El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (Mtess) recuerda que las personas que trabajan en una empresa o una casa de familia tienen derecho al pago del aguinaldo de parte del empleador.
Desde el 2018, el Ministerio de Trabajo impulsa una fuerte campaña preventiva que apunta al cumplimiento del derecho laboral del pago de aguilando, a través de su difusión masiva y fortalecimiento de los servicios de cálculo de haberes y orientación laboral a los trabajadores.
El artículo 243 del Código del Trabajo establece una remuneración anual complementaria o aguinaldo, equivalente a la doceava parte de las remuneraciones devengadas durante el año calendario a favor del trabajador en todo concepto (salario, horas extraordinarias, comisiones, u otras), la que será abonada hasta el 31 de diciembre, o en el momento en que termine la relación laboral si ello ocurre antes de esa época del año.
En caso de que el empleador no pague el aguinaldo, el trabajador puede hacer su denuncia a partir del 2 de enero del 2023 en forma presencial en la sede del Ministerio de Trabajo, situada en la calle Luis Alberto de Herrera esquina Paraguarí, Asunción, así como en las oficinas regionales del interior del país.
Otras vías habilitadas para reclamos son las denuncias online, a través del Whatsapp, al número (0962) 174-000, o mediante una llamada al (021) 729-0100, internos 551 y 552.
Denuncias recibidas
El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social en el mes de enero de este año recibió denuncia por falta de pago de aguinaldo contra 51 empresas, de las cuales 43 se pusieron al día con sus trabajadores luego de la mediación realizada por funcionarios de la cartera de Estado; mientras que ocho de ellas, cuyos representantes no comparecieron, fueron fiscalizadas.
A inicios del 2020 se registró 150 denuncias, de los cuales 95 casos llegaron a un acuerdo y 55 fueron fiscalizadas; mientras en el 2019 hubo 80 denuncias, 65 acuerdos y 15 empresas fiscalizadas.
En el 2021, se registró 34 denuncias por parte de trabajadores que no recibieron sus aguinaldos, de las cuales 21 llegaron a un acuerdo mediante la intermediación del Ministerio de Trabajo y 13 empresas fueron fiscalizadas por la cartera de Estado.
La cartera de Estado dispone de una herramienta digital para calcular el monto que debe percibir cada trabajador según la antigüedad que cuenta en su empleo.
Ingresando al enlace https://calculadoras.mtess.gov.py/agui/production/formaguinaldo.php, todos los trabajadores podrán conocer el monto exacto de la cantidad de dinero que debe percibir como aguinaldo.
Las empresas que no cumplan con la norma, son pasibles de una multa de diez jornales mínimos por cada trabajador afectado.
Para más información las personas pueden ingresar al sitio del Ministerio de Trabajo: https://www.mtess.gov.py/viceministerio-de-trabajo/direccion-de-trabajo/campana-aguinaldo-2022
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