuales
El proyecto incorpora la posibilidad de dividir el descanso anual. Según el texto, «el empleador y el trabajador podrán convenir el fraccionamiento del período vacacional, siempre que cada uno de los tramos no sea inferior a UNA (1) semana».
Este cambio apunta a otorgar flexibilidad en la organización interna de las empresas y permitir acuerdos por sectores o grupos, adaptados a las necesidades de cada actividad.
Vacaciones en verano: una vez cada tres años
Una de las modificaciones más destacadas dentro de la propuesta establece que «Cuando las vacaciones no se otorguen de manera simultánea a la totalidad de los trabajadores de un establecimiento, lugar de trabajo, sección o sector, y se acuerden en forma individual o por grupos, el empleador deberá organizarlas de tal manera que cada trabajador goce de sus vacaciones, al menos una vez cada tres años, durante la temporada de verano».
Este punto redefine la posibilidad de disfrutar del período estival, que hasta ahora dependía principalmente de la antigüedad y la organización interna de cada empleador.
Licencias y reprogramaciones
El proyecto también contempla los casos en que las vacaciones se interrumpen por enfermedad. Según el texto, «En caso de que las vacaciones se vean interrumpidas por una licencia por enfermedad, el trabajador deberá reincorporarse a su puesto al finalizar el período originalmente previsto para el goce de las vacaciones o, en caso de continuar bajo licencia médica, una vez concluida esta última. El saldo de días de vacaciones no gozados deberá ser reprogramado conforme a lo establecido en los párrafos precedentes».
La propuesta mantiene la obligación de reprogramar los días pendientes, asegurando que el descanso se concrete en los plazos fijados.
El Argentino
Fuente de esta noticia: https://elargentinodiario.com.ar/politica/presidencia/30/10/2025/reforma-laboral-de-milei-vacaciones-de-verano-una-vez-cada-3-anos/
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