El ajuste realizado es de 8,1%, tanto para inmuebles urbanos como rurales, según el Decreto N° 8612/2022 del Poder Ejecutivo.
Hacienda explicó que la medida se adopta en torno a lo dispuesto en la Ley Nº 5513/2015 y conforme a los criterios técnicos establecidos por el Servicio Nacional de Catastro (SNC).
Cabe mencionar que los valores fiscales constituyen la base imponible para el pago del Impuesto Inmobiliario, cobrado por las distintas Municipalidades. La tasa del Impuesto Inmobiliario es del 1% del valor fiscal de la propiedad.
El decreto señala que se ajustarán los valores fiscales para el año 2023 por la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC), conforme a datos del Banco Central del Paraguay (BCP), que en el período de los doce meses anteriores al 1 de noviembre de 2022 alcanza 8,1%.
Asimismo, el Decreto establece un reordenamiento de los valores fiscales para la zona rural del país, conforme a criterios de costo de oportunidad establecidos en la Ley N° 5513/2015.
Para el caso de los inmuebles de Asunción, se realizó la unificación de los valores para las edificaciones, a fin de dinamizar el casco histórico de la ciudad, reduciendo y unificando valores de construcción para todos los inmuebles de las Zonas 5 y 11 de la Capital del País, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 59/2022.
Los interesados en saber el monto del Impuesto Inmobiliario que debe abonar a su Municipalidad, puede hacerlo a través de la web institucional http://www.catastro.gov.py/liquidacion_impuestos , apartado Municipios / Liquidación de Impuestos Inmobiliarios, seleccionando el Departamento, el Distrito y la nomenclatura de su propiedad, en el link: http://www.catastro.gov.py/liquidacion_impuestos .