Generic selectors
Busca exacta
Busca Simples
Buscar todo
Post Type Selectors
Filter by Categories
DIRECTORES Y REPRESENTANTES
Enlace Iberoamericano
Enlace Sudamericano
EVENTOS
Podcast
RADIO
TOP 10 Music
Sáb. Nov 23rd, 2024
Comparta nuestras noticias

Los responsables de esos delitos no podrán acogerse a los beneficios que rigen actualmente en la Ley, como salir tras cumplir el 80% de la pena, o el 60% usando un dispositivo de vigilancia electrónica.

Los extorsionadores no podrán acceder a beneficios penitenciarios y tendrán que cumplir toda su pena. Así se decidió al aprobarse en la pregunta H de la consulta popular, y ese es uno de los ilícitos que el presidente incluyó en el proyecto de ley que dispone que los sentenciados por delitos graves no puedan recibir ninguna reducción de penas.

Hasta ahora esa prohibición existía para una veintena de delitos, según se detalla en el artículo 699 del Código Orgánico Integral Penal (COIP). Entre ellos está asesinato, femicidio, sicariato, delitos contra la integridad y libertad personal con resultado de muerte, robo con consecuencia de muerte, delitos contra la integridad sexual y reproductiva, trata de personas y tráfico ilícito de migrantes, delitos de violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar, cohecho, concusión, peculado, enriquecimiento ilícito.

En ese listado también consta obstrucción de la justicia, sobreprecios en contratación pública, actos de corrupción en el sector privado, lavado de activos, enriquecimiento privado no justificado, delitos de tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización en alta y gran escala, terrorismo, delincuencia organizada, abigeato con resultado de muerte, y graves violaciones a los derechos humanos; y delitos contra el derecho internacional humanitario.

 

Con la victoria del sí en la interrogante H del referéndum, el presidente incluyó otros 12, como:

  • Financiación del terrorismo
  • Reclutamiento de niños, niñas y adolescentes con fines delictivos
  • Secuestro extorsivo
  • Producción ilícita de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización
  • Actividad ilícita de recursos mineros
  • Armas de fuego, municiones y explosivos prohibidos o no autorizados
  • Tenencia y porte no autorizado de armas
  • Extorsión
  • Revelación de identidad de agente encubierto, informante, testigo, persona protegida o funcionario judicial protegido
  • Tráfico de influencias
  • Oferta de realizar tráfico de influencias
  • Testaferrismo

 

El proyecto también menciona la minería ilegal y la producción de drogas. Los responsables de esos delitos no podrán acogerse a los beneficios que rigen actualmente, como salir tras cumplir el 80% de la pena o el 60% usando un dispositivo de vigilancia electrónica.

En el proyecto de ley, que la Asamblea tiene que analizar en los próximos 58 días, se justifica esta acción por la alta reincidencia en delitos.

10 937 personas detenidas han estado dos o más veces en los centros de rehabilitación, según el censo carcelario.

ecuavisa.com

 


Comparta nuestras noticias
Contacto
Envíe vía WhatsApp
Social Media Auto Publish Powered By : XYZScripts.com
×