Generic selectors
Busca exacta
Busca Simples
Buscar todo
Post Type Selectors
Filter by Categories
DIRECTORES Y REPRESENTANTES
Enlace Iberoamericano
Enlace Sudamericano
EVENTOS
Podcast
RADIO
TOP 10 Music
Vie. Nov 22nd, 2024
Comparta nuestras noticias

Las reformas a la Ley de Educación determinaban que hasta julio de 2021, los maestros debían tener un salario mínimo de $1.086. La Corte Constitucional emitió la medida cautelar de suspensión provisional de la Ley.  

La Corte Constitucional (CC) admitió las acciones públicas de inconstitucionalidad  presentadas en contra de la Ley Reformatoria a la Ley Orgánica de Educación Intercultural (LOEI). La medida cautelar dispone la  suspensión provisional de la vigencia de la LOEI hasta que la presente causa sea resuelta.

La LOEI fue aprobada por la Asamblea Nacional y fue publicada el 19 de abril de 2021 en el Registro Oficial 434. Entre sus apartados destaca el aumento del salario básico de los docentes a $1.086.

La Unión Nacional de Educadores (UNE) rechazó la medida y destacó que preparan jornadas de plantones y movilizaciones para el  2 de junio de 2021.

IESS y maestros

Hubo dos acciones de inconstitucionalidad presentadas a la LOEI:

  1. Una  la interpuso el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) estableciendo que existe una afectación a la sostenibilidad financiera de la institución.
  2. Otra, a título personal, el abogado Luis Javier Bustos, quien indica que la Asamblea creó una obligación económica sin fuente de financiamiento, lo que vulnera lo establecido en el artículo 137 de la Constitución.

Bustos argumentó que esta afectación se da porque  aumenta la remuneración de los maestros en un 42% y la quiebra del sistema de pensiones por erogaciones, que superan los $6.000 millones de dólares.

La CC aclaró que esta decisión no constituye un juicio anticipado sobre la constitucionalidad de la ley, por lo que dispuso informar con el contenido de la demanda a la Presidencia de la República, Asamblea Nacional, Procuraduría General del Estado y el IESS , para que en el término de quince días  intervengan defendiendo o impugnando la constitucionalidad de las normas cuestionadas.


Comparta nuestras noticias
Contacto
Envíe vía WhatsApp
Social Media Auto Publish Powered By : XYZScripts.com
×