El diputado Derlis Rodríguez (ANR-HC) presentó el proyecto de ley “que modifica los artículos 236 y 238 de la Ley N° 1286/98, Código Procesal Penal”, que tiene como finalidad poner un tope de dos años a la privación de libertad y que deje de ser proporcional a la pena que se espera con una condena.
El artículo 236 de la ley actual habla de la “proporcionalidad de la privación de libertad” donde se establece, que la privación de libertad, durante el procedimiento, deberá ser proporcional a la pena que se espera. En tanto que, la propuesta de modificación del cartista Rodríguez agrega que “en ningún caso podrá durar más de dos años, aun cuando la pena mínima para igual hecho punible resulte superior a este límite”.
La modificación sugerida prosigue diciendo que “cumplido este plazo, el imputado deberá ser beneficiado, incluso de oficio, con los rigores de las medidas sustitutivas, en especial por la del arresto domiciliario, bajo el régimen de los dispositivos electrónicos de control”.
Es decir, dejar las cárceles y en sustitución usar las tobilleras electrónicas. Con relación al artículo 238, que refiere a las “Limitaciones”, actualmente se estipula que no se podrá decretar la prisión preventiva de las personas mayores de 70 años; de las mujeres en los últimos meses de embarazo; de las madres durante la lactancia; o de las personas afectadas por una enfermedad grave y terminal, debidamente comprobada. En estos casos, si es imprescindible alguna medida cautelar de carácter personal, se decretará el arresto domiciliario.
No habrá prisión preventiva para procesados
En este artículo, el diputado cartista propone agregar que tampoco se podrá aplicar la prisión preventiva, extenderla o continuar al imputado, acusado o condenado que haya cumplido, efectivamente, dos años de prisión preventiva.
El diputado cartista dice en su proyecto que muchos jueces abusan con la aplicación de la privación de libertad y, debido a eso, las cárceles están hacinadas.
“Debe sustentarse la razonabilidad de su duración en un plazo especifico que, actualmente, la ley lo limita a un máximo de dos años, pero con inconsistencias que hacen escapar a su buen uso y que permite a los jueces abusar de su aplicación”, reza parte del proyecto de ley del diputado cartista.
La propuesta para limitar el tiempo de prisión de un procesado está para su estudio en las comisiones de Asuntos Constitucionales; Legislación y Codificación; Justicia, Trabajo y Previsión Social; y a la Comisión de Derechos Humanos.
Reducción de penas carcelarias
El diputado Yamil Esgaib (ANR-HC) presentó recientemente dos proyectos de ley para beneficiar a los narcotraficantes mediante la “delación premiada” y a los funcionarios públicos corruptos con la “devolución premiada”.
El más reciente fue el “que modifica el Art. 67 de la Ley N° 1160/97, Código Penal Paraguayo”, que tiene como fin reducir hasta el 50% las penas carcelarias a funcionarios públicos que devuelvan lo robado y en septiembre presentó el proyecto que modifica el mismo artículo de la misma ley, pero en este caso propuso introducir la figura de la “delación premiada” en especial para los procesados por narcotráfico, crimen organizado, secuestro y lavado de dinero.
FUENTE DE ESTA NOTICIAS ABC COLOR PARAGUAY