Con la promulgación de la Ley N°7261 “Que aprueba el Acuerdo sobre Localidades Fronterizas Vinculadas”, se pretende beneficiar a los ciudadanos de frontera “arbitrando los mecanismos para que exista fluidez y un tránsito diferenciado y preferencial para todas aquellas personas que viven en las zonas de frontera”, manifestó el director nacional de Migraciones, Jorge Kronawetter, explicando el alcance de esta normativa en el ámbito migratorio.
La ley, sancionada por el Congreso Nacional en el mes de marzo y firmada por el presidente de la República, Santiago Peña, días atrás, ratifica el documento suscrito por Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay en el año 2019, en su calidad de Estados Parte del MERCOSUR.
El acuerdo tiene por objeto facilitar la convivencia de las Localidades Fronterizas Vinculadas e impulsar su integración a través del otorgamiento de un trato diferenciado a sus pobladores en materia económica, de tránsito, de régimen laboral y de acceso a los servicios públicos de salud, enseñanza y cultura, entre otros, en los términos previstos en el documento.
En lo que respecta a la movilidad de personas, el acuerdo establece la implementación de un documento para el tránsito vecinal fronterizo (DTVF) que los nacionales de los Estados Parte, domiciliados dentro de los límites previstos en el acuerdo, podrán solicitar a las autoridades competentes del Estado Parte por cuyo territorio de frontera deseen transitar y desarrollar actividades previstas en el citado acuerdo.
El titular de Migraciones señaló que ahora “deberá establecerse un mecanismo por medio del cual ellos (los pobladores de frontera) tengan trámites simplificados en cada uno de estos puntos donde puedan pasar de manera ágil y diferenciada con la simple presentación del documento de tránsito vecinal fronterizo (DTVF)”.
En cuanto a la emisión del DTVF, el Director Nacional de la DNM informó que la institución ya está en conversaciones con el MITIC para generar el documento en formato digital y que pueda presentarse a través de un teléfono móvil, siempre acompañado de los documentos de viaje vigentes exigidos para el ingreso y salida del país.
Por otra parte, el acuerdo también estipula los requisitos y plazo de validez del DTVF, que será de cinco años, prorrogables por igual periodo, pudiendo ser concedido a criterio del Estado emisor por tiempo indeterminado. Además, se establece que no podrán beneficiarse de este Acuerdo quienes estén cumpliendo condena criminal con pena superior a dos años de reclusión o posea antecedentes penales en los últimos cinco años en los Estados Partes o en el exterior.
De esta manera, Paraguay se constituye en el tercer país en aprobar el Acuerdo sobre Localidades Fronterizas Vinculadas, que ya cuenta con la venia de los Congresos de Brasil y Uruguay, quedando pendiente la ratificación de Argentina para su vigencia plena.
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Fuente de esta noticia: https://marketdata.com.py/noticias/explican-que-ley-de-localidades-fronterizas-vinculadas-busca-simplificar-el-transito-vecinal-con-argentina-y-brasil-132624/
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