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Sáb. Nov 23rd, 2024
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  • Ante el Parlamento, un sector del chavismo vuelve a insistir con propuestas de reformar la Constitución para abrir la puerta a la privación y revocatoria del derecho a la nacionalidad de los venezolanos
  • Aunque la propuesta no es nueva, se reedita en un contexto de altos niveles de persecución política

Los 2.229 detenidos anunciados por Nicolás Maduro en el contexto de las protestas postelectorales siguen siendo la cara más visible de la represión, tras el anuncio por parte del Consejo Nacional Electoral (CNE) de la reelección del gobernante y el desconocimiento de los resultados oficiales por parte de las fuerzas de oposición al no mostrar ni aceptar las actas de votación que validan el triunfo del excandidato Edmundo González. La ONG Foro Penal ha logrado verificar más de 1900 detenciones por razones políticas, hasta la fecha de publicación de este explicador.

A este panorama de represión contra dirigentes políticos y el resto de la sociedad civil, entre los que se incluyen a menores de edad, se le suma el anuncio desde la Asamblea Nacional (AN) de reformar leyes y normas electorales “ajustadas a la vida política del país, a los nuevos tiempos y que castigue severamente a quienes atenten contra la República”, según declaraciones del 8 de octubre de 2024 del diputado Jorge Rodríguez, presidente de este cuerpo legislativo.

A este contexto, se suma la amenaza que ha vuelto a proponer la diputada chavista Ilenia Medina (PPT judicializado): despojar de la nacionalidad a los venezolanos “ante los irrespetos que sectores de la extrema derecha han cometido en contra de la soberanía”.

Sobre la supresión de la nacionalidad a los venezolanos, llegó a nuestro chatbot de verificación de información, La Tía de WhatsApp, un video de TikTok en el que la periodista Irama Gil advierte: “mis queridos venezolanos en el exterior (…), a usted le van a retirar su nacionalidad por nacimiento”, mostrando un extracto de otra entrevista.

Ante las dudas que genera la insistencia sobre esta reforma a un derecho constitucional, acá te explicamos qué dice la ley y qué implicaría para los venezolanos tal medida.

La nacionalidad: derecho constitucional y universal

Lo primero que hay que aclarar es que el artículo 35 de la CRBV es el que protege el derecho que pretende ser vulnerado, al establecer que: “Los venezolanos y venezolanas por nacimiento no podrán ser privados o privadas de su nacionalidad. La nacionalidad venezolana por naturalización sólo podrá ser revocada mediante sentencia judicial, de acuerdo con la ley”.

El abogado especialista en derechos humanos, Juan Carlos Mogollón, explica que “hablar de quitar la nacionalidad podría implicar de inmediato quedar en situación de apatridia y modifica de manera radical la estructura constitucional, pues entra en conflicto con una de las garantías establecidas en el artículo 35 de la Constitución”.

En el caso de los extranjeros que adquirieron la nacionalidad venezolana por naturalización, el cumplimiento de este artículo garantiza que solo se les podría revocar la nacionalidad, “mediante sentencia judicial, si hay algún vicio en la misma”, afirma Mogollón.

El artículo 32 de la CRBV establece que son venezolanos y venezolanas por nacimiento quienes nacen en el país, pero también las personas nacidas en el extranjero con madre o padre venezolano por nacimiento (estableciendo su residencia en el país o declarando la voluntad de adquirir la nacionalidad), como es el caso del gobernador Rafael Lacava, quien nació en Roma, Italia, pero su papá es de Venezuela y él regresó días después de nacido a Venezuela.

Así mismo, las personas nacidas en el extranjero, cuya madre o padre sea venezolano por naturalización (obtenida por residir en el país de 5 a 10 años (dependiendo de la nacionalidad originaria) o por matrimonio, según el artículo 333), en este caso, debe residenciarse en el país antes de los 18 años y declarar su voluntad de adquirir la nacionalidad antes de los 25 años.

Apatridia: la negación de derechos

Como alerta la Agencia de la ONU para los Refugiados (ACNUR), quienes quedan en situación de apátridas, pierden de inmediato todos los derechos fundamentales: “como ir a la escuela, obtener un empleo formal, recibir atención médica o contraer matrimonio. Además, corren aún más riesgo de ser víctimas de abuso o de explotación”.

El derecho a la nacionalidad es reconocido también por múltiples instrumentos jurídicos internacionales. La Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de la ONU detalla algunos de ellos:

  • Artículo 15 de la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948: «Toda persona tiene derecho a una nacionalidad. A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad».
  • Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial,
  • Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos,
  • Convención sobre los Derechos del Niño,
  • Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer,
  • Convención sobre la Nacionalidad de la Mujer Casada,
  • Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad
  • Convención internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares.

Las cuestiones de nacionalidad y apatridia también están reguladas en:

  • Convención para reducir los casos de apatridia
  • Convención sobre el Estatuto de los Apátridas
  • Convención sobre el Estatuto de los Refugiados
  • Protocolo sobre el Estatuto de los Refugiados
  • Declaración sobre los derechos humanos de los individuos que no son nacionales del país en que viven

¿Qué se necesita para reformar la CRBV?

El abogado Mogollón explicó al equipo de Cocuyo Chequea que la  Constitución venezolana plantea dos figuras para cambios o reformas. Una es la enmienda, que modifica uno o más artículos sin modificar la estructura o principios fundamentales (artículo 341). Y la segunda, es la reforma constitucional (artículo 342) que revisa y sustituye varias de las normas. Pero, también establece que no se modifique la estructura o principios fundamentales de la Constitución.

En ambos casos, la iniciativa puede partir de la Asamblea Nacional, de al menos 15% de mujeres y hombres inscritos en el Registro Electoral Permanente, o desde el consejo de ministros. En ambos casos, se debe someter a referendo consultivo luego de su aprobación por la Asamblea Nacional. Se necesitaría la aprobación popular para que la reforma tenga algún tipo de validez”, explica Mogollón.

La propuesta de reformar el artículo 35 de la CRBV fue presentada ante la Comisión Especial del Parlamento venezolano que revisa las modificaciones y creación de nuevas normas legales, específicamente en la Mesa Constitucional, presidida por el hijo del presidente,  el diputado Nicolás Maduro Guerra (PSUV/La Guaira).

Surgieron propuestas que se elevarán a la Comisión Especial, como la Reforma Constitucional, con la intención de adecuarla a los nuevos tiempos. Se mencionó la evaluación de los artículos 130, 35 y 60 de la Constitución”, confirma la página de la Asamblea Nacional.

Despojo de la nacionalidad: amenaza reciclada

No es la primera vez que se propone la privación de la nacionalidad a venezolanos (por nacimiento o naturalizados) que no son afines al gobierno chavista. En el 2004, el Parlamento propuso retirar la nacionalidad venezolana a cuatro ciudadanos: Gustavo Cisneros (también empresario venezolano), Norberto Maza (uruguayo nacionalizado) Napoleón Bravo y Marta Colomina (españoles nacionalizados), tras la propuesta de la diputada Iris Varela, “quien fundamentó su propuesta calificando a los periodistas de antipatriotas”, según denunció la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Organización de Estados Americanos (OEA).

Varela repitió su propuesta en el año 2020, durante su campaña para ser reelegida por cuarta vez como diputada de la Asamblea Nacional. En una entrevista para el diario Últimas Noticias, explicó que su tercera propuesta era “revocar la nacionalidad venezolana a “los conspiradores” que pidieron la invasión militar a Venezuela,” porque lo que han pedido es guerra y esa guerra ha generado muertos”.

En 2017, la diputada de la ANC, María Alejandra Díaz, también propuso privar de la nacionalidad venezolana a políticos opositores.

De venezolano a apátrida y desterrado

De concretarse las reformas anunciadas, las personas a las que se les despoje arbitrariamente la nacionalidad venezolana (por persecución política) quedarían apátridas, en el caso de que no tengan otra nacionalidad y/o no haya otro país que los reciba y se las ofrezca.

ACNUR reitera que  “las personas apátridas son individuos que no gozan de la ciudadanía ni se consideran nacionales bajo la aplicación de las leyes de ningún país. (…) Una persona puede perder la ciudadanía y la nacionalidad de varias maneras; entre ellas, cuando un país deja de existir o adopta leyes de nacionalidad que discriminan a ciertos grupos”.

Esto llevaría al destierro de las personas afectadas por parte del gobierno venezolano, ya que serían expulsados del país; entre otras consecuencias como falta de documentos de identidad, dificultad para obtener documentos de viaje, separación familiar, dificultad para trabajar, entre otras.

Los desterrados de Nicaragua

Nicaragua es el caso más reciente que ilustra el despojo de la nacionalidad enmarcado en un patrón de persecución política. Entre 2023 y hasta septiembre de 2024, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) contabiliza que por lo menos “450 personas identificadas como opositoras políticas han sido privadas arbitrariamente de la nacionalidad nicaragüense”. Además del destierro obligado, a un número importante de estas personas se le incautó sus bienes. Periodistas, defensores de derechos humanos, religiosos, candidatos presidenciales, activistas políticos, empresarios e integrantes de diversas organizaciones civiles figuran entre los apátridas y desterrados.

El presidente de esta nación, Daniel Ortega, excarceló, desnacionalizó y desterró a presos políticos de su país desde febrero de 2023, tras una reforma “exprés” en sesión de emergencia que modificó el artículo 21 de la Constitución nicaragüense para adherir un párrafo. Esto con la intención de aprobar ese mismo día la Ley Especial que Regula la Pérdida de la Nacionalidad Nicaragüense.

El abogado Mogollón destaca que “el grueso de declaraciones de apatridia por parte del régimen de Ortega, vienen desde 2023, es decir, se aprobó la reforma para dar una simulación de legalidad a algo que se hizo sin tener una figura jurídica existente. La forma en que han procedido en Nicaragua es someter a la persona a prisión, generalmente indefinida, y posteriormente se le libera de manera inesperada, y se le quita la nacionalidad, desterrándole. El objetivo es que esta persona, que el régimen identifica como potencial enemigo o peligro, no pueda entrar nuevamente a Nicaragua”.

Despojo de la nacionalidad en la Chile de Pinochet

Francisco Quintana, quien fue abogado de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), explica a Cocuyo Chequea, que la pretendida privación de nacionalidad del caso Venezuela “se asemejaría a las órdenes represivas que utilizó la dictadura chilena en 1973 durante la época del entonces dictador Augusto Pinochet”.

Desde su informe de 1985 sobre Chile, “la Comisión Interamericana de Derechos Humanos mantuvo que la pérdida de nacionalidad como sanción por actos políticos era una muestra de intolerancia extraña a las prácticas de protección de este derecho en América Latina y lo hecho por Nicaragua y ahora lo anunciado por Venezuela es una grave regresión del orden internacional”, asegura Quintana, también fue fundador de la Red de las Américas sobre Nacionalidad y Apatridia.

Con los primeros exilios políticos de Nicaragua en febrero de 2023, países como Colombia, México y Estados Unidos han ofrecido la nacionalidad a aquellos nicaragüenses apátridas que quieran vivir en sus territorios.

Conclusión

La propuesta de despojar de la nacionalidad a los venezolanos, especialmente en un contexto de represión política, plantea serias preocupaciones sobre derechos humanos y el principio de nacionalidad. Según el artículo 35 de la Constitución de Venezuela, los ciudadanos por nacimiento no pueden ser privados de su nacionalidad, y cualquier revocación de la nacionalidad por naturalización debe ser respaldada por una sentencia judicial.

Esta reforma no solo sería un ataque a los derechos individuales, sino que también podría resultar en una situación de apatridia, afectando gravemente la vida de quienes sean despojados de su nacionalidad. La experiencia de otros países, como Nicaragua bajo el régimen de Ortega, ilustra las peligrosas implicaciones de tales medidas, que pueden incluir la persecución política y el destierro.

El debate en la Asamblea Nacional sobre la modificación de la Constitución y las amenazas a la nacionalidad reflejan un contexto de control y represión que preocupa tanto a organismos internacionales como a defensores de derechos humanos. En este sentido, el proceso para modificar la Constitución requiere no solo la aprobación del parlamento, sino también un referendo consultivo, lo que podría ofrecer un camino para la resistencia ante tales propuestas, como explicamos al aplicar nuestro método de verificación.

Ante las dudas que puede generar la reforma de este y otros artículos constitucionales, te invitamos a consultar a la Tía de WhatsApp, nuestro chatbot de verificación de información.

Cocuyo Chequea
Fuente de esta noticia: https://efectococuyo.com/cocuyo-chequea/despojar-nacionalidad-vzla/

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