
La abogada Lourdes Rocío Aranda Benítez deberá afrontar juicio oral y público por una presunta estafa contra una enfermera jubilada del Hospital de Clínicas, luego de que el Juzgado Penal de Garantías N.º 3 de Asunción rechazara los principales planteamientos de su defensa y resolviera elevar la causa a la siguiente etapa.
La decisión fue adoptada mediante el Auto Interlocutorio N.º 797, del 22 de septiembre de 2026, en el marco de la causa “Lourdes Rocío Aranda Benítez s/ Estafa”, N.º 14.909/2024.
La acusación, sostenida por el fiscal de Delitos Económicos Luis Lionel Piñáñez y la querella adhesiva ejercida por la abogada Cecilia Pérez, atribuye a Aranda Benítez la supuesta comisión del hecho punible de estafa, previsto en el artículo 187, inciso 1.º, en concordancia con el artículo 29, inciso 1.º, del Código Penal.
Una deuda que supuestamente ya estaba cancelada
El caso se origina en 2018, cuando Aranda Benítez se desempeñaba como asesora jurídica de la extinta Asociación Mutual del Hospital de Clínicas (AMUCLIN).
Según los antecedentes del proceso, la enfermera jubilada Luciana Bernardet Torres pagó el 30 de agosto de 2018 la suma de G. 3.721.000 para cancelar su deuda con la mutual y recibió de la entonces asesora jurídica un comprobante que acreditaba el pago.
Sin embargo, pese a esa constancia, la ejecución civil de los pagarés habría continuado. El proceso avanzó con nuevas liquidaciones e intereses y posteriormente quedó a nombre de Julia Mabel Acosta Rojas.
El procedimiento terminó afectando directamente a la jubilada: en 2023 se trabó un embargo sobre sus haberes por una suma superior a G. 40 millones, generándole el perjuicio económico que sustenta la acusación penal.
La defensa no logró frenar la causa
Durante la audiencia preliminar, la defensa de Aranda Benítez planteó una excepción de falta de acción y solicitó el sobreseimiento definitivo, argumentando que la conducta atribuida no reunía los elementos del delito de estafa.
Los planteamientos fueron rechazados por el juzgado, que consideró que las circunstancias del caso requieren un análisis más amplio y la valoración de las pruebas en un juicio oral.
También fue desestimado el pedido de excluir el informe de auditoría de gestión jurisdiccional remitido por la Corte Suprema de Justicia, relacionado con actuaciones del fuero civil.
La jueza admitió parte de los medios probatorios documentales, testificales e informes ofrecidos por las partes. Con ello, la causa queda en condiciones de avanzar hacia el juzgamiento.
Ahora, el Tribunal de Sentencia que resulte designado deberá fijar la fecha del juicio oral, donde se debatirá si la abogada incurrió o no en la conducta que le atribuye el Ministerio Público.
El expediente se encuentra además vinculado al contexto de investigaciones sobre la denominada “Mafia de los Pagarés”, una trama que puso bajo la lupa diversas ejecuciones judiciales y presuntas irregularidades relacionadas con el cobro compulsivo de deudas.
https://observador.com.py/mafia-de-los-pagares-abogada-ira-a-juicio-por-presunta-estafa-a-jubilada-del-hospital-de-clinicas/
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