
La Justicia uruguaya condenó a cuatro reclusos a 30 años de cárcel por el incendio provocado en el Módulo 4 del exComcar en diciembre de 2023, que resultó en la muerte de seis internos. El móvil del crimen, tan absurdo como brutal, fue una supuesta solicitud de amistad en Facebook que una de las víctimas habría enviado a la pareja de uno de los agresores.
La celda 49 del Módulo 4 del exComcar, conocida por los reclusos como “el cante” por estar “entre toda la mugre”, se convirtió en la noche del 28 de diciembre de 2023 en una trampa mortal. Lo que comenzó como una velada de verano jugando al truco cerca de la ventana terminó en una pesadilla de fuego y gritos. Este lunes, la jueza Laura Sunhary puso punto final a la instancia judicial del caso al dictar la pena máxima de 30 años de prisión para los cuatro autores del ataque, al considerar que actuaron con “crueldad” y con la “determinación clara” de matar informó El País.
La resolución judicial, que avaló en su totalidad la teoría de la Fiscalía de Homicidios de 3er Turno, expone la crudeza de la violencia intracarcelaria. El detonante, según se probó en el juicio, fue una discusión previa. Horas antes de la masacre, uno de los ahora condenados increpó a Carlos Olivera, quien luego fallecería, acusándolo de haberle enviado una solicitud de amistad en Facebook a su pareja. La amenaza fue explícita y pública: “Hoy de noche va a haber fuego para esa celda”. Los ocupantes de la celda 49 intentaron buscar la publicación para demostrar su inocencia, pero no creyeron que la advertencia se cumpliera. Subestimaron la sed de venganza de sus atacantes, un grupo de presos del mismo módulo a quienes otros internos describían como “bien de vivos”.
El Infierno en “el cante”
La mecánica del ataque, minuciosamente reconstruida por la Fiscalía de Homicidios de 3er Turno, en la que participaron peritos de bomberos y testigos protegidos, fue tan rápida como letal. Los agresores se acercaron a la ventana de la celda, a la que llamaban “el ventilador”, y rociaron el interior con nafta. Acto seguido, introdujeron lanzas fabricadas con cortes carcelarios (conocidos como “polifón”) con las puntas encendidas. El fuego prendió de inmediato los colchones que colgaban del techo. Para asegurar que no hubiera escapatoria, los atacantes habían trancado la puerta exterior.
Dentro, el pánico se apoderó de los ocho ocupantes. Mientras las llamas los consumían, intentaron refugiarse en el baño. La desesperación llegó desde la celda vecina, la número 50, cuyos ocupantes, al ver lo que ocurría, comenzaron a cavar un boquete en la pared para auxiliarlos. Seis de los ocho lograron cruzar ese agujero improvisado y huir del fuego directo, pero dos de ellos, Matías Rivero (25 años) y Leonel Rodríguez (24 años), murieron calcinados en el intento. Los cuerpos fueron hallados sin vida por los efectivos, uno junto a una cama y otro en el baño.
La agonía, sin embargo, no terminó esa noche. De los seis que lograron salir con quemaduras, cuatro —Gustavo Fernández (32), Héctor Dutra (26), Carlos Olivera (31) y Carlos Barreto (41)— fallecieron en días posteriores en el hospital producto de la gravedad de sus heridas, elevando la cifra final a seis víctimas mortales. Un testigo describió la escena con escalofriante precisión: “fuego abundante, y estaban gritando y… Cayéndose los pedazos de piel, inclusive dos no pudieron salir, murieron calcinados, estaban todos quemados (…) Fue algo inhumano”.
Una condena con advertencia estatal
La Fiscalía, liderada inicialmente por Adriana Edelman, había solicitado no solo la pena máxima de 30 años de prisión, sino también la imposición de 15 años adicionales de medidas de seguridad eliminativas, un recurso reservado para criminales considerados de extrema peligrosidad. La jueza Sunhary, en su fallo, aceptó la pena de 30 años —la más alta del ordenamiento jurídico uruguayo— pero rechazó el agregado. La magistrada se alineó con la postura del Tribunal de Apelaciones, argumentando que la peligrosidad de los condenados ya había sido un factor determinante para fijar la pena máxima y que, sin informes técnicos que lo justificaran, no correspondía una doble valoración.
Lejos de limitarse a los hechos, la jueza Sunhary dedicó una parte de su sentencia a mirar el entorno en el que la tragedia fue posible. Describió la “pésima situación” del exComcar, donde dos policías eran responsables de custodiar a más de 800 reclusos durante la noche. “La inseguridad en la que viven todos los que allí se encuentran es francamente notable”, escribió la magistrada, señalando que el sistema penitenciario se mantiene en un “frágil equilibrio” que puede romperse en cualquier momento.
Este caso, además, no es un hecho aislado. Organizaciones de derechos humanos han documentado que entre diciembre de 2023 y junio de 2025 se registraron al menos once muertes en tres incendios intencionales distintos dentro del mismo complejo carcelario. El Comisionado Parlamentario Penitenciario, Juan Miguel Petit, señaló tras el primer siniestro que los fallecidos “no tuvieron oportunidad de recibir las condiciones” para su rehabilitación, y que el Estado estaba fallando en su tarea de garantizar la vida bajo custodia.
La condena a 30 años cierra el círculo para los autores materiales del ataque por la “solicitud de amistad”. Sin embargo, la pregunta que sobrevuela la sentencia de la jueza Sunhary y los sucesivos informes del Comisionado Parlamentario es si el sistema penitenciario uruguayo, con su hacinamiento y falta de personal, no termina siendo un co-responsable silencioso de estas muertes anunciadas. La celda 49, ahora un escenario del crimen, sigue siendo un símbolo de esa falla múltiple.
Redacción
Fuente de esta noticia: https://www.xn--lamaana-7za.uy/actualidad/pena-maxima-la-jueza-sunhary-condeno-a-los-responsables-del-incendio-en-el-modulo-4-del-excomcar/
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