En un comunicado que se publicó este domingo 25 de agosto de 2024, la Presidencia de la República informó que se ha ordenado modernizar los manuales que regulan el uso legítimo de la fuerza. Esto luego de que el mandatario Daniel Noboa Azín suscribiera el Decreto Ejecutivo número 371.

Con esto, las fuerzas del orden (Policía Nacional y Fuerzas Armadas) “modernizan sus estrategias operativas para aplicar la ley, como una respuesta efectiva ante los grupos terroristas que usan nuevas técnicas para amedrentar al país“.

 

La actualización de los instrumentos se realizará en cinco días como máximo, desde la vigencia de este decreto firmado el domingo 25 de agosto de 2024.

En el artículo 2, el Decreto Ejecutivo se dispone a la Policía Nacional y FF.AA. el uso de armas de fuego con munición letal o de impacto cinético en los casos:

  • En defensa propia o de otras personas, en cumplimiento del deber legal, en caso de amenaza o peligro inminente de muerte o lesiones graves.
  • Con el propósito de evitar la comisión de un delito o una situación que entrañe una amenaza o peligro inminente de muerte o lesiones graves.
  • Detener a una persona que represente una amenaza o peligro inminente de lesiones graves y oponga resistencia a la autoridad.
  • Impedir la evasión o fuga de una persona que representa una amenaza o peligro inminente.

 

Los ministerios del Interior y Defensa, dentro de sus competencias, se encargarán de observar el cumplimiento de las funciones dispuestas a las fuerzas del orden.