

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) reglamentó el uso de los bonos BOPREAL para la cancelación de obligaciones fiscales (tanto impositivas como aduaneras), a través de la resolución general 5675/2025.
“Estos bonos, emitidos por el Banco Central, fueron una herramienta clave para saldar obligaciones vencidas relacionadas con importaciones de bienes y servicios realizadas hasta el 12 de diciembre de 2023. Con esta medida, ARCA establece el procedimiento para que los contribuyentes puedan ponerse al día con sus obligaciones fiscales utilizando BOPREAL”, indicó ARCA en un comunicado.
De esta manera, los contribuyentes que tengan BOPREAL en su poder deberán transferirlos a una cuenta especial de ARCA en el Banco Nación, a través de un operador autorizado por Caja de Valores. Una vez hecha la transferencia, no podrá revertirse.
Puntos principales
Desde el Estudio Bruchou & Funes de Rioja destacaron los aspectos principales de la norma:
• Dación en pago: se establece el procedimiento y las condiciones para hacer efectiva la dación en pago de los BOPREAL para cancelar obligaciones impositivas y aduaneras (incluidos intereses, multas y accesorios).
• Transferencia: Los BOPREAL deberán transferirse de forma irrevocable a la cuenta comitente de ARCA en el Banco Nación, a través de un participante u operador autorizado por Caja de Valores. Una vez hecha la transferencia, tendrá el carácter de irrevocable.
• Determinación del valor: La Caja de Valores informará a ARCA la nómina de los BOPREAL transferidos mediante el formulario 1400. El monto del BOPREAL será calculado conforme al procedimiento detallado en el artículo 2 de la resolución general 5469.
• Registro e imputación: Los BOPREAL serán registrados bajo la modalidad de Bono Electrónico como créditos a favor de los contribuyentes, los que serán intransferibles y no negociables. Los contribuyentes podrán consultarlos e imputarlos desde el servicio “web” denominado “Administración de Incentivos y Créditos Fiscales”. Cuando se trate de operaciones de importación, la imputación se efectuará a la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del perfil despachante.
• Imputación: Podrá realizarse desde el día hábil siguiente al de efectuada la transferencia de los BOPREAL y, en los plazos que se indican seguidamente, de acuerdo con la fecha en la que se gestione su transferencia:
- 2025 Hasta el 31 de diciembre de 2030, inclusive
- 2026 Hasta el 31 de diciembre de 2031, inclusive
- 2027 Hasta el 31 de diciembre de 2032, inclusive
En ningún caso las imputaciones de los BOPREAL podrán generar créditos de libre disponibilidad ni saldos a favor que den lugar a reintegros o devoluciones por parte del Estado Nacional.
• Aplicación a cancelación de anticipos: Si se genera un excedente al aplicar los BOPREAL a anticipos, el mismo no dará lugar a la generación de créditos de libre disponibilidad ni saldos a favor ni devoluciones que den lugar a reintegros o devoluciones por parte del Estado Nacional, pero podrá imputarse a futuras obligaciones, siempre que sea posible y que no supere el plazo de su utilización mediante presentación digital.
Redaccion Trade News
Fuente de esta noticia: https://tradenews.com.ar/podran-utilizarse-los-bonos-bopreal-para-pagar-impuestos-y-tributos-aduaneros/
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