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Mar. Nov 5th, 2024
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El Ministerio de Trabajo regularizará una modalidad de trabajo por horas mediante un acuerdo, anunció Ivonne Núñez

La ministra de Trabajo Ivonne Núñez afirma que las jornadas laborales menores a 4 horas pueden ser regularizadas mediante acuerdos ministeriales. Indicó que este documento será emitido antes que acabe el mes de mayo.

Una modalidad de trabajo por horas se regularizará mediante un acuerdo ministerial. La ministra de Trabajo, Ivonne Núñez, señaló que se implementará este tipo de contrato para fomentar la empleabilidad en el país.

El pasado 2 de mayo, tras un evento en el que se condecoraron a ciudadanos por el Día del Trabajador en la Gobernación del Guayas, Núñez explicó que este acuerdo formalizará las jornadas de trabajo menores a cuatro horas, sin necesidad de una reforma legal como la planteada en la consulta popular, y que el documento emitido antes que acabe el mes de mayo.

“Antes que termine el mes de mayo, en consideración que el 14 de mayo tenemos la segunda reunión del Consejo Nacional de Empleo y Salarios, y en el mes de enero que se dio la primera reunión, acordamos que hemos coincidido que el país necesita más empleabilidad“, expresó.

En otras declaraciones, realizadas mediante una entrevista virtual el pasado 1 de mayo, dijo que el Ministerio de Trabajo ya realizaba el estudio permanente para encasillar el trabajo por hora permanente en otras modalidades de trabajo, mediante acuerdos ministeriales.

En la actual Constitución de la República, se considera como precarización laboral la contratación laboral por horas. Asimismo, en el Código de Trabajo, no consta como una modalidad de contrato. La consulta popular buscaba introducir el contrato a plazo fijo y por horas.

En Ecuador está permitida la contratación parcial. Según explicó el abogado laboralista Miguel Ángel Puente, la diferencia entre la propuesta que establecía el referéndum y la modalidad ya contemplada en la ley, radica en que la primera se paga por el tiempo de trabajo; y en la segunda se establecen tiempos menores a las ocho horas diarias y cuarenta semanales, pero en horarios específicos.


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