
El requisito entrará en vigor a las 23:59 del 3 de noviembre de 2026, hora de Ecuador continental. Los viajeros deberán declarar que no estuvieron en la República Democrática del Congo durante los 21 días anteriores al vuelo.
Quienes viajen por vía aérea desde Ecuador hacia Estados Unidos deberán cumplir una nueva exigencia sanitaria antes de embarcar: presentar una declaración que confirme que no han estado en la República Democrática del Congo (RDC) durante los 21 días previos a su vuelo.
La disposición de los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC) se aplicará a los vuelos que salgan de un país extranjero hacia Estados Unidos a partir de las 23:59 del martes 3 de noviembre de 2026, hora del este estadounidense, equivalente a la hora de Ecuador continental.
¿A quiénes se aplica?
El requisito alcanza a las personas que aborden vuelos internacionales con destino a Estados Unidos, independientemente de su nacionalidad o del país desde donde embarquen. Por tanto, incluye a quienes salgan desde Quito o Guayaquil.
También abarca a quienes hagan una conexión en territorio estadounidense para continuar hacia otro país y a las tripulaciones. La orden fue emitida el 22 de octubre y modificada el 28 de octubre para precisar su alcance.
¿Cómo se presenta el documento?
La declaración, denominada attestation, podrá completarse mediante una firma física, una firma digital autenticada o una casilla de confirmación electrónica, según el mecanismo implementado por la aerolínea.
Las compañías deberán verificar su cumplimiento antes o al momento del embarque. Si una persona no completa y presenta la declaración, deberán impedirle abordar, salvo que disponga de una exención emitida por el Gobierno estadounidense. Los CDC mantienen las instrucciones y el formulario en su página oficial sobre el requisito. CDC
Antes de viajar, conviene consultar con la aerolínea cómo incorporará este paso al registro o al abordaje y si solicitará documentación en papel.
¿Qué ocurre si el viajero estuvo en el Congo?
Los CDC señalan que las personas que hayan estado en la República Democrática del Congo durante los 21 días anteriores a su salida no podrán abordar vuelos con destino a Estados Unidos. La restricción también comprende a ciudadanos y nacionales estadounidenses.
El tránsito por un aeropuerto de ese país cuenta como presencia, incluso cuando el pasajero no haya desembarcado o haya permanecido dentro de la aeronave.
Para calcular la espera, el día de salida de la RDC se considera día cero. El embarque podrá realizarse desde el día 22, siempre que se cumplan los demás requisitos del viaje.
Una medida vinculada al brote de ébola
La exigencia forma parte de las acciones para reducir el riesgo de introducir el ébola en Estados Unidos. Los CDC indican que el riesgo general para el público estadounidense y los viajeros continúa siendo bajo. CDC
La declaración debe completarse con información veraz: proporcionar datos falsos o engañosos puede ocasionar multas penales y penas de prisión conforme a la legislación federal estadounidense.
La orden establece una vigencia inicial de 45 días y contempla posibles modificaciones, prórrogas o su revocación. Quienes tengan un viaje próximo deberán revisar las indicaciones oficiales y las comunicaciones de su aerolínea antes de salir al aeropuerto.
https://notimercio.ec/2026/11/03/estados-unidos-exigira-una-declaracion-sanitaria-para-abordar-vuelos-desde-ecuador/
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