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Lun. Nov 25th, 2024
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El presidente de la Administración Nacional de Energía (ANDE), Víctor Romero, indicó que el ingeniero Héctor Manuel Maluf Ibarra no forma parte del consorcio CIA que está en la precalificación para fiscalizar la futura transmisión entre Ayolas y Villa Hayes. Sin embargo, el funcionario fue encontrado en la Consultora en horas de oficina de la empresa estatal.

La comisión evaluadora para los procesos licitatorios informó a Romero que, de acuerdo a las documentaciones que presentaron, el ingeniero Maluf “no hace parte de la sociedad”. “No forma parte de CIA”, agregó en Monumental AM.

Según Romero, aparentemente el ingeniero se desligó de CIA en el 2005. “Hasta ahora no hay elementos que lo vinculen como directivo de la sociedad”, sostuvo.

Sin embargo, a pesar de que el titular de la ANDE sostuvo que Maluf está “desligado” de CIA, el ingeniero fue encontrado en oficinas del consorcio el viernes 13 de febrero.  “Voy y vengo, tengo horario flexible”, había dicho el funcionario quien agregó que ese día se encontraba “fortuitamente” allí.

CIA es habitual contratista multimillonaria del Estado; en los últimos 4 años se adjudicó contratos por valor de G. 36.546 millones, unos USD 7,7 millones. Quedó entre las empresas precalificadas para la fiscalización de la nueva línea de 500 kV Ayolas-Villa Hayes.

Romero manifestó que la auditoría interna sigue analizando los documentos y, en caso existir algún motivo de inhabilidad del consorcio, “se tendrá que rever la decisión”.

También añadió que hay otras 3 empresas precalificadas para la misma licitación. Romero reiteró que Maluf no es asesor de la Presidencia, sino que tiene esa figura, pero depende de la gerencia donde se desempeñó.

La Ley de la Función Pública expresa que “queda prohibido al funcionario dirigir, administrar, asesorar, patrocinar, representar o prestar servicios, remunerados o no, a personas físicas o jurídicas que gestionen o exploten concesiones de la Administración en el orden estatal, departamental o municipal, o que fueran proveedores o contratistas de las mismas”.

Así también, el artículo 40 de Contrataciones Públicas también prohíbe que los funcionarios inhibidos por la citada ley sean proveedores o estén asociados a firmas contratistas; por ello, los oferentes firman una declaración jurada para dar fe de que no están inhabilitados por la misma.

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