Colombia en Alerta Constitucional: Presidente Invoca Excepción de Inconstitucionalidad ante Graves Irregularidades en el Senado


Ministro designado de Justicia y del Derecho, Eduardo Montealegre- Imagen Minjusticia
En un hecho sin precedentes que pone en jaque la legitimidad del procedimiento legislativo en Colombia, el presidente de la República ha declarado la excepción de inconstitucionalidad sobre el acto del Congreso que negó concepto favorable a una consulta popular. La decisión se apoya en un contundente informe jurídico presentado por el ministro designado de Justicia y del Derecho, Eduardo Montealegre, quien advirtió sobre “vicios sustanciales e insalvables que comprometen la validez del acto legislativo”.
Montealegre, exfiscal general de la Nación y reconocido jurista con trayectoria internacional, ha sido enfático: “Lo ocurrido en el Senado no fue una simple irregularidad. Se trata de una sucesión de violaciones flagrantes al procedimiento parlamentario que afectan principios esenciales del orden constitucional, como la publicidad, la legalidad y el debido proceso”.
El episodio que detonó esta crisis institucional tuvo lugar el 14 de mayo, cuando el Senado votó una proposición sin que esta fuera leída en ningún momento. De acuerdo con los artículos 47, 113, 114 y 125 de la Ley 5ª de 1992, la lectura previa del texto es obligatoria y condición sine qua non para su consideración. Sin embargo, los legisladores votaron a ciegas, sin conocer con certeza el contenido de la proposición.
A esta grave omisión se sumó una actuación aún más controvertida: el presidente del Senado cerró la votación apenas 2 minutos y 54 segundos después de abierta, sin justificación objetiva y cuando varios senadores aún se encontraban en camino hacia sus curules. Entre ellos, según registros oficiales, había congresistas debidamente habilitados para votar que quedaron excluidos, lo que vulneró la participación efectiva y el principio de mayoría.
Pero quizás el hecho más alarmante fue la alteración del voto del senador Edgar de Jesús Díaz Contreras una vez cerrado el escrutinio. Esa modificación, expresamente prohibida por los artículos 127 y 133 del reglamento legislativo, cambió el resultado definitivo de la votación. Según el análisis jurídico de Montealegre, “de haberse respetado el voto original, el sufragio habría tenido un desenlace distinto”.
Además, se detectó una inconsistencia en el número de senadores presentes y los votos registrados: 97 legisladores estaban en el recinto, pero solo se computaron 96 votos. El artículo 123.4 de la Ley 5ª es claro: si existe discrepancia, la votación debe repetirse. Sin embargo, eso tampoco ocurrió.
Como si no bastara, la senadora María José Pizarro interpuso un recurso verbal de apelación contra el cierre anticipado del sufragio. El presidente del Senado, en abierta omisión de sus deberes, nunca tramitó la apelación.
Estos hechos, reunidos en el informe del Ministerio de Justicia bajo la dirección del ministro Montealegre, fueron la base jurídica que llevó al presidente a declarar la excepción de inconstitucionalidad, una herramienta reservada para proteger la Carta Magna frente a actos manifiestamente contrarios a ella.
La decisión del Ejecutivo ha generado un debate de alta tensión en los círculos jurídicos y políticos del país, y no ha pasado desapercibida en el escenario internacional. Instituciones defensoras del orden democrático observan con atención lo que podría convertirse en un caso emblemático sobre los límites del poder legislativo y el rol del Ejecutivo como guardián de la constitucionalidad.
En palabras de Eduardo Montealegre, “cuando el Congreso transgrede las reglas del juego democrático, el Estado no puede guardar silencio. Defender la Constitución es una obligación, no una opción”. En Colombia, esta defensa ha dejado de ser retórica para convertirse en acción directa desde el corazón del poder.
